Lo normal es que lo estén, pero puedes de momento solicitar aclaración de sentencia, y si no estás de acuerdo con lo que te contesten, pues entonces recurre, para el caso de que se pudiera recurrir...
Gracias, si se recurre a la siguiente jurisdicción, ¿debe ordenar esta jurisdcción a la 1ª, ,otivar esa resolución trasladando de nuevo el asunto? ¿no puede pronunciarse esta 2ª jurisdicción sobre la denuncia en sí sin estar antes motivada?
Y además mira también el art. 209 de la LEC. sobre las reglas especiales en cuanto a forma y contenido de las sentencias, e incluso el art 210 de la misma ley en cuanto a resoluciones orales, por si acaso.