Sentencia pionera hoy en los juzgados de Zaragoza, una mujer ha sido condenada a seis meses de carcel o el pago de una pena multa de 12 meses, o sea 1080 euros por impedir que se cumpliera el régimen de visitas de su ex marido durante 5 meses.
La ex esposa incumplio el régimen de visitas que firmaron los conyuges de comun acuerdo ,incumplio 4 ordenes judiciales que le obligaban a permitir las visitas, puesto que el marido denunciaba a la guardia civil y a los juzgados cada vez que iba a visitar a su hijo y ella se lo impedia, la ex mujer alegaba que el niño no quería ver a su padre pero el juez en una de las ordenes le decia que el hecho de que el menor( 8 años) no quisiera no era motivo de incumplimiento con lo cual a la cuarta vez la han condenado hoy a pagar 1080 euros o seis meses de carcel (en principio se pedian 12 meses de carcel), dice el periodico que hay un precedente en andalucia que tambien afecta a un zaragozano y la ex mujer fue igualmente condenada.
Espero que esta noticia os alegre a todos,ya que esto quiere decir que los juzgados se estan sensibilizando ante este dramatico problema y mas de una madre se lo pensará dos veces antes de impedir las visitas a los padres,,por lo menos en Aragón, la noticia ha sido hoy portada del periodico de aragon.
gracias por tu información, ojalá esto se haga norma generalizada y se acabe con la impunidad mas espantosa en un tema tan sangrante como el que haya padres que lleven años sin poder ver a sus hijos porque sus ex no cumplen el regimen de visitas.
Además si hay cárcel por no pagar la pensión alimenticia que la haya por no cumplir la otra parte también.
Me temo que esto solo será un hecho aislado desgraciadamente
un abrazo ana
Por fin, un Ilustrísimo Señor Juez a hecho algo de justicia y cuando digo algo es por que sé, que no se mide con el mismo rasero al hombre respecto a la mujer, está más que comprobado que hombres que incumple o demora la entrega de los hijos a la madre es condenado a dos años de prisión y esto no hace más de un mes.
Pero no obstante felicito agradezco y me descubro con la Señoría que ha condenado a una mujer a carcel o a cambio del pago de mil y algo de euros por incumplimiento del régimen de visita.
Que por otra parte, la puesta en práctica de muchas mujeres, que no merecen ser madres, que para evitar de que los hijos puedan disfrutar de la presencia en su vida de su padre, hacen aberraciones como las denuncias falsas.
Por el solo hecho de saber y conocer de que hay individuas con ese tipo de pelaje, roma en celebro falta de alma y con conciencia de exorsista, me alegro que por fin haya un Ilustrísimo que sea capaz de poner, al menos parte de un todo, en su sitio.
Gracias a su ILUSTRISIMA SEÑORIA.
En contra de la opinión de los insignes foristas que han intervenido anteriormente, yo no me alegro en absoluto del hecho que alguién haya sido condenado por vía penal a una multa de 1080 euros que, en definitiva, mermará la capacidad económica de los progenitores en detrimento del interés del menor y no solucionará en absoluto el problema (probablemente, lo enconará más de lo que está). Además no es motivo de alegria la desgracia ajena y es desgracia la condena penal en este caso.
Dicho lo anterior, entiendo que en el supuesto planteado existía una solución civil (que no penal) más justa, ponderada y equitativa: el cambio de custodia a favor del padre.
Dispone el art. 744.3 de la L.e.civ. respecto de la ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas familiares que "el incumplimiento reiterado de las obligaciones derivadas del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor guardador como del no guardador podrá dar lugar a l a modificación del régimen de guarda y visitas".
Este artículo parece que no es de aplicación por parte de los jueces, a pesar de existir y formar parte a modo de apercibimiento judicial de todos los requerimientos-tipo que a los cónyuges custodios se hacen por el juez civil cuando se alega por el no custodio el incumplimiento de las visitas. De que sirve apercibir si despues no se toma la medida objeto de apercibimiento. Lo que no es de recibo es que una madre incumpla en cuatro ocasiones dicho requerimiento judicial y no se aplique lo que en cuatro ocasiones ya se le apercibía (la pérdida de custodia en caso de no atender al requerimiento en el futuro) y, ahora, nos "alegremos todos" (yo no por supuesto) de la imposición de una simple multa o un arresto que no va a cumplir dictado por una jurisdicción diferente (penal) a la que debía desde un primer momento (la civil) haber tomado medidas y haber puesto a cada parte en su sitio.
