Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Modelo de Convenio: ideas y cuestiones a tener en cuenta.

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
28/09/2011 12:43
Que la ley establezca la mayoría de edad es una cosa.

Otra muy distinta es que hablamos de modelos de convenios y habrá que poner un poquito de orden porque exponiendo el punto como lo expone deja que el libre albedrío sea el que decida y copio: 'cada vez que se le pregunte y obligatoriamente facilitará......'

¿Los chavales de 18 años se matriculan sólos en la facultad? (yo no lo hice sóla, eso hay que pagarlo y los chavales no tienen esas cantidades). Pues habrá casos y casos, y los papeles los guardan los padres y cada facultad tiene planes de estudio distintos.
28/09/2011 20:25
En Cataluña entró en vigor el 1/1/2011 el nuevo "codi de familia" ,en él a demás de varias cosas obliga a los progenitores junto con la demanda y el convenio hacer "un plan de parentalidad".
El plan de parentalidad se define segun el codi como "un instrumento para concretar la manera como ambos progenitores pueden ejercer las responsabilidades parentales, en el que se detallan los compromisos que asumen respecto de la guarda, el cuidado y la educación de sus hijos".
El icab (colegio de abogados ) pasó unos modelos y dio unas premisas para que los abogados supieran que se debe poner en este escrito ,diciendo que este se puede ampliar todo lo que se quiera...
Esta son las indicaciones y el modelo que mandaron.
PLAN DE PARENTALIDAD:
COmo en cualquier convenio se especifica nombre del padre ,de la madre DNI de ambos ,lugar de residencia ,y nombre de los hijos.
PRELIMINARES:
- Los progenitores acuerdan que tendrán que informarse reciprocamente sus direccionesactuales ,así como telefonos de urgencia ,asi mismo se comprometen a notificar al otro cualquier cambio de ellos.
-Toda la información relativa a los hijos deberan intercambiarse entre ellos ,y se comprometen a no utilizar a los hijos como mensajeros.
-Cada progenitor se compromete a informar al otro sobre los principales aspectos relativos al desarrollo del menor y especialmente los relativos a educación ,sanidad ...
-Si un progenitor tiee conocimiento de cualquier enfermedad ,hospitalización o cualquier otra circustancia que afecta a la salud del menor ,se obliga a comunicarlo inmediatamente al otro progenitor.
-Cada progenitor se compromete a procurar el acceso al otro de los dociumentos del menor (Escolares ,sanitarios,DNI,pasaporte y de otros de relevancia importancia).
-La decisión de cambio de centro ecolar ,como manifestacióon significativa del ejercico de la patria potestad ,requiere el acuerdo de los dos progenitores.
28/09/2011 20:38
GUARDIA Y CUSTODIA Y DOMICILIO DEL MENOR
quí se indicaria quien ostentará la guarda y custodia ,cual se consideraria el domicilio del menor y el regimen de visitas.

RESPONSABILIDAFDES DE CADA UNO EN RELACIÖN A LAS ACTIVIDADES COTIDIANAS DE LOS HIJOS.

-Cada progenitor se hara cargo por él o mediante otras personas que él designe ,de los trabajos domésticosgenerados por el cuidado del menor mientras se encuentren en su compañia.Considerando como trabajos domésticos tods aquellos que necesite el menor y en particular si es el caso el de llevarlos oo irlos a buscar al colegio,levarlosa extraescolares o a visitas médiccas que recaigan en su tiempo.
-Tambien se especifica que se identifique que progenitorse ocuppará preferentemente de la compra de ropa ,equipamento escolar ,material escolar...(Esto se indica ya que en Cataluña se puede dar la CC,sino es así esto recae en el custodio).

COMO HACER EL CAMBIO DE GUARDA (SI ES CC) O DE VISITAS.

-Aquíi habria que especificar donde se realizará el cambio ,si en domicili o colegio o en un lugar diferente ,de que hora a que hora....
-Si un progenitor no puedehacerse cargo de sus hijos en el tiempo qu le corresponda,deberá hacerse responsable de encontrar un sistema alternativo ,informando previamente al otro progenitor por si este quiere hacerse cargo él.
-Tambien dicen que seria importante acordar una solución alternativa cuando el menor está enfermo y no puede trasladarse,dando unas horas al otro progenitor para que lo visite y cambiando días.
28/09/2011 21:06
RELACION Y COMUNICACION CON LOS HIJOS CUANDO UN PROGENITOR NO ESTA CON ELLOS.

-El progenitor que no este con sus hijos podrá comunicarse con ellos cada día /cada dos días ... entre las ...horas y las ...horas.SI por causa de fuerza mayor no pudiera comunicarse con sus hijos el progenitor con el que se encuentren los hijos deberá facilitar la comunicación tan pronto pueda.(atendiendo al descanso de los menores)..

