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Necesito consejo sobre recago de recibo de cuota por devolución

27 Comentarios
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Necesito consejo sobre recago de recibo de cuota por devolución
13/04/2024 11:47
Soy el presidente de mi comunidad. Los vecinos me están pidiendo que hacer ante un dindero que le reclama la admistradora por la devolución de un recibo de cuotas, donde se les carga el gasto de devolución.
El asinto está en que ese recibo se devolvio, por un error de la administradora, ya que estaba pagado. Esto se le ha comunicado a la administradora, pero ella dice que pese a que el rcibo está pagado, el gasto de devolución existe u lo han de pagar todos los que lo devolvieron, en caso contrario se nos declararia morosos.
Hay que tener en cuenta que existe un enfrentamiento entre esta sra. y la comunidad que presido, que es contraria a su proceder y ella sabe perfectamente, que pretendemos votar su expulsión, por lo que esta empleando toda clase de malas artes para evitar que tengamos derecho, a votar.
13/04/2024 12:33
Pues como usted es el presidente, no espere más, y convoque junta extraordinaria para esta semana, o la que viene
Orden del día
Primer punto.
Informar a la comunidad, del error del administrador de envio de cuotas ya abonadas y devuelto el recibo, por varios propietarios y amenaza por parte de la administradora, de declarar morosos a varios propietarios.

Segundo punto.
Destitución del administrador y nuevo nombramiento.
Lleve dos o tres presupuestos para votar.