Muchas veces se entra más en la guerra absurda de sexos, llamando más la atención una condena penal que no solucíona nada (más bien entorpece las cosas aún más en perjuicio del propio menor) que la reivindicación de una solución civil que prevista legalmente, desgraciadamente, no se aplica.
Tras leer tu exposición Alegato, me surge la siguiente pregunta:
Creo que cuando los anteriores foristas dicen que se "alegran", no debe entenderse como que están encantados; posiblementes ellos también preferirían otro tipo de "castigo" pues que pague una multa que al fin y a la postre va a parar a las arcas estatales en poco les beneficia a ellos. Considero que para ellos lo que es un triunfo es que se ESCUCHE y VALORE a la otra parte, pues cuando uno va de denunciante no debe de demostrar que es inocente DEBE DE DEMOSTRAR QUE NO ES CULPABLE y de que no miente.
Yo considero que el problema radica en que cuando tu presentas una denuncia por incumplimiento tienes por un lado un JUICIO DE FALTAS (PENAL) y luego si quieres OTRO VIA CIVIL.
¿ Por qué se complica tanto la resolución a un problema?
La mayoría de las personas deben de "perder" una cantidad considerable de tiempo en papeleos, juicios, obtención de pruebas....
Ojala no exisitiesen este tipo de problemas pero si se dan debería de darse una solución más rápida y coherente.
PRIMERA SENTENCIA DE LOS JUZGADOS DE ZARAGOZA PARA PROTEGER LOS DERECHOS DE PADRES DIVORCIADOS
Condenada una mujer que impidió a su marido ver a su hijo de 8 años
El juez le impone 1.080 euros de multa a cambio de 6 meses de cárcel por conformarse con la pena
La acusada desobedeció cuatro órdenes judiciales para que cumpliera el régimen de visitas acordado
EL PERIODICO 26/02/2004
El Juzgado de lo Penal número seis de Zaragoza dictó la sentencia condenatoria.
Foto:ANGEL DE CASTRO
El titular del Juzgado de lo Penal número seis de Zaragoza ha condenado a una mujer a pagar 1.080 euros de multa por impedir que su cónyuge, del que vive separada viera al hijo de ambos durante cinco meses. La sentencia, en la que se alcanzó la conformidad de las partes, es la primera de este tipo en Zaragoza, según fuentes jurídicas, aunque ya existe al manos un antecedente en Andalucía.
El juez encuentra a la mujer responsable de un delito de desobediencia grave a la autoridad por incumplir cuatro órdenes judiciales para que respetara el régimen de visitas acordado de mutuo acuerdo ante el Juzgado de Familia número cinco de Zaragoza en octubre del 2000.
La pareja, que aún no ha tramitado el divorcio, reside en distintos pueblos de la provincia y, según el convenio aprobado por ambos, el padre puede tener a su hijo de ocho años junto a él los fines de semana alternos, teniéndolo que reintegrar después al domicilio materno.
El régimen de visitas empezó a incumplirse por parte de la madre al mes de haberlo firmado. Para ello, la mujer se trasladaba a Zaragoza con el niño el día en el que el padre iba a recogerlo. Al reiterarse estas ausencias, el afectado denunció los hechos ante la Guardia Civil y, posteriormente, en el Juzgado de Guardia de la capital aragonesa.
PROVIDENCIAS Finalmente, el propio juzgado de familia en el que se reguló el convenio remitió hasta cuatro providencias a la mujer para que se ajustara estrictamente al convenio pactado anteriormente entre la pareja. En caso contrario se le advertía de que incurriría en un delito de desobediencia.
Sin embargo, tal como explica la sentencia en los hechos probados, "en todas las ocasiones en que fue requerida judicialmente, la acusada incumplió el régimen de visitas estipulado, haciendo caso omiso a las órdenes judiciales que le fueron notificadas.
Por estos hechos, el ministerio fiscal solicitaba inicialmente para la acusada una pena de ocho meses de prisión, con inhabilitación especial durante el tiempo de duración de la condena.
Sin embargo, el día señalado para la vista oral, tanto el abogado de la defensa, Javier Osés, como la letrada de la acusación particular, Celia Gil, y el representante del ministerio fiscal, presentaron un escrito de conformidad con la petición de este último, aunque reduciendo la pena a seis meses de cárcel. Esta condena fue sustituida por doce meses de pena multa con una cuota diaria de tres euros.
RELACION CONFLICTIVA Con anterioridad a esta sentencia, la mujer ya había sido condenada por una falta de respeto a la autoridad judicial por el mismo motivo y, aunque intentó que se modificaran las medidas del convenio de separación, el juzgado de familia no aceptó su petición.