REGIMEN DE VISITAS EN VACACIONES Y DIAS SEÑALADOS

-Aquí se regularan las visitas en Navidad ,Semana SAnta y Vacaciones.
-En Navidad se habla que los periodos deberan comprender par uno días 24,25,26 y para el otro 31,1. El día de reyes podrá dividirse ,volviendo el niño a casa de quien toque.
Si las Vacaciones son días impares el menor estará con cada uno igual numero de días y el día impar será el de entrega y recogida a las 12.00 horas.
Si son días pares el intercambió se hará a las 21.00 horas del Ültimo día o en el colegio si es el caso.
-Tambien se puede regular dias señalados ( del padre ,de la madre ,cumpleaños de tios ,bodas ....)

-Los progenitores seran concientes que cada uno podrá viajar con su hijo cuando esten con ellos y en periodo no lectivo,aunque se comprometen a informarse y sobre todo en los viajes al extrajero.
Para viajar en periodo lectivo se necesitará el consentimiento del otro progenitor.

-Los progenitores facilitaran el DNI o el pasaporte ,si no se hiciera y hubiera que anular un viaje por está causa el progenitor que no haya facilitado la documentación ,pagará los gastos originados.
TIPOS DE EDUCACIÖN ;

-Los progenitores acuerdan el tipo de educación ,laica o religiosa ,el tipo de colegio público ,privado o concertado...y las extraescolares.

-Es necesario el consentimiento de los dos progenitores para inscribir a los hijos en actividades extraescolares ,deportivas u otras que requieran entrenamiento o presencia del menor en el tiempo de un progenitor u otro (si las extraescolares se realizan en tiempo de visitas o de guarda)

DECISIONES AL CAMBIO DE DOMICILIO Y OTRAS CUESTIONES.

-Los progenitores acuerdan comunicarse con 30días su intención de cambio de domicilio.

-Si el cambio de domicilio impide el regimen de relaciones establecidas,el progenitor que desee cambiarsedeberá instar modificación a fin de cambiar ,y el juez deberá decidir valiendose del interes primordial del menor.

-Para modificar el plan de parentabilidad ,ante cualquier discrepancia los progenitores acuerdan acudir a Mediación Familiar.

-Y si hubiera que modificarlo para adaptarlo a necesidades de las diferentes etapas de la vida de los hijos o nuevas circustacias del padre ,se recorrira como primera medida a la Mediación.

_El plan de prentabilidad tambien puede proponer explicitamente que se volverá a revisar a los ....... años (ya que los menores cambian al instituto ...

Como veis es mucho más extenso que un convenio estandar ,se regulan muchos más aspectos...Cataluña a cogido este modelo basandose en paises que lo tienen des de hace mucho tiempo y que al parecer funciona mucho mejor que nuestros convenios.
28/09/2011 22:34
Para netsirena2
Probablemente cuando tu te matriculaste en la universidad no existiría la Ley de Protección de Datos como ahora, la matricula la suele hacer el alumno y da el número de cuenta y el nombre del titular de la cuenta por donde se va a pasar el cobro, que es el que paga, pero no le da ningún derecho a recibir información.

Un convenio modelo sirve como guía de lo que podría poner, después habrá que modificarlo y adaptándolo a las necesidades de cada caso en particular, y suele ser más fácil quitar frases que añadir.
Yo opino que un convenio está para desempolvarlo y leer la letra pequeña cuando hay problemas, mientras las relaciones son buenas, como si no existe. En este foro se ha planteado el problema del hijo que hace la matricula, entrega el papel y no vuelve a aparecer más por el centro.
30/09/2011 21:18
hola
a ver estoy redactando un convenio a mi medida por si acaso....
a ver si me orientais si se puede poner algo del tipo que pasaria si el custodio o no custodio se mudan de ciudad y si se puede poner un régimen de visitas alternativo en el mismo convenio en esas circunstancias, y en que parte del convenio lo pongo
01/10/2011 01:58
Hola:

Por supuesto, Nazca32, por supuesto, puede incluir dentro del apartado “Régimen de estancia y comunicación” lo que considere oportuno. Yo tengo recogidos cinco regímenes de visitas. Dos para cuando resida en la localidad donde residen nuestros menores hijos, varian en función de si tengo disponibilidad de alojamiento o no, otro cuando resida a menos de 100 kilómetros, otro cuando resida a mayor distancia y otro cuando resida o trabaje en el extranjero.
Todos son muy posibles en mi caso, más el último, en este último, solicité, y se me concedió, que mis hijos estarán conmigo 10 días por mes, seguidos y a mi elección, de permanencia mía en España, excepto si coincidieran con los períodos de vacaciones estivales, en tal caso me corresponden la mitad de la suma de los días no lectivos de junio, más lo de julio, más los de agosto, más los no lectivos de septiembre. No hay, ni había, nada desde el punto de vista legal que impida esto. Sentencia es, concedido está, pero, ojo, hay que pedirlo.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
01/10/2011 11:40
mmm gracias me sonaba que algun forero tenia varios regimenes de visitas en el mismo convenio pero no recordaba quien era :)
Muchas gracias,