Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Modificacion sustancial de condiciones de trabajo

41 Comentarios
Viendo 41 - 41 de 41 comentarios
09/09/2010 13:13
ainssssss nikitonipongo, eso espero yo tambien. Aun me acuerdo las noches que pase pensando en como porras iba a hacer eso yo. Creo que desde entonces tengo mas canas de las que ya tenia, :p. Pero mira, lo que te digo, soy un tipo de persona que en ocasiones, como por ejemplo me ha pasado con esto de la modificacion, me aturullo pensando, haciendo montañas donde no las hay, vaya, que digo que soy un poco mora, por lo de fatalista, jejej, pero que cuando ya me planto y digo, bueno, ya esta bien, esto lo tienes que hacer y lo haras bien y si necesitas buscar ayuda y preguntar donde haga falta, lo haces, y al final todo sale. Pero lo dicho, yo espero no tener que ayudarte, jeje pero si se te plantea el caso, en el foro nos veremos y entre todos lo sacaremos adelante. De donde mas ayuda y mas orientaciones he sacado yo ha sido de los foros, siempre encuentras gente dispuesta a ayudar, aunque a veces nos mostremos los dientes, si se sacan por una buena causa como la ayuda y hacer ver las cosas como son aunque no nos gusten, me presto voluntaria a recibir mordiscos a gogo, jajajaa.
Ciaoo
09/09/2010 19:25
Si se hace una reduccion de jornada, se modifica horario y salario del trabajador. es una modificación sustancial.

Si se mantiene las mismas horas de trabajo estipuladas en el contrato y lo que se cambia unicamente es el horario, hay que ver lo que pueda o no alegar la trabajadora respecto de como le afecta ese cambio, y contraponerlo con las alegaciones de la empresa.
Por que lo que se va a proteger es que no sea una herramienta de la empresa para ostigar a la trabajadora, el cambio tiene que estar razonado.
por otro lado la capacidad directiva y organizativa la sigue teniendo la empresa, solo faltaba que la trabajadora se pusiese su horario.
Una reduccion de jornada no se puede hacer unilateralmente. salvo en los casos de ere, en los que también ha de existir acuerdo.