1ª. En caso de exceder la cantidad reclamada 900 euros es preceptivo el uso de abogado y procurador para instar la ejecución.
2ª. A través de la oficina de Averiguación Patrimonial y por tu parte dirigirte al Registro de Indices de la Propiedad a fin de averiguar las propiedades que consten a nombre de la sociedad.Saludos.
Hola, mi primera pregunta es si para instar la ejecucion es necesario procurador. Ya se que parala peticion inicial no hace falta, pero entiendo que para la ejecucionsi, no?
Y la segunda, es a que organismos debe librar oficio el juez para averiguar los bienes de la sociedad ejecutada.
Gracias a todos de antemano