Estoy seguro que no realizará la convocatoria
14/04/2024 11:50
Estimado Jalisco, gracias por su respuesta.
La cuestión de fondo es mucho mas complicada por desgracia. En primer lugar he de decir que mi presidencia correspode a una "sub comunidad" que pertenece a una "agrupación de comunidades", compuesta por varias de ellas,(edificios indpendiente unos de otros) cada una indepemdiente de las otras en cuanto a cuestiones que afecten sólo a esa sub comunidad.
Cada propietaio paga dos cuotas; la de su propia comunidad y otra para cubrir los gasto de las zonas comunes de la parcela donde está ubicada la A.CC ( zonas ajardinaas, deportivas, piscina ...etc).
La administradora que lleva las zonas comunes es distinta a cualquier otro administrador de ualquier otro edificio que compone la A.CC.
Para destituir a dicha administradora, como vd. sabe, habria que hacer una junta general , no de cada comunidad, si no del conjunto de ellas, por lo tanto yo no tengo facultad para proceder como Vd. indica.
Por otro lado , mi pregunta va didirgida a que si legalmente procede tener como moroso a un propietario que se niega a pagar elcoste de devoluvión de in recibo porque la administradora lo ha dupkicado. Y además pienso que habria de ser la administradora la que corriese con el coste de la devolución , de su propio bolsillo, lla que se trata, en mi opinión, de uncoste provocado por un error suyo..
En cuanto a que no seria capaz de convocar una extra ordinaria, permitame que le comente que justo dos dias antes de que ocurriese los de los recibos, mantuvimos una. Sinceramente no me parece oportuno convocar otra tan seguido y a sabiendas que no tenemos poder de decisión sobre esa administradora, en rodo caso parcial.
Tambien decirle , para que vaya comprediendo la gravedad del asunto y su complejidad; que esta sra. sabe que no la queremos ver ni en pintura y que vamos a procurar desacernos de ella en cuanto se nos presente la ocasión, por ese motivo esta torpedeando a esta comunidad que presido, con elfin de que en su momento , no podamos ejercer la nuestro derecho a voto por falta de pago.......¿Va entendiendo ya la situación?. Por mi parte y en representación de mis vecinos le he puesto una queja ante el collegio territorail de asministradores de fincas, si bien pienso que por cuestiones corpoartivas , no nos van acer ni puñetero caso.
Conocemos que otras comunidades donde actua esta sra. han hecho ,o mismo, y el colegio, y perdonae la expresión. se ha limpiado el c*** con las reclamaciones, que han sido hechas con rigor y aportando pruebas......asi que ya sabe......toda una artista esta sra.
14/04/2024 12:22
Una duda que me surje:
Fue la administradora de la mancomunidad quien metió la pata,
Le pregunto; es que dicha administradora emite los recibos de los gastos de la mancomunidad, y los carga directamente en la cuenta de cada propietario?
Si es así. No entiendo tal chapuza y error, porque no comprendo como puede realizarlo.
Usted tiene la facultad, de poder hablar y convencer al resto de presidentes que conforman la mancomunidad, para tratar el tema de la administradora.
Al menos es consciente, que va a perder el tiempo en lo referente al colegio de administradores
14/04/2024 21:27
Yo hablaría, en primer lugar, con el presidente de la agrupación para que le lea la cartilla a la administradora. Porque lo correcto es que ese cargo lo sufragara ella.
24/04/2024 12:19
jalisco
Estimado Jalisco; no es que yo esperase gran cosa del colegio de administradores, pero si me he encontrado con algo que no esperaba, o al menos de esa manera.
No es que no hayan atendido mi reclamación, si no que encima han tenido la osadia de burlarse de mi, me explico:
En mi queja van cosas que entiendo que mas que resolverlas el organo disciplinario del colegio, tengan que ir a los tribunales, pero de ahí a cecirme que primero acuda a los tribunales y que cuando me contesten, entonces que recurra al colegio para ver en que cuaqestiones esta sra administradora, ha faltado al código ontológico, cunado incluso les cuento como esta sra no solo le a negado, no la venia a otro colega, si no que le ha dado la callada por respuesta,es una autentica majaderia y una burla, máxime cuando la queja se fundamenta en que esta coligiada hace cosas punibles y denunciables via administrativa en cual quier juzgado, sin escrúpulo alguno,amparándose y escondiéndose en la tardanza de la resolución de los casos judiciales y así evitando su expulsión de las comunidade ya que tiene la habilidad de manuipular a un número suficiente de vecinos, como para que no la echen por asamblea.
Españistan querido amigo.....Españistan; y menos mal y pese a que no soy monarquico, menos mal,que seguimos teniendo una forma de estado de Reino, en el momento que España se conviera en republica y si estas custiones siguen así, entonces si que seremos una "autentica república bananera"
24/04/2024 12:32
En los blogs ya se ha dicho por activa y por pasiva, que el colegio, está para defender a los administradores.
Y es lógico que así sea, porque ellos todos los meses contribuyen a su mantenimiento.
Y no hay que echar toda la culpa a los administradores. La culpa la tienen los propietarios, que por el motivo que sean, aguantan carros y carretas.
Los españoles tenemos, los póliticos y los administradores que nos merecemos. Porque tenemos el poder de no renovarlos y votamos con el músculo vascular, en vez de con el cerebro.
Sinceramente, a mi no me sorprende para nada, la actuacción del leal y muy noble colegio de administradores
25/04/2024 10:23
Los propietarios puede que tengan responsabilidad al elegir el administrador, aunque no está tal claro (en el tema político no entro porque no es adecuado insertar adoctrinamiento en asuntos de propiedad horizontal).
En cuanto al Colegio de Administradores, dado que proclaman que una de sus funciones es velar por la ética profesional, resulta inaudito que no quiera entrar en el asunto hasta que se pronuncie la justicia. Claro que sabiendo que nunca quiso entrar en la mala praxis de algunos que depositaban los fondos de varias comunidades en una única cuenta a su nombre, cabe esperar cualquier barbaridad.
26/04/2024 11:44
Estimados colaboboradores JALISCO Y PPELU90; Como graduado Social, ya jubilado, conozco los intringulis de los colegios profesionales, ya que durante muchos años he pertenecido a uno de ellos. Como profesional he tenido que defender los derechos de algún que otro cliente que actuaba contra un tercero de manera no ajustadfaq a dercho, pero eso nunca me impido actuar con la suficiente ecuanimidad y decencia profresional, pese a intentar en todo momento el mayor beneficio para mi cliente , o en su caso el menor perjuicio.
Pero de ahí a practicar la sinvergoncería, llevarla como bandera y jactarse que eres el mejor defendiendo ma tu patrocinado, va un abismo.
Un amigo me decia que éramos "Granujas Sociales", merced a las actuaciones de otros colegas sin escrúpulo alguno, de los que mas que interesarle, como dice n uestro lema "Justicia Social" es el vil metal el máximo de su interés mas allá que una legitima forma de ganarse la vida con una profdesión tan necesaria como la nuestra.
Y sobre el ausunto que me ocupa...iré a instancia superiores...las que hagsa falta y removeré cielo y tierra .
26/04/2024 11:52
En cuanto a lo que me dicen sobre los comuneros....es facil de entender en este tipo de urbanizaciones: No se si la mayoria, pero sim un gran número de viviendas no estan ocupadas por siu propietarios , si no por inquilinos. Los propietarios , muchos de ello ni tansiquiera tienen sus domicilios en la zona, de hecho hay ingleses que tiene aquí sus propiedades pero que ni han visto en su vida.
Esto da pie a que los administradores, en estos casos , hagan de su capa un sayo, e incluso prentendan soslayar las decisiones, incluso de las propias asmbleas. Entre eso, la ignorancia de la LPH de los propietarios y la capàcidad de convicción del administrador de turno....pues ahí teneis la razón de rodo esto y la lucha que mantenemos algunos vecinos para darle la vuelta a la tortilla y que esto se administre con la requerida decencia y respeto a los derechos de los comunueros.
26/04/2024 14:16
IbenFirnas1
Yo intentaría gestionarlo con el presidente de la mancomunidad.
26/04/2024 17:11
Ibenfirmas, el día 14 le hice esta pregunta, pero se le ha olvidado informarnos.
Le pregunto; es que dicha administradora emite los recibos de los gastos de la mancomunidad, y los carga directamente en la cuenta de cada propietario?
Porque si es que si. La verdad que ni lo entiendo ni lo comprendo, porque es totalmente imposible quexesto suceda.
Espero que me aclare mi duda.
Cuando sepa como funciona su mancomunidad, podre ayudarle más
27/04/2024 21:58
Personalmente creo que la administradora está en su derecho de reclamar el pago del recargo, aunque la causa de la devolución haya sido debida a un cargo indebido.