La acusada alegaba para impedir el acceso del cónyuge al hijo de ambos que el niño no quería estar con su padre. Sin embargo, en una de las providencias que le fue notificada, el juez le informó de que el hecho de que el menor no quisiera ir con el padre "no impide el cumplimiento de la resolución judicial".
Durante los cinco meses en los que el padre no pudo visitar a su hijo, aquel cumplió puntualmente con el pago mensual de las pensiones alimenticias y de otros gastos extraordinarios que se había pactado entre la pareja.
Según explicaron fuentes jurídicas, las denuncias entre parejas separadas por el cumplimiento del régimen de visitas son habituales, aunque rara vez llegan a resolverse en los juzgados de lo Penal de Zaragoza, que sí han emitido varias condenas por el rechazo al pago de pensiones por alimentación.
Tras leer la transcripción de la noticia que efectúa Iñaki vuelvo a reiterar mi anterior exposición, haciendo además a la misma las siguientes añadiduras:
1º.- La mujer resultó condenada por la comisión de un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial, no por incumplir u obstaculizar el régimen de visitas, dado que dicha conducta no está tipificada actualmente en nuestro Código Penal, dejando a salvo la nueva redacción que del art. 618 del Código Penal (apartado 2º) se efectúa en la Reforma operada por la Ley 15/2003 y que con respecto a este particular extremo entrará en vigor a partir del mes de octubre del 2.004.
El delito de desobediencia grave a la autoridad, previsto en el art. 556 del CP, exige para su apreciación la concurrencia de dos requisitos esenciales: 1º) un mandato directo, expreso y legítimo dictado por la autoridad, dentro de su competencia y conforme a derecho, susceptible de generar un deber jurídico de acatamiento en el destinatario; y 2º) una conducta que, por acción u omisión, contradiga abiertamente dicho mandato, mediante una oposición obstinada, persistente y reiterada al cumplimiento de la orden emanada de la autoridad, expresiva de una voluntad rebelde de desatender sus decisiones y de menoscabar el normal ejercicio de la función pública (S.S.T.S. 30 Mar. 1973, 11 Mar. 1976, 14 Jul. 1981, 10 Jul. 1982, 5 Jul. 1989, 19 Nov. 1990, 10 Jul. 1992, 9 May. 1994 y 10 Oct. 1997, entre otras).
Entre las ordenes emanadas de la autoridad, se encuentran las que dictan las autoridades judiciales a través de las resoluciones adoptadas en el ejercicio de su función jurisdiccional, y si el bien jurídico protegido es el concreto ejercicio de la administración o de la función pública al servicio de los ciudadanos, pocas conductas atacan más este servicio y dicho bien jurídico como el incumplimiento de los mandatos judiciales mediante la oposición a la ejecución de una resolución judicial firme (SS.T.S. 22 Jun. 1992, 5 Jul. 1993 y 23 Ene. 2001).
Dicho lo anterior, deberán comprender los foristas (y en especial Josefina), que el bien jurídico protegido por el Derecho Penal en este caso no es el respeto por las relaciones familiares en sí, sino el incumplimiento de un mandato judicial. El juez familiar ante la desconsideración del cónyuge custodio por el incumplimiento de su orden dedujo testimonio de actuaciones que acabo en una condena penal al infractor. El juez se sintió ofendido, pero no sabemos si tomó o adoptó las medidas civiles oportunas para arreglar el problema en el futuro o procedió al cambio de custodia previamente apercibido conforme al art. 744.3 de la L.e.civ. (esto último, Josefina, sí sería atender y escuchar al cónyuge no custodio)
2º.- LA noticia es partidista y además FALSA. No es cierto que dicha sentencia sea pionera en España (y mucho menos que tan solo se encuentre un antecedente en Andalucia). Existen multitud de sentencias que en casos idénticos condenan por el mismo tipo penal en su entidad de delito (Ej.- St. 24/02/03 A.P. Toledo, St. 29/10/02 A.P. Leon, St. 31/01/02 A.P. Caceres, St. 5/09/01 A.P. Huelva, St. 16/07/01 A.P. Barcelona, por citar algunas de ellas aunque existen muchas más) o de mera falta.
