Puede un empresario unilateralmente por ejem.: modificar las comisiones de un vendedor? Se produce una modificación sustancial de su contrato?. ¿Qué puede/como se realizaría una reclamación por parte del trabajador de esa modificación?. Gracias
La modificacion unilateral por parte de la empresa de las comisiones pactadas constituye una modificacion sustancial de las condiciones de trabajo.
Esta modificacion puedes impugnarla denunciando a la situacion a la inspeccion de trbajo y con independencia de esto (si la inspeccion aprecia la existencia de modificacion sustancial tienes mucho camino andado) ante el juzgado de lo social bien instando un conflicto colectivo si afecta a una pluralidad, bien pidiendo que se declare no ajustada a derecho tal modificacion y se obligue a la empresa a estar y pasar por esa declaracion o bien extinguiendo el contrato de trabajo de manera indemnizada.
Gracias ninfa. Si mal no te entiendo quieres decir que la empresa tendría en su poder extinguir el contrato de trabajo y que por ejemp. la indemnización sería menor que por otros motivos de suspension???