En mi opinión, usted debió dirigirse a la administradora para informarle del error y darle la oportunidad de devolver el dinero sin cargo alguno, en vez de devolver el recibo y generar el cargo en la comunidad.

Seguramente le parezca injusto, pero es mi opinión.

Un saludo.
30/04/2024 22:42
DickTurpin
Pues no es que me parezca injusto, lo que me poarece es que no tiene ni pies ni cabeza. Claro que se le informó de la trasacción. Esta mujer hace y deace en las comunidades lo que le sale del "moño".
Por supuesto que su opinión es tan repetable como cualquiera, pero permitame una pregunta
¿Si un dia se encuntra Vd en su cuenta bancaria un ingreso hecho por transferncia y que en principio no entiende el por qúe?, ¿que hace Vd...se queda el dinero sin preguntar o trata de enterarse si por ejemplo ha sido un error del banco?.
Pero si admas le envian un burofax donde se le explica lo hecho. ¿que hace Vd...va y emite el recibo,a sabiendas de lo que le han explicado y dice que va a devolver el dinero?. ¿ y que hacen loss vecinos . lo pagan doble?. Perdone pòr la expresión pero eso en mi tieera se llama tener mucha mla leche.
Y creo que Vd. por su respuesta, con todo respeto, no se ha enterado de nada.
Es mi opinión.
30/04/2024 23:15
Ibenfirmas vuelvo a realizarle esta pregunta por tercera vez, no comprendo porque no nos informa
Ibenfirmas, el día 14 le hice esta pregunta, pero se le ha olvidado informarnos.
Le pregunto; es que dicha administradora emite los recibos de los gastos de la mancomunidad, y los carga directamente en la cuenta de cada propietario?
Porque si es que si. La verdad que ni lo entiendo ni lo comprendo, porque es totalmente imposible que esto suceda.
Espero que me aclare mi duda.
Cuando sepa como funciona su mancomunidad, podre ayudarle más
01/05/2024 20:16
Entro en el debate por lo interesante del tema.

Yo entiendo que faltan datos para dar una opinión sobre el tema, y opino que hay dos temas distintos en lo que plantea IbenFirnas1.

