Cliente que le deja el coche a su hermano en enero de este año y lo multan por exceso de velocidad pero la multa la mandan a la dirección de su carné de conducir, que es el domicilio de la playa (donde vivía hace dos años). No se entera hasta hace dos días que va a la playa y ve esa multa (carta ordinaria) y otra con la multa por no identificar al conductor de 900 €. Comprobado el BOE, ésta última está publicada por edictos del día 20.07.12. A partir de cuándo puedo realizar las alegaciones? Es que en el edicto pone que tras 20 días naturales se considerará la notificación válida y se podrán formular alegaciones 20 días después de la finalización de la publicación del edicto. No las puedo formular antes?
Conviene formular alegaciones o esperar a la vía de apremio y decir que no me lo han notificado?
Tenéis modelo
Si se ha publicado la notificacion el 20.7.12, el plazo para alegaciones es de 20 dias naturales contados desde ya... No entiendo eso del edicto, la LSV es muy clara al respecto: 20 dias para pagar o presentar alegaciones (perdon, jajaja, la LSV habla de 15, pero como se le escapo un "gazapo" y en un art. alude a 20 dias, las administraciones llegaron al acuerdo de dejar el plazo en 20 dias)