3º.- Vuelvo a reiterar que una multa no soluciona el problema y que la represión penal quizás (a mi juicio particular) no sea la mejor forma de afrontar el grave problema que supone los incumplimientos reiterados del régimen de visitas. El Derecho Penal, y más en los tiempos que corren, parece ser la solucion para todo, cuando no lo es, pero estarán conmigo que viste desde el punto de vista político. A mi juicio el ciudadano está siendo estafado, el problema de incumplimiento de visitas, queda sin resolver (no se adoptan medidas civiles, no se fomentan ni proveen fondos para los puntos de encuentro, agilizar los juzgados de familia, proveerlos de medios técnicos y humanos, etc) pero, UNA CONDENA PENAL es altamente llamativa para la sociedad, eso sí sin solucionar nada y empeorando aún más las cosas.
El problema es ese, pero como los grupos feministas todopoderosos que son los que están moviendo las leyes con sus presiones a los gobiernos y el incremento de las penas no están dispuestos a ceder un sólo ápice en su cruzada de encarcelamiento a todo varón que se salga de la foto, así se ha generado un clientelismo político sexista donde la filosofia es si tu me das subvenciones y prebendas hembristas yo te doy el voto... mira donde va a parar el dinero que deberia ir a las mediaciones y a las cosas que tu dices.. mira la discriminacion a los hombres que no reciben ni un euro..
En el año 2002 el reparto del pastel de las ayudas y subvenciones a organismos que realizan fines sociales, segun dice el BOE de ese año fue de la siguiente manera:
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Page 1
BOE núm. 286Viernes 29 noviembre200241957ANEXOImp. subvenc.EurosEntidadAl Anwar
Asociación de Mujeres Marroquíes enEspaña .......6.000,00
Asociación de Colaboradores con las Presas ......................17.325,00
Asociación de Empresas con Sensibilidad Social ................17.325,00
Asociación de Familias y Mujeres del Medio Rural ..............40.470,00
Asociación de Librerías de Mujeres una palabra otra ...........5.775,00
Asociación de Mujeres Juristas Themis ............................37.825,00
Asociación de Mujeres para la Salud ................................10.390,00
Asociación Española contra el Cáncer ..............................23.100,00
Asociación Española de Mujeres Profesionales de los Mediosde Comunicación (AMECO) ..........16.460,00
Asociación Española de Mujeres Separadas y Divorciadas«Carmen García Castellón..............27.145,00
Asociación Internacional Mujeres en las Artes (AIMA) .........10.970,00
Asociación Leonesa de Mujeres «Simone de Beavoir» ...........11.550,00
Asociación Mujeres Jóvenes ..........................................39.265,0
0
Asociación Mujeres Opañel ............................................14.435
,00
Asociación Mujeres por la Paz ........................................1.820,00
Asociación para el Desarrollo Sociocultural, Formación yEmpleo (ASFEM)......................6.000,00
Asociación para la Atención, Prevención y Reinserción dela Mujer Prostituida ............39.110,00
Asociación para la Cooperación con el Sur-Las Segovias(ACSUR) ......6.710,00
Asociación Salud y Familia ............................................25.485
,00
Asociación Unipres ..................................................
...7.510,00
Biblioteca de Mujeres ..................................................
.8.660,00
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF).6.070,00
Centro de Análisis y Programas Sanitarios ........................11.550,00
Comisión para la Investigación de Malos Tratos a la Mujer ....32.915,00
Confederación de Federaciones y Asociaciones de Viudas His-pania (CONFAV) .............. 103.195,00
Confederación de Sindicatos de Trabajadores de la Ense-ñanza-STES ...............3.000,00
Confederación Nacional de Sordos de España (CNSE) .........12.120,00
Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) .......43.295,00
Consejo Nacional de Mujeres de España (CNDE) ................4.040,00
Cooperación Internacional (CI) ......................................24.280,00
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganade-ros-Iniciativa Rural (COAG) ..............14.435,00
Coordinadora Española para el Lobby Europeo de Mujeres ...50.815,00
Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas .......................20.210,00
Cruz Roja Española ..................................................
...9.105,00
Cáritas Española ..................................................
.......35.210,00
Yo he dado la noticia tal como rezaba el periodico de Zaragoza,,,"sentencia pionera",porque en esta ciudad no se conocía nada igual,,tenemos el caso de Juan José Valero que tal vez conozcáis por los periódicos porque protagonizó una marcha a pié desde Zaragoza hasta Madrid para que el juzgado revisara su causa puesto que llevaba más de dos años sin ver a su hijo, estuvo un mes viviendo en el coche frente a la audencia de Madrid y denuncias había puesto todas las del mundo pero que se sepa nunca juzgaron a su ex esposa como han hecho con esta otra mujer.
