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modificación condiciones de contrato

4 Comentarios
 
15/09/2005 11:03
Gracias por la aclaración pero tengo nuevas dudas:
1.- El trabajador rescinde su contrato, cual sería su indemnización.

2.- El trabajador sigue trabajando: ¿¿Tiene que aceptar esas condiciones de trabajo??

Nuevamente gracias
15/09/2005 10:56
No, lo que quiere decir Ninfa con lo de la extincion es que la opcion te pertenece a tí, y no a la empresa.
14/09/2005 18:44
Gracias ninfa. Si mal no te entiendo quieres decir que la empresa tendría en su poder extinguir el contrato de trabajo y que por ejemp. la indemnización sería menor que por otros motivos de suspension???
14/09/2005 18:19
Hola.

La modificacion unilateral por parte de la empresa de las comisiones pactadas constituye una modificacion sustancial de las condiciones de trabajo.

Esta modificacion puedes impugnarla denunciando a la situacion a la inspeccion de trbajo y con independencia de esto (si la inspeccion aprecia la existencia de modificacion sustancial tienes mucho camino andado) ante el juzgado de lo social bien instando un conflicto colectivo si afecta a una pluralidad, bien pidiendo que se declare no ajustada a derecho tal modificacion y se obligue a la empresa a estar y pasar por esa declaracion o bien extinguiendo el contrato de trabajo de manera indemnizada.

Saludos.
Modificación condiciones de contrato
14/09/2005 15:44
Puede un empresario unilateralmente por ejem.: modificar las comisiones de un vendedor? Se produce una modificación sustancial de su contrato?. ¿Qué puede/como se realizaría una reclamación por parte del trabajador de esa modificación?. Gracias