1º.- La devolución de recibos.
2º.- Lo que escribe IbenFirnas1. "mi presidencia correspode a una "sub comunidad" que pertenece a una "agrupación de comunidades"

Devolución de recibos:

1.- Yo entiendo que es licito la devolución de un recibo cobrado indebidamente, y en este caso el pago del coste de la devolución, debe hacerlo quien ha cometido el error, en este caso la administradora.

2.- Este asunto no es comunitario, es un asunto particular entre el propietario que sufre el error, y quien hace mal las remesas como es la administradora, ni el presidente ni la comunidad afectada debe intervenir. en todo caso si un recibo es devuelto por una causa no justificada, y siempre que este pactado, la devolución correrá por cuenta del causante.

3.- En el caso que nos ocupa, la administradora no tiene competencia para declarar moroso a un propietario, y menos por 4 euros que suelen cobrar un banco (en mi localidad), por la devolución de un recibo, eso lo debe decidir el presidente. (yo por 4 euros no lo haría).
El presidente y la administradora se meterían en un problema si asi procedieran, incluyendo en la lista de morosos a un propietario por esta causa, negándole el derecho al voto,

CONCLUSION:
La administradora debe pagar con su dinero y no con el de la comunidad. de la devolución, del recibo o recibos que hubiere.

2º.- Lo que escribe IbenFirnas1. "mi presidencia correspode a una "sub comunidad" que pertenece a una "agrupación de comunidades"

Me da la impresión, que el tema de IbenFirnas1 se desarrolla en una localidad de Cataluña, yo conozco muy bien a los administradores de esa Comunidad Autónoma, y la problemática de las comunidades de propietarios de segunda residencia en la costa.