Yo creo que si que es motivo de alegría esta noticia porque a lo que estamos acostumbrados es a que el hecho de incomunicar a los hijos con los padres se haga con total impunidad o a lo sumo impongan a las madres una multa ridicula al cabo de dos años de haber agotado las vias legales.
Ya sabemos que la condena se dicta por desobediciencia a la autoridad,,pero esa desobediciencia esta causada por un incumplimiento del regimen de visitas que a la postre es lo mismo, el fin que persige es reanudar las visitas paternofiliales que supongo esta madre cumplirá a rajatabla si no quiere exponerse a mayores consecuencias.
La medida de retirar la custodia me parece demasiado exagerada de momento,,pero quien sabe si de repetirse este tipo de sentencias el paso siguiente de algún juez fuera quitar la custodia con lo cual la sociedad por lo menos se enteraría del problema y empezaran a considerar un hecho grave el incumplimiento de visitas.
Un saludo
Creo Ana que te equivocas por completo. La condena penal es pecuniaria (lo que afecta al menor negativamente), no arregla el problema, no es pionera de nada y tan solo pone claro en la sociedad que la autoridad judicial debe ser eso, autoridad.
Creo más justo el cambio de custodia que la condena penal dado que, al fin y a la postre, ambos padres tenían el mismo derecho de custodia sobre su hijo y está claro que uno de ellos, el inicialmente elegido por el juez familiar o por las partes, por su conducta insolidaria e inhumana posterior, ha dado muestras más que suficientes de su incapacidad para desempeñar tales funciones.
Yo opino de distinta manera que tú, ya ves, considero exagerada la condena penal (y además evitable -no olvides que fueron cuatro requerimientos-) y ponderada y justo el cambio de custodia.
¿que opinion te merece esto alegato? fijate alguna de las cifras que se mueven en torno al feminismo-hembrista, mientras los hombres no tienen organizaciones que les defiendan ante estas que claramente son anti-hombres y estan todas vertebradas por la misoandria .
Las asociaciones de padres separados por contra no reciben ni un solo euro, no tenemos ni locales para reunirnos, a veces hasta en la mesa de un bar....
!!!! esta es la igualdad que tanto pregonan!!!!!
¿ adonde esta ?
El problema es ese, pero como los grupos feministas todopoderosos que son los que están moviendo las leyes con sus presiones a los gobiernos y el incremento de las penas no están dispuestos a ceder un sólo ápice en su cruzada de encarcelamiento a todo varón que se salga de la foto, así se ha generado un clientelismo político sexista donde la filosofia es si tu me das subvenciones y prebendas hembristas yo te doy el voto... mira donde va a parar el dinero que deberia ir a las mediaciones y a las cosas que tu dices.. mira la discriminacion a los hombres que no reciben ni un euro..
En el año 2002 el reparto del pastel de las ayudas y subvenciones a organismos que realizan fines sociales, segun dice el BOE de ese año fue de la siguiente manera:
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BOE núm. 286Viernes 29 noviembre200241957ANEXOImp. subvenc.EurosEntidadAl Anwar
Asociación de Mujeres Marroquíes enEspaña .......6.000,00
Asociación de Colaboradores con las Presas ......................17.325,00
Asociación de Empresas con Sensibilidad Social ................17.325,00
Asociación de Familias y Mujeres del Medio Rural ..............40.470,00
Asociación de Librerías de Mujeres una palabra otra ...........5.775,00
Asociación de Mujeres Juristas Themis ............................37.825,00
Asociación de Mujeres para la Salud ................................10.390,00
Asociación Española contra el Cáncer ..............................23.100,00
Asociación Española de Mujeres Profesionales de los Mediosde Comunicación (AMECO) ..........16.460,00
Asociación Española de Mujeres Separadas y Divorciadas«Carmen García Castellón..............27.145,00
Asociación Internacional Mujeres en las Artes (AIMA) .........10.970,00
Asociación Leonesa de Mujeres «Simone de Beavoir» ...........11.550,00
Asociación Mujeres Jóvenes ..........................................39.265,0
0
Asociación Mujeres Opañel ............................................14.435
,00
Asociación Mujeres por la Paz ........................................1.820,00
Asociación para el Desarrollo Sociocultural, Formación yEmpleo (ASFEM)......................6.000,00
Asociación para la Atención, Prevención y Reinserción dela Mujer Prostituida ............39.110,00
Asociación para la Cooperación con el Sur-Las Segovias(ACSUR) ......6.710,00
Asociación Salud y Familia ............................................25.485
,00
Asociación Unipres ..................................................
...7.510,00
Biblioteca de Mujeres ..................................................
