buenas hoy he recibido una carta certificada de la agencia tributaria en la cual ponia lo siguiente:
sanciones de la dgt fecha 21/09/2010 hora:10:00
motivo:no facilitar los datos del conductor o arrendatario del vehiculo a los agentes.
Hace 4 meses pague 2 multa en recaudacion que es el sitio de mi ayuntamiento y me informo de que ya no tenia mas multas ,ahira me pregunto yo si no tenia hace 4 meses mas multa como me viene ahora una multa de hace mas de 1 año sin que nadie me parara y menos que yo no le diera los datos del vehiculo y del conductor(por favor si yo soy el que conduce, como no voy a dar mis datos y asin me ahorro una multa) en la multa no pone el lugar ni nada de nada donde supuestamente me pararon y esque no he recibido ninguna carta de esta multa y ahora me viene por la agencia tributaria.
alguien me podria dar su opinion de algunos paso sobre este extraño suceso donde hace 4 meses pague dos multa y la mujer me dijo que no tenia ninguna mas y ahora me viene una de hace mas de 1 año.
por favor si alguien me puede ayudar se lo agradeceria por que me parece a mi que quieren pagar el sueldo de los funcionarios con cosas como esta
Me estoy quedando flipando ya lo que faltaba jajajaja, lo primero de todo que en ningún momento te puedes negar a identificarte a ninguna autoridad pero menos a GC o CNP, porque en caso de hacerlo en vez de ser una falta pasa a ser ya delito lo cual conlleva a ser detenido.
El 21 de abril de 2010 me notificaroon una infracción leve de tráfico por importe de 90€. Contra dicha Resolución interpuse Recurso Ordinario el 21 de Mayo de 2010. Pasado un tiempo más que razonable sin contestar pensé que aceptaban mi recurso. Pero resulta que con fecha 7 de Octubre de 2011, dictan Resoluci.on , notificada el 26 de Octubre de 201, no aceptando mi recurso confirmando la sanción., agotando la vía administrativa y teniendo que ir a un contenciosos administrativo para recurrir.
Mi pregunta es : ¿Después de 1 año y 5 meses desde la interposición del recurso no ha caducado.
la sanción ? ¿No tengo más remedio que ir al contencioso? ¿Hay condena de costas? ¿ debo acercarme a tráfico y hacer constar la caducidad del expediente?
Buenas;
Me parece que la carta que te remite la agencia tributaria corresponderá a una denuncia de la DGT y si, como indicar fuiste a tu ayuntamiento, ellos te informarías de las de Policía Local. Son administraciones distintas.
Para viana do bolo. Desafortunadamente no existe ningún plazo de tiempo para que la administración resuelva los recursos. Por tanto, no te queda más remedio que ir al contencioso.