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Necesidad piso familiares

3 Comentarios
 
23/07/2008 10:51
gracias por sus aportaciones.

Saludos
22/07/2008 16:04
Hola Jual. Tal como dice Jan no es posible. Sólo es posible la recisión de un contrato de arrendamiento por necesidad del arrendador si él mismo ocupa la vivienda; además debe de estar reflejado en el contrato que se firmó en su dia. No sirve que sea para un hijo que se va de casa o tiene que casarse, para los padres que se vienen a vivir cerca de casa, etc.
perfil Jan
22/07/2008 13:46
Hola Jual. La respuesta su pregunta es NEGATIVA por así establecerlo el art 9.3 LAU 1994.

Reciba un cordial saludo.
Necesidad piso familiares
21/07/2008 19:39
Es posible con la LAU del 94 instar la recisión de un contrato de arrendamiento por necesidad para que ocupen la vivenda sus ascendientes o descendientes, como ocurría con la antigua LAU?

gracias