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Muro divisor de patio común

9 Comentarios
 
Muro divisor de patio común
12/02/2015 18:31
Buenas tardes; hace tiempo mi madre y mi tía heredaron de sus padres un edificio con dos viviendas, una para cada una de ellas, compartiendo un patio común. En el documento por el que lo recibieron, se dejó dicho que para dividir el patio bastaba con que una de las partes lo solicitase. Ahora no hay buen entendimiento entre ellas. ¿Cómo puede reclamarse judicialmente?. Gracias.
13/02/2015 15:21
Tiene usted que ver cuál es la calificación dominical de ese patio en las escrituras de división de la propiedad horizontal. Es decir: si aparece como un elemento común (en cuyo caso para dividir se necesita el acuerdo del 100% de los comuneros) o cada finca tiene atribuida una porción de patio que colinda con la otra. Para ejecutar una obra de división en un elemento común hacen falta los dos votos. Intentar conseguir una orden judicial de división con un 50% de acuerdo es complicado. Pero si cada cual tiene su porción de patio integrada en su propia finca, se puede poner el muro.
16/02/2015 17:32
¿Podría interponerse una demanda de división de cosa común?. Aunque en realidad sólo se trata de que se lleve a término lo que se recogía en el documento por el que se les adjudicó el inmueble: "para dividir el patio basta con que una de las partes lo solicite".

Hay otra copropiedades; ¿podrían enumerarse y solicitar su reparto en la demanda de división de cosa común?. Muchas gracias.
19/02/2015 18:07
¿Como pido judicialmente la división del patio mediante la construcción de un muro?. Ya se previó esa posibilidad en un contrato. Muchas gracias.
23/02/2015 13:20
Buenas tardes de nuevo; ¿alguien sabría decirme si puedo interponer una demanda de división de cosa común para que se lleve a término una de las condiciones pactadas en un acuerdo?. Se trata de dividir un patio común mediante la construcción de un muro y como digo no es sino una de las condiciones previstas en su momento en un acuerdo.
23/02/2015 15:54
Aitor: para que haya división de cosa común tiene haber una propiedad en común. Si no hay propiedad común que dividir, no puedes disolver el condominio, puesto que no existe.
Una demanda de disolución de condominio exige:
1º. Una finca individualizada que pertenezca a dos o más propietarios. Ha de tener su propia inscripción independiente.
2º. La intención de uno de los propietarios de esa finca de salirse de la comunidad o que le retribuyan por su parte.
Para que una comunidad de propietarios disuelva un elemento común, éste tiene que ser susceptible de inscripción independiente: puede disolverse la comunidad de un local perteneciente a los vecinos, pero no de una zona común como un pasillo, porque el pasillo no es inscribible como finca.
Lo que planteas, por tanto, solo tendría sentido si el patio estuviese inscrito, lo cual (aunque es posible) no parece ser el caso, y mucho menos que esa finca, el patio, sea propiedad al 50% de las personas que mencionas.
Por tanto has de ejecutar la cláusula que ya existe en el documento de adjudicación del inmueble, lo cual no tiene absolutamente nada que ver con una división de cosa común. Por tanto tu abogado ha de notificar a la otra parte que se va a levantar un muro de tales características, de conformidad con lo acordado, y proceder con la obra.
24/02/2015 12:23
Buenas tardes Juan Carlos; le agradezco enormemente su respuesta.
Si no he entendido mal, podemos levantar el muro que divida el patio, comunicándole antes nuestra intención a la otra parte. Pero, ¿cómo hago para que costeemos la obra los dos?. En principio no se niegan, siempre que levantemos otro muro en nuestra terraza que impida las vistas hacia el que terminaría siendo su patio después de las obras.
Le explico: se trata de un mismo edificio y en él hay un patio interior. A través de ese patio se accede a las dos viviendas de las que consta la finca. Una en la planta baja, al nivel del patio y otra en la planta de arriba (la nuestra). Los das partes queremos hacer el muro que divida el patio común, pero ellos quieren además que nosotros cerremos la terraza que da al patio para no ver su casa/patio, una vez hecho el muro, lo que queremos evitar, si fuera posible.
¿Y si preavisamos de la obra del muro, la hacemos, no cerramos nuestra terraza como ellos quieren y se niegan a abonar el 50% de la obra?.
Muchas gracias.
04/03/2015 09:37
Buenos días; Si no he entendido mal, podemos levantar el muro que divida el patio, comunicándole antes nuestra intención a la otra parte. Pero, ¿cómo hago para que costeemos la obra los dos?. En principio no se niegan, siempre que levantemos otro muro en nuestra terraza que impida las vistas hacia el que terminaría siendo su patio después de las obras.
Me explico: se trata de un mismo edificio y en él hay un patio interior. A través de ese patio se accede a las dos viviendas de las que consta la finca. Una en la planta baja, al nivel del patio y otra en la planta de arriba (la nuestra). Los das partes queremos hacer el muro que divida el patio común, pero ellos quieren además que nosotros cerremos la terraza que da al patio para no ver su casa/patio, una vez hecho el muro, lo que queremos evitar, si fuera posible.
¿Y si preavisamos de la obra del muro, la hacemos, no cerramos nuestra terraza como ellos quieren y se niegan a abonar el 50% de la obra?.
Muchas gracias.
04/03/2015 09:47
Se puede hacer porque el asunto del muro es jurídicamente independiente de cualquier otra acción ( de cerramiento o de lo que sea). Y desde luego se puede pasar la factura por la mitad del coste, si se trata de un muro medianero y se construye en ejecución de un documento de adjudicación, es decir, que cuando se adquirió la propiedad, ya existía esa carga obligacional.
Pero tienes que aquilatar la dimensión personal del litigio, teniendo en cuenta que son cosas de familia. Será un pleito más o menos largo, en que se cuestionará la propia virtualidad de título, se peritará la obra, empezarán a desfilar peritos y trabajadores, los dos parientes declararán desde el mismo banquillo...jurídicamente tu postura es correcta, pues no se puede forzar a alguien ni a cerrar su terraza ni a incluir tal cosa como parte de la obligación ya contenida en un documento. Pero es tu cuenta; ya sabes las dos partes.
04/03/2015 10:07
Muchas gracias Juan Carlos por su respuesta. Tomo nota de lo que me dice y seguiré estudiando las diferentes opciones.
Ya digo, quiero hacer el muro y que lo paguemos entre las dos partes, pero no cerrar mi terraza, e imagino que si el presupuesto de la obra no incluye ese cerramiento, la otra parte no querrá abonar el 50%. Sinceramente, no sé cómo hacerlo. Un saludo y gracias de nuevo.