.8.660,00
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF).6.070,00
Centro de Análisis y Programas Sanitarios ........................11.550,00
Comisión para la Investigación de Malos Tratos a la Mujer ....32.915,00
Confederación de Federaciones y Asociaciones de Viudas His-pania (CONFAV) .............. 103.195,00
Confederación de Sindicatos de Trabajadores de la Ense-ñanza-STES ...............3.000,00
Confederación Nacional de Sordos de España (CNSE) .........12.120,00
Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) .......43.295,00
Consejo Nacional de Mujeres de España (CNDE) ................4.040,00
Cooperación Internacional (CI) ......................................24.280,00
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganade-ros-Iniciativa Rural (COAG) ..............14.435,00
Coordinadora Española para el Lobby Europeo de Mujeres ...50.815,00
Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas .......................20.210,00
Cruz Roja Española ..................................................
...9.105,00
Cáritas Española ..................................................
.......35.210,00
SEPARADO, lo siento, no puedo compartir tu lucha dado que sería como ponerme en el mismo sitio de las asociaciones que criticas. Estoy totalmente en contra, y además harto, de las versiones sexistas y poco profesionales que se hacen de los problemas familiares. Mi opinión personal sobre lo que preguntas, con tu permiso, me la reservo. Ahora bien, tu lucha, ¿cual es? acabar con una orientación sexista y absurda de dichos problemas familiares o conseguir subvenciones para las asociaciones de padres separados. Además, SEPARADO, te expresas de una forma que la verdad lo único que trasladas al exterior son tus rencores (feminismo-hembrista, anti-hombres, misoandria, cruzada de encarcelamiento del varon, etc), no das soluciones, creas más problemas.
Lee con detenimiento la reflexion de Quinn, eso sí, con detenimiento y sin querer adaptarla a tu especial y contaminada manera de ver las cosas.
Evidentemente no creo que nadie se alegre del mal ajeno, si bien y entendiendo perfectamente las exposiciones de los insignes foreros, éstos si se congratulan, de que por fin haya un Ilustrísimo Señor Juez, que pone a una mujer, no madre, en su sitio, nos da igual que el motivo sea por desobediencia al Juez o por incumplimiento del régimen de visitas, pero lo que si es verdad, que si no se hubiera producido este incumplimiento de régimen de visita, no hubiera habido desacato y/o desobediencia a su señoría, entiéndanlo como quiera, el resultando no es otro que por fin a una mujer se le condena, cuando hasta ahora era una autopia, por eso abusaban, en lo que si estoy totalmente de acuerdo que hubiera sido más justo y lógico, que a dicha individua le quitaran la custodia del hijo en favor de su padre, pero a eso todavía sus Ilustrísimas no llegan o no se atreven,
por varias razones y la más importante no es precisamente la valoración de donde estaría más y mejor atendido y educandose el menor, sino el temor a la presión mediatica ejercida por las asociaciones de "fémina..." (más interesadas en las subvenciones estatales) respaldadas por la prensa, en la medida, de que son ellas y solo ellas, las que polulan por las diferentes televisiones contando las miserias y problemas particulares de las familias, llegándose incluso a denunciar y juzgar públicamente a los hombres, antes incluso que la propia justicia, siendo para colmo muchas de éstas denuncias falsas y alimentando el morbo a las marías, mientra que las "femina..." se alimentan del maná de nuestros impuestos, como aves de rapiña.
Resultando: No nos reimos ni disfrutamos ni gozamos etc. del mal de nadie, ¡ojalá! fueramos todos normales, simplemente normales.
Si deseamos que al igual se le exige al hombre se le exija a la mujer, siempre en igualdad de condiciones y viciversa, por supuesto.
Señor Alegato no ponga tanto énfasis adjetivando de partidista y falsa la noticia, en algo que sabemos que no es la única sentencia al respecto, pero si la más grave, pongo por ejemplo el caso que en su día expuse para lograr una condena de 90 euros (pagaderos a plazos) y las costas del juicio, precisamente por desobediencia a su Ilustrísima, mi hijo tuvo que gastarse cerca de 6.000 euros, como usted ya bien conoce.
Perdone todavía no se ha logrado ver al nene de 4 años y 6 meses, a pesar de recibirse el resultando definitivo de la sentencia en cuanto a la denuncia falsa que pesaba sobre mi hijo, quedando totalmente libre sin cargos ni fianzas, hoy, si hoy aún le preguntaba su Ilustrísima si veia a su hijo, cuando mi hijo le respondió que no, su Ilustrísima puso cara de extrañesa hasta el punto, de tocarse con una mano en la frente, mi hijo si ha pedido el cambio de custodia, pero..... la verdad que seguimos sin verlo tan siquiera por la calle, ya que lo sacan tapado por la cabeza y lo meten en coches.
