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Monitorio: ¿sí o no?

1 Comentarios
 
Monitorio: ¿sí o no?
19/07/2016 10:50
¿Merece la pena poner un Juicio Monitorio si la otra parte se puede oponer y llevarlo a Juicio Ordinario?

Dispongo de una nómina impagada, en caso de que la empresa se oponga al monitorio ¿veis factible que el Juez haga caso omiso y siga con el monitorio?

19/07/2016 14:42
el artículo 101 de la ley de la jurisdicción social dice en la letra e) que en caso de formular oposición puede el actor en el plazo de 4 días formular demanda ante el Juzgado de lo Social.

Utiliza términos imperativos, por lo que deducida oposición, el secretario notificará a las partes para que actúen como a su derecho convenga, es decir, NO pueden pasar por alto la oposición.