Pero me da igual, aconsejo a IbenFirnas1, que se olvide de plantear conflictos en los colegios de administradores, es una perdida de tiempo, los problemas con los administradores, se resuelven el las Juntas de Propietarios.
Para remover a una administradora, hay que establecer lo que dicta la LPH, de lo contrario es una misión que tiene muy pocas posibilidades de prosperar.
Las subcomunidades siempre que el tema sea en Cataluña, deben pertenecer (aunque no este asi definido) a una mancomunidad o comunidad general, por lo tanto el tema de la administradora, compete a esta, la subcomunidad que quiera remover a la administradora, lo propondrá a los presidente de las otras subcomunidades en una junta, o como este pactado.
Llevar el tema de devolución de recibos a una junta de propietarios, no tiene sentido puesto que es un asunto entre quien comete el error, y pretende que lo paguen otros, y los propietarios, y otra cosa es querer remover a la administradora por incompetente, que sin duda lo es.
02/05/2024 01:17
jalisco
Estimado Jalisco: Los recibos que carga esta administradora a la cuenta bancaria personal de cada comunero, es la cuota de participación en los gastos de la zonas comunes según el % de participación de cada uno que viene dado por la relación de los m2 de la vivienda de cada uno con los m2 de las zonas comunes
Por ejemplo mi % de participación en zonas comunes según lo m2 de mi vivienda es del 0,8254% De manera que para establecer la cuota se le hace ese % (cada propietario el suyo, puesto que no todas las viviendad tienen los mismos m2) al presupuesto de gastos previstos anualmente, lo que a mi me supone 106€ trimestrales que que me cobra la administradora de ls zonas comunes y además de esa cuota tambien pago la de mi comunidad, igualmente de formas trimestral , de 111€, y esa va a la cuenta de mi comunidad y me la carga el administrador de mi comunidad.que nada tiene que ver con la otra.
Con quienes tenemos problemas es con la administradora de las zonas comunes, que vuelvo a repetir, que adminstrativamnete actuan como si fuesen una subcomunidad mas, o lo que es lo mismo, todos y cada uno de los comuneros tenemos que contribnuir a los gastos de nuestra propoia comunidad y a las zonas comunes con dos cuotas trimestrales diferentes la una de la otra.
No se si con esto respondo a su pregunta, porque no entiendo reralmente a que aclaración se refiere, salvo que especifique mas.
Es que creo que es facil de entender que cada comunero pagamos una cuota de mantenimiento del gasto , segun el coeficiente particular de las propiedades de cada uno aplicado, por un lado a la subcomunidad (edificio deonde se ubica la propiedad) y otra a la s zonas comunes de la urbanización (parcela o terreno donde están ubicados los 5 edificios y del que todos somom propietarios) como es la calle de entrada y disrtibución, zonas ajardinadas, piscina y pistas deportivas, que vuelvo a repetir, que estan constituidad como una subcomunidad mas e independientes todas de todas, en cuanto a la gestión.
02/05/2024 01:35
juanchito
Gracias por su respuesta. En buena lógica hasy que entender que la devolución de un recibo duplicado es custión de una mala praxis de quien lo emite y por lo tanto es el emisor quien ha de correr con los gastos.
Y efecivamente es que aquí no sólo se trata de una simple devolución por duplicidad. Es que la emisión de ese recibo de ese trimestre no ha sido un error si no una maldad de una adminstradora que por interese expureos pretende hacer pasar por morosos a todos los propietarios de dos subcamunidades, que no queremos verla ni en pintura y que sabe que en la proxima asamblea, en el punto de renoivación de cargos, tanto ella como la junta directiva serán relevados de sus cargos.
Es en este sentido por el que está en una estrecha alianza con un presidente denuciado por amnipulación del censo de votantes para salir como presidente apropiarse de la cuenta de la comunidad y negarse a dar los extractos bancarios a ninguno de los presidentes de las subcaomunidades. Eso lo hace porque en el momento que cojamos el controlde la cuenta y tengamos acceso alos movimientos bancarios.....vermos a ver si no termina entre rejas, y claro está que esa fidelidad de la administradora, con seguridad conllevará algun que otro beneficio extra, si no de que...
Problema....la indecente lentitud de la justicia y que como abogada sabe que cuando le vaya a llegar el agua al cuello, ella misma dimitirá y como nadie quiere problemas y pagar abogados....pues lo que dure duró y dienro que se llevó
02/05/2024 16:19
Ibenfirmas, entendida perfectamente su aclaración.
He encontrado lo dicho por usted al principio y ahora, la duda esta totalmente resuelta al entender que la administradora que lleva las zonas comunes es distinta a cualquier otro administrador de cualquier otro edificio que compone la A.CC. y que cada propietario tiene un coeficiente asignado, para las zonas comunes
Disculpe mi insistencia en solicitar su aclaracióm, pero mi interes era debido, a mi interes en intentar ayudarle.
Por lo cual, mi respuesta sigue siendo la misma, el error lo paga quien lo ejecuta.
Si les han nombrado morosos, como es lógico no podrán votar en la junta de comunidad de las zonas comunes. Pero si pueden solicitar que de este tema se hable en una junta.
Si les han declarado morosos, tambien pueden abonar el cargo exigido, y en la junta no aprobar los gastos, impugnarlos. Yo no veo otra salida legal
09/05/2024 22:56
O yo no me he enterado de nada, o usted se ha explicado muy mal.

Yo he dado respuesta a lo que usted ha expuesto (lo trascribo, mejorando la redacción con los debidos respetos ):

"El asunto está en que ese recibo se devolvió, por un error de la administradora, ya que estaba pagado. Esto se le ha comunicado a la administradora, pero ella dice que pese a que el rcibo está pagado, el gasto de devolución existe o lo han de pagar todos los que lo devolvieron, en caso contrario se nos declararía morosos".

De lo anterior cabe inferir sin ningún género de dudas que usted comunicó el pago a la administradora, con posterioridad al cargo bancario, y no antes (alegato que introduce posteriormente). De hecho, el sentido común indica que fue como pensé.

Le reitero que, en base a los hechos primigeniamente expuestos por usted, y sin tener en cuenta las posteriores adiciones, en mi opinión, usted debió dirigirse a la administradora para informarle del error y darle la oportunidad de devolver el dinero sin cargo alguno, en vez de devolver el recibo y generar el cargo en la comunidad.

No obstante, de ser cierto que usted comunicó a la administradora con anterioridad a realizar el cargo bancario, que la cuota ya había sido pagada, considero que el cargo carece de fundamento.

Respecto a la posibilidad de privarle del derecho de voto en el supuesto de que no pague el cargo, discrepo de su administradora, porque el cargo financiero en cuestión, carece de la consideración de gasto común, siendo el impago de los gastos comunes el único fundamento para privar del derecho de voto.

Saludos.