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Motivar resoluciones.

8 Comentarios
 
12/12/2011 13:19
vaya usted al Servicio de Orientación Jurídica, sito en C/ Gran Vía, 18 de Madrid (Madrid) a exponer estas cuestiones.

Posteriormente, ya con la respuesta, vd podrá contestar y cobrar el "donativo" a su "asociado".

12/12/2011 11:52
Muchas gracias de nuevo.

Salu2
12/12/2011 00:35
Y además mira también el art. 209 de la LEC. sobre las reglas especiales en cuanto a forma y contenido de las sentencias, e incluso el art 210 de la misma ley en cuanto a resoluciones orales, por si acaso.
perfil ABQ
11/12/2011 20:19
Así, a bote pronto, Art. 24 CE, 7 y 11 LOPJ y 208 LEC.
09/12/2011 12:40
Morinelli, el ordenata es para siempre, ja, ja. si conoces algún articulado que obligue a motivar, te lo agradecería

Salu2.
09/12/2011 11:19
Trabajando es festivos....
06/12/2011 21:47
Gracias, si se recurre a la siguiente jurisdicción, ¿debe ordenar esta jurisdcción a la 1ª, ,otivar esa resolución trasladando de nuevo el asunto? ¿no puede pronunciarse esta 2ª jurisdicción sobre la denuncia en sí sin estar antes motivada?

Salu2
05/12/2011 20:23
Lo normal es que lo estén, pero puedes de momento solicitar aclaración de sentencia, y si no estás de acuerdo con lo que te contesten, pues entonces recurre, para el caso de que se pudiera recurrir...
Motivar resoluciones.
04/12/2011 21:25
¿Deben estar todas las resoluciones judiciales, motivadas? si no lo estuvieran, ¿qué procede a continuación?

Gracias.