Buenas tardes. En un proceso de incapacitación iniciado por el Fiscal, se me plantea la cuestión de si la madre presunta incapaz puede comparecer y contestar con la misma representacion y dirección letrada que uno de sus hijos, con el que tiene buena relación y está de acuerdo en oponerse a la incapacitación; o si por el contrario ha de comparecer con una representación y dirección letrada diferente.
Gracias por vuestra atención y saludos.
Como defensor judicial actúa en representación de la presunta incapaz, por lo que ésta (al haberse nombrado defensor después de que finalizase el plazo que se le concedió para contestar a la demanda) ya no tiene que personarse. El defensor si quiere oponerse a la demanda deberá hacerlo con Abogado y Procurador, que deberá abonar, en su caso, la presunta incapaz, quién también tiene derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita si cumple con los requisitos exigidos.