Señor Alegato con el debido respeto creo que el estudio de tantas leyes, no deja ver limpiamente la realidad de la vida de lo malo que somos las personas, en este caso una mujer, de las muchas que proliferan por este pais, al socaire de la riada televisiva, endemoniando al hombre manipulando y falseando la verdad.
Saludos a todos.
SR. ABUELO, no voy a entrar en su guerra particular respecto de la cual, además de conocerla perfectamente, en su momento, le mostre mi parecer estrictamente jurídico (Recuerde sus episodios en "Donde está la justicia" 1, 2 , 3, etc), intentando darle soluciones jurídicas concretas aunque vd. parezca no recordarlas.
Lo que si le puedo decir es que la sentencia de Zaragoza es una más de las "cientos" existentes, por lo tanto una noticia es falsa cuando simplemente no responde a la realidad y creo que he citado al menos seis sentencias anteriores de otras Audiencias Provinciales (sin molestarme mucho en buscar, por cierto) en las que se llega al mismo resultado, es decir, la condena por un DELITO de Desobediencia a la Autoridad en caso de incumplimientos de los requerimientos judiciales.
Sr.Alegato, en tanto en cuanto usted hace referencia a mi "guerra particular", permitame decirle y en atención a sus episodios 1, 2, 3, etc de ¿dónde está la justicia?, que :
Primero a mi hijo desde que tuvo lugar el jucio de separación, nunca le han retirado el derecho de ver a su hijo.
Segundo Lejos me lo fiais, usted me aconseja apoyarme o basarme en una ley del código penal que entrará en vigor el próximo mes de octubre si no mal recuerdo, dígame como se hace eso, no obstante, como mínimo seguiremos sin ver al niño hasta esa fecha, osea cinco años.
Tercero esa ley si es consederada como falta según usted se pronuncia, verde la hemos segado, porque bien sabrás que en lo familiar se considera el incumplimiento de régimen de visitas como falta, por el contrario el impago de la manutención al niño es cosiderado como delito y usted mejor que nadie sabe cual es la diferencia en cuanto castigo y tratamiento se refiere.
Cuarto En cuanto a su alusion al articulo 776.3 de la Leciv. ya le respondí en mi anterior escrito de este foro, a la pregunta de la Ilustrísima Jueza al padre, si aún no habia visto a su hijo.
Le informo que dicha mala madre ha sido requerida la su Ilustrísima, referencia dada hoy a mi hijo por dicha Señoría, y no ha aparecido, entendemos que volverá a requerirla, pero toda estas demoras propicia la desesperación de los que cumplimos con nuestro deber y deseamos estar al lado y hacer feliz a toda la familia incluido obviamente a nuestro nieto llegando hasta el despido del trabajo por los múltiples requerimientos fallidos por la justicia en base a las desobediencias continuadas de las individuas que saben perfectamente del desorden, de la falta de medios y masificación de denuncias en los juzgados.
Quinto Hasta la fecha todos los juicios celebrados han sido favorables a mi hijo, concretamente tres dos en el familiar y uno en el penal por denuncia falsa, así como las informaciones ofrecidas por psicólogos, forenses, asistenta social a sus respectivas señorías.
Resultando seguimos sin poder estar con nuestro nieto, y el padre sin su hijo, si le vieramos solo por la calle probablemente no lo reconoceriamos.
Saludos
Sr. Alegato se me olvidaba, le invito venir mañana o dentro de quince días que es cuando corresponde, a picar en la puerta del domicilio donde está nuestro nieto, y si parece alguna persona familia de nuestro nieto alto dificil, solo será para ofendernos gravemente, si esto no ocurriera tal como se lo comento me comprometo pagarle un pasaje en un crucero por el Mediterráneo, aunque tenga que pedirlo en un banco.
Saludos
Sr. Abuelo, no se lo tome vd. a mal, en cierta forma ya tenemos la confianza que nos da este foro y los contactos habidos con anterioridad; pero, el consejo jurídico que yo le ofrecí en intervenciones anteriores es que no hiciera de la lucha de su hijo su propia y particular lucha.Si su hijo y su nuera están enfrentados en una encarnizada lucha legal (sin sentido por otra parte), en la que incluso se llegaron a denunciar unos abusos sexuales, cualquier persona, sensata y cabal, le aconsejaría lo mismo que le aconseje yo. Apartarse de dicha guerra intentanto suavizar situaciones y no empeorarlas aún más. Su hijo, también tiene caminos legales para satisfacer su derecho de visita, partiendo no de denuncias (que es lo que verificó) sino de demandas de ejecución de la sentencia matrimonial.
