Si se ha publicado la notificacion el 20.7.12, el plazo para alegaciones es de 20 dias naturales contados desde ya... No entiendo eso del edicto, la LSV es muy clara al respecto: 20 dias para pagar o presentar alegaciones (perdon, jajaja, la LSV habla de 15, pero como se le escapo un "gazapo" y en un art. alude a 20 dias, las administraciones llegaron al acuerdo de dejar el plazo en 20 dias)
Cliente que le deja el coche a su hermano en enero de este año y lo multan por exceso de velocidad pero la multa la mandan a la dirección de su carné de conducir, que es el domicilio de la playa (donde vivía hace dos años). No se entera hasta hace dos días que va a la playa y ve esa multa (carta ordinaria) y otra con la multa por no identificar al conductor de 900 €. Comprobado el BOE, ésta última está publicada por edictos del día 20.07.12. A partir de cuándo puedo realizar las alegaciones? Es que en el edicto pone que tras 20 días naturales se considerará la notificación válida y se podrán formular alegaciones 20 días después de la finalización de la publicación del edicto. No las puedo formular antes?
Conviene formular alegaciones o esperar a la vía de apremio y decir que no me lo han notificado?
Tenéis modelo