Un vecino del edificio donde resido se niega a dar acceso a su vivienda para localizar una averia de agua al operario de la compañía de seguros de la comunidad de propietarios. Con lo que las obras han quedado paralizadas.
¿ a quien corresponde denunciar la negativa? ¿ a la comunidad que es quien realiza los trabajos ó a los vecinos perjudicados?
es todo, un saludo
Entiendo que a la Comunidad.
Artículo 9.1 de la LPH:
Son obligaciones de cada propietario:
a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Yo les aconsejaría que volviera el operario de la compañia de seguros, si no le dejan accesos a la vivienda para la reparación, en ese mismo momento llamar a la policia con la LPH en lamano para constatar la obligación de ese propietario, y levantar ante ella denuncia, despues denunciarlo ante el Juzgado con la prueba que aporte la policia de los hechos.
Informenos al foro del desenlace de este asunto. Gracias