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Morosidad en edificio

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24 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 24 comentarios
Morosidad en edificio
08/07/2019 11:42
Buenos días.
Estoy observando multitud de quejas sobre morosidad de algunos propietarios. Hay quien debe docenas de cuotas y esto sucede en edificios con personas de mayor y menor poder adquisitivo.
Por contra, cada Comunidad de vecinos disponen de suficientes estatutos, reglamentos de régimen interior, administrador, abogado ect, que deberian impedir dichas actitudes.
Obviamente separo las meras incidencias o precariedad puntual.
Alguna explicación?
08/07/2019 13:49
rafiña
Perdóneme pero no entiendo muy bien cuál es su duda???
09/07/2019 20:52
Fixin
Gracias Fixin.
Un inquilino deja de pagar las cuotas comunitarias y, llegados al extremo, ni siquiera el juicio monitorio puede conseguir, en algunos casos, recuperar la deuda.
Buscaba alguna solución más práctica para que el resto de los vecinos, no tuviera que soportar esos gastos.
Un saludo
09/07/2019 21:17
rafiña
Pues que el planteamiento que hace no es real. Nunca se podrá reclamarle nada a un inquilino ya que la deuda no es suya, la deuda es del propietario y por tanto el responsable
10/07/2019 08:54
rafiña
La obligación de contribuir va aparejada a la propiedad, a la vivienda, no al inquilino. En este caso reclamen judicialmente contra el propietario.
Los posibles acuerdos que puedan tener arrendador y arrendatario para el pago de las cuotas comunitarias no afectan a la comunidad que es un tercero en esa relación.
13/07/2019 19:08
Cameliasafe
perdón, cometí un error. Me refería a propietario.
judicialmente debería ser posible, pero en la práctica, parecer ser es difícil y costoso.
Conozco comunidades donde los morosos argumentan precariedad económica, falta de compradores de la propiedad para poder saldar la deuda, ausencia y desconocimiento de su dirección ect. A todo esto me refería. Un saludo
13/07/2019 20:46
rafiña
Pues esta en un error, ni es costosa (porque las costas se le exiguen al moroso), ni dificil, es tener ganas de hacerlo.
Las excusas no sirven de nada, un juez puede embarga la vivienda y problema soluccionado
14/07/2019 17:52
Cameliasafe
Gracias Cameliasafe, no sabía que pudiera ser tan fácil.
En la Junta vecinal se mencionan algunos casos (por suerte, pocos) de vecinos que deben cuatro o cinco mensualidades e incluso, un par de locales comerciales, que pasan de los doce meses. Se solicita aprobación de los asistentes para iniciar procesos legales por parte del Presidente, administrador y abogado, pero al final, algo ocurre que permanecen las deudas. Las razones que argumentan los locales comerciales es que están a la espera de compradores y que una vez vendan, sufragaran la deuda.
Esperemos a la próxima junta, a ver que sucede
Un saludo
14/07/2019 20:14
rafiña
lo siento pero su comunidad es muy sensible a las mentiras, no hay que esperar a que vendan y que el nuevo pagará, las deudas caducan a los cinco años
lo que tienen que hacer es aprobar emprender proceso monitorio y desoir las excusas que digan los demás.
cuando un local haya vendido y como ya no es propietario dirá que el no paga por eso mismo y entonces tendrán el follón con el nuevo propietario
14/07/2019 21:44
Cameliasafe
Gracias, Cameliasafe.
Aquí el problema viene por parte de la presidencia y administrador, que parece que tienen el cargo a perpetuidad. Si le sumamos más de 160 propietarios, la mayoría gente muy envejecida...pues ya vemos.
15/07/2019 09:28
rafiña
Se equivoca, el problema son los vecinos que "pasan" de hacer y "pasan" de solucionar un problema.
15/07/2019 16:03
rafiña
Existe un dicho que es:
Todos los pueblos democraticos tienen los gobiernos que se merece
Esos cargos se renueva anualmente, porque en su edificio nl es así?
Ese es el verdadero problema. Dejadez
15/07/2019 18:42
Cameliasafe
Gracias, fixin y Cameliasafe
Son totalmente acertados los comentarios, así que no ha lugar a quejas.
En un año pasaré a vivir en otro edificio. Es de nueva construcción y se supone que la promotora nos reunirá a todos, presentará al administrador que haya contratado y pedirá voluntarios para la junta vecinal.
El edificio tiene 4 portales y 68 viviendas y desconozco si en cada uno, habrá junta distinta o esta será única.
En todo caso voy a ofrecerme voluntario como vocal sin cometido concreto, con el fin de, al disponer de mucho tiempo libre, gestionar todas las áreas que pueda.
Se puede?
Un saludo
15/07/2019 19:01
rafiña
El cargo de vocal no tiene sentifo alguno hoy dia en las comunidades, dado que el administrador hace casi todo, ni un presidente hoy dia tiene trabajo
Usted potúlese por presidente, lo normal es un presidente por escalera, y si no comparten nada ni gardines ni piscina, cada uno rije su escalera y es lo mejor
15/07/2019 21:29
Cameliasafe
gracias por el consejo. cuando llegue la hora, veremos en que queda todo. Un saludo
16/07/2019 00:44
Cameliasafe
Si es una sola comunidad, sin subcomunidades, los presidentes de portal no existen, es un título rimbombante, pero inexistente, presidente solo hay uno.
En cambio si suelen existir los vocales, como "apoyo" al presidente y administrador, pero normalmente sin atribución legal alguna.
16/07/2019 10:10
rafiña
Cameliasafe dice esto: "Pues esta en un error, ni es costosa (porque las costas se le exigen al moroso), ni difícil, es tener ganas de hacerlo. Las excusas no sirven de nada, un juez puede embarga la vivienda y problema solucionado".

Es más que evidente que usted no tiene ninguna experiencia jurídico procesal porque la experiencia me indica todo lo contrario de lo que usted dice.

Reclamar a los morosos es relativamente sencillo. Solamente hay que promover el correspondiente procedimiento monitorio.El problema es cobrar. Es decir. la ejecución.

¿De verdad cree que los jueces conceden los embargos con la facilidad que comenta Cameliasafe? Pues mire usted. Depende del Juzgado. Y un embargo no significa que vaya usted a cobrar. Es simplemente una medida cautelar. Luego hay que tratar de subastar la vivienda. Pagar los gastos del procedimiento de subasta .... Y que un Juez decida subastar la vivienda por el impago de ¿1.000? ¿2.000? ¿6.000 €?

Seguramente, antes de admitir dicha medida seguirá la jerarquía en lo que a la prelación de bienes establecida en la LEC.

Usted siga agradeciendo a Cameliasafe sus respuestas, pero creo que va algo perdid@.
16/07/2019 16:04
rafiña
Pues no soy la unica en este blog que comparte mi opinion.
Paquito xocolatero en el hilo de hoy deuda con la comunidad indica lo mismo que yo, y tambien usa el mismo verbo PODER
Paquito escribe (Sí lo pueden reclamar, y lo de que no conseguirían nada no es cierto. Si es necesario podrían incluso embargar la vivienda.)
Seguro que estare equivocada y paquito tambien
17/07/2019 20:50
rafiña
Cameliasafe. No entiendo qué es lo que usted quiere debatir conmigo sobre cuestiones jurídicas.
18/07/2019 20:25
Mensaje eliminado