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Negarse a presidir mesa el 27S

4 Comentarios
 
Negarse a presidir mesa el 27s
10/09/2015 12:25
He recibido notificación de presidir una mesa en Catalunya el 27S. Pero mi consulta es que, habiéndose ya declarado que son plebiscitarias en vez de unas autonómicas "corrientes" y con las consecuencias por todos sabidos, ¿no podría negarme a presidirla ya que las consecuencias son dar la posibilidad de declaraciones unilaterales y anticonstitucionales de independencia? ¿No estaría por encima el derecho constitucional del que refiere a la obligación de presidir una mesa electoral utilizada artificialmente para vulnerar la Constitución?

Un saludo
10/09/2015 19:37
Buenas tardes.

A mi entender, los "independentistas" son los que han declarado "plebiscitaria" la convocatoria; mientras que los demás partidos no independentistas han declarado las elecciones como elecciones ordinarias anticipadas. El President firmó la convocatoria en un acto institucional y por lo tanto los nombramientos para ocupar las mesas el 27S es legal, no puedes negarte a ir..a no ser que alegues enfermedad o por otras causas que ahora se me escapan. Salvo otra opinión profesional, creo que te toca que ir. Un saludo y suerte.
Maikel51
11/09/2015 10:58
Sin perjuicio de valoraciones subjetivas, formalmente se trata de unas elecciones autonómicas normales, así que como dice Maikel para no ir, deberás justificarlo.
23/09/2015 17:36
A menos que seas un super-famoso y alegues que "si vas, se va a armar un follón de cuidado" ( Como hizo un famoso motoristaCatalán, para mas INRI cuyas iniciales son M. M. ) o tengas un justificante médico, es "obligatorio" ir. O sino, no vayas y paga la multa que te impondrán, en el caso de que te sobre la pasta,...
29/10/2015 20:57
¿Cuánto puede ser la multa?.

Ese pueblo del personaje que habla vd., lo conozco muy bien. Es la Catalunya profunda.