siempre me surge la duda de si es imprescindible la ratificacion de un informe pericial en la vista. es decir, la validez de un informe si no acude a la vista su autor.
me encuentro en el caso de un verbal en el que hecho el informe, en aras de no incurir en mas gasos, no sería necesario que asisitese a la vista.
Una pericial es una prueba más, no un atestado de la policía, y por tanto dependerá en cuanto a su validez de la valoración del juez sin sujeción a otras reglas. No hay ninguna obligación de ratificar el informe, tan solo de hacerlo llegar a la parte con suficiente antelación (con la demanda o contestación), por lo que si consideras que el perito podría contestar a las preguntas como perito-testigo puedes hacerlo para reforzar tu posición, pero nada más.