También le dije que si vd. queria contactar con su nieto, nada más que tenía que pedirlo del juzgado (art. 160 CC), cuestión que al parecer ni tan siquiera ha planteado.
Lo del "pasaje en un crucero por el Mediterráneo" es una idea tentadora y apetitosa, aunque considero que dicha oferta, en vez de trasladarla a mi persona la debía reservar para su querida y amada nuera. Puede ser que vd. la sorprenda y puede ser también que la encarnizada batalla se acabe y es probable igualmente que cuando vd. vaya al domicilio de su nieto, sus parientes por parte materna, reaccionen de distinta manera a la que vd. describe.
A veces los padres por querer ayudar a sus hijos separados judicialmente tomando parte en sus problemas lo que consiguen es empeorar aún más las cosas, aumentándose el número de personas enfrentadas y la entidad del propio enfrentamiento.
Piense vd. lo de "crucero por el Mediterraneo" (que no por el golfo pérsico) y su nuera, quizás sea ese el primer paso de una futura y necesaria reconciliación (por bien de su nieto).
Por último y respecto a la noticia que ha dado origen a este apartado del foro, habrá que apostillar, además de lo que he dicho con anterioridad, que la misma se dicta EN CONFORMIDAD de las partes (acusación, min. fiscal y defensa), un dato más, a los que ya he citado anteriormente, que hacen que la noticia pueda ser tachada de sensacionalista, populista, demagógica e incontrastada, además de errónea y falsa en cuanto al dato de ser pionera de algo.
Sr. Alegato no puedo más que confesar en buena lid que su escrito me ha hecho sonrreir, especialmente su referencia al golfo pérsico, noto la diferencia entre Pérsico y persico, así como lo de golfo, envidentemente yo particularmente no pensaba haberle enviado a ningún golfo si bien comprendo que en un viaje por el Mediterráneo es obvio que atracaría en varios golfos, o al menos navegaría cerca de ellos.
Observo que en su escrito no me responde a nada de lo que le expongo en los diferentes apartados, en contestación a los escritos de usted en el foro de ¿dónde está la justicia?.
Por otra parte, mal padre sería si viendo a uno de mis hijos en apuros, no saliera al paso poniéndome si es posible como parapeto de cualquier dardo envenenado pudiera afectarle.
Máxime cuando siempre desde que tengo uso de razón, al menos, he estado al lado del más débil, siempre toda mi vida se ha caracterizado en ponerme yo el primero con el pecho y la cara, de hecho bien me la tocaron los grises y voy yo a estar con los brazos cruzados viendo como se mofan, como injustamente destrozan la vida de un hijo mío, tendría que tener la sangre de horchata para no estar al lado de mis hijos, por muy mayores que ellos fueran y por muy viejo fuera yo, Sr. Alegato en eso de dejar solo a mi hijo frente a una familia económicamente muy poderosa y con muy malas artes, eso jamás, hasta mi sepultura estaré al frente de cualquier guerra que sufran uno de mis hijos.
Reciba mis cordiales saludos.
todo mi apoyo para el Sr. Abuelo, espero que lo consigan pronto. si que es vergonzoso que se utilice a los niños para cualquier tipo de venganza, es una forma de maltrato y pienso que nadie escucha a los niños en éste país, alguien se ha molestado en preguntar al niño de la sentencia mencionada si realmente no quería ver a su padre? yo tengo una hija de 8 años que quiere mucho a su padre y estoy encantada de que esten juntos porque veo que ella es feliz, aunque su padre esté inclumpliendo con el régimen de visitas, y con la pensión. por peticion suya solo la ve martes y jueves desde que salga del cole y me la lleva a casa a las 8, no quería pasar noches con ella. hasta hace poco no hubo problema pero ahora no me la trae por las noches y no la lleva al colegio o la lleva tarde al dia siguiente, por lo que yo estoy bastante preocupada y ademas la niña tampoco quiere quedarse a dormir. le denuncié por incumplimiento de sentencia, pero no tengo ninguna prueba para poder demostrarlo, la única es la niña y no se que debo hacer si pedir un informe sicológico o que. y además despues de ésto me denuncia él a mí diciendo que yo no estoy cuando me lleva a la niña y que la maltrato, yo estoy bastante preocupada con éste tema y no se que hacer, algún consejo?