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Minuta por divorcio

17 Comentarios
 
Minuta por divorcio
14/01/2009 22:22
Mi abogada me acaba de pasar una minuta por divorcio con convenio regulador de comun acuerdo de 11.000€ y haciendome un favor me rebaja la minuta a 8000€. Dice que ha aplicado las normas de los honorarios del colegio de abogados de Cartagena. Me parece una barbaridad por que le hemos dado todo hecho. Ya llevabamos los calculos hechos de los gastos de mis dos hijas para calcular la pension que sufragariamos en unos porcentajes de acuerdo con los ingresos de cada uno. Nos hemos repartido dos coches, una moto, el liquido unos 16000€ y la casa común la seguimos pagando a medias pues queda una hipoteca de unos 12000€. Por favor que alguien me diga si esto es lógico, que puedo hacer y que pasaria si me niego a pagar esta tarifa abusiva.
15/01/2009 00:25
Hola, Cvtata:

Tenga la gentileza de darme unos segundos para recomponerme. Me acabo de caer de la silla cuando he leído su post.

¡¡¡ 11.000 euros!!! ¡¡¡8.000 euros haciéndoles un favor, ¿rebajas de Enero?!!! ¡¡¡Divorcio de mutuo acuerdo!!! ¡Por Dios! Si en Internet encuentra un montón de despachos que, en caso de mutuo acuerdo, cobran una media de 400 euros. Ese precio quizás se puede alcanzar en un contencioso de los duros, pero en mutuo acuerdo???
Unbelievable! En castellano castizo ¡Increíble!
Desde luego es de juzgado de guardia.
En mi opinión si esto no es una estafa me río de lo que lo sea. Aunque en este país ya me lo creo todo.
No sé hasta que punto le podrá ser útil, pero denúncienlo ante Colegio de Abogados y, mucho me temo, que tengan que consultar a otro para resolver este tema.

Agradecería enormemente que me comunicara como resuelve este caso, pues, si tiene que pagar, hago las maletas ahora mismo y regalo mi nacionalidad. Prefiero que me asalten en el Absurdistan a punta de pistola que en España con la ley en la mano, al menos en Absurdistan se me ha permitido portar arma.

Un cordial saludo
15/01/2009 00:51
Hola Cvtata. No soy abogada, pero me ha llamado la atención su consulta y he mirado un poco por encima a ver si podía llegar a imaginarme de dónde se habría sacado su letrada esa fantástica cantidad (vamos, si es así me hago abogada, con tres divorcios al año ya me da para vivir... es broma, eh).

Pues bien, el Colegio de Abogados de Cartagena no tiene publicado en Internet su baremo o yo no lo encuentro, pero tomando como referencia el de Valencia (que no veo por qué tendría que ser muy inferior), da como importe para un divorcio de mutuo acuerdo mil euros, pero a eso habría que añadir el convenio regulador (que se minuta según el importe de la pensión de alimentos y el valor del derecho de uso de la casa) y la liquidación de gananciales contenida en el mismo, que supone unos trescientos más. De ahí a los ocho mil... pues a ver si algún abogado nos lo explica porque resulta alucinante. De hecho, veo que hay un despacho de la misma Cartagena que presta el servicio, online, por 450 euros...
15/01/2009 09:16
Cuando me iva a divorciar mi abogado antes de empezar con los tramites me hablo de unos 1.500€ y cuando todo termino fueron 3.000€ el doble mi divorcio fue contencioso y dice que en la minuta no me incluia la pension alimenticia de mi hija, total que cobran lo que les da la gana, pille un cabreo monumental, pero si a mi me dice 11.000€ me suicido.
15/01/2009 10:14
Es muy sencillo. Le ha minutado el divorcio de mutuo acuerdo seguramente en funcion de las cantidades reclamadas la liquidacion de gananciales cuya base de minutacion es la suma del valor del activo que se liquida, sobre esta cantidad, deben aplicarse las tablas y escales de los criterios de honorarios. Los honorarios recuerdo que son libres, y no todo el mundo aplica los minimos porque no estamos obligados.

Para evitar ese problema, lo mejor es solicitar un presupuesto previo donde se contemplen hasta donde sea posible los imprevistos, tales como incidentes o recursos, y dejar claro por que conceptos se va a cobrar y cuanto. Si luego estamos conformes, se firma una hoja de encargo contemplando todo lo presupuestado, y al final, se liquida la minuta.

Con independencia de que puedan existir abusos por parte de algunos profesionales, tambien es cierto que los clientes tiran hacia adelante sin preocuparse del coste del trabajo que encargan, a veces, incluso ofreciendo el propio abogado presupuestarlo porque ya se puede prever que pueda resultar caro, que existan peritaciones, etc. El problema luego llega a la hora de pagar.

Lo mejor es tener sentido comun y pedir un presupuesto previo. Si el abogado se hace el remolon y se niega a darlo, se busca otro.

Un saludo.
15/01/2009 14:31
Ya, Nuria M.G. pero ya que no me dio presupuesto y tengo el problema encima, ¿puedo hacer algo para no tener que pagar esa cantidad que considero desorbitada?
15/01/2009 15:09
Y si el abogado te lo dice cuando ya ha "pillado" una buena cantidad de dinero y tu quieres dejarlo y entonces la minuta se dispara ... que se hace entonces?
muchas gracias.
15/01/2009 15:26
Si se negara a abonar esa minuta, su Abogada puede instarle una Cuenta Jurada ante el Juzgado, es decir, lisa y llanamente una demanda en la que se le va a dar la oportunidad de impugnación por indebidos y/o excesivos.
Mientras que el primer motivo puede ser resuelto por el Juzgado, el segundo de ellos se eleva al Colegio de Abogados de Cartagena para que emitan informe sobre su procedencia o no. (Dictamen que el perdedor acabará pagando)

Suele ser un procedimiento breve.

Obviamente Vd. está en su derecho a dirigirse previa y extrajuidicialmente al Departamento de Honorarios del ICAC.
15/01/2009 16:05
Muchisimas gracias papino, necesitaba alguna orientación para decidir la dirección a tomar ante este atraco.Pero no sé si lo he entendido bien -soy profana en la materia, puesto que es la primera vez que he contratado un abogado- . Si me niego a pagar e impugno por excesivos o indebidos y el Colegio de Abogados le diera la razón a ella, ¿esto me supondría aun mas dinero aparte del coste del dictamen?
15/01/2009 17:31
cvtata:

Si acude a la vía extrajudicial y presenta escrito de queja al Deptº Honorarios del ICAC, comienza Vd. un procedimiento colegial y estatutario de revisión de esa minuta de su Letrado a través de su Colegio Profesional que, s.e.u.o., está EXENTO de cargo o coste alguno.
Cosa distinta es que inmerso en la Jura de Cuentas judicial, Vd. impugne por excesivo, en cuyo caso se requiere el dictamen colegial que sí conlleva coste para la parte vencida (no se preocupe, en este caso, y al menos en en el ICAMadrid, no supera los 120 euros)
Si Vd. perdiera esa Jura de Cuentas, las costas de su Letrada interes legal TAMBIEN se le añadirían al principal reclamado.

En cualquier caso, si la Minuta reconoce que ha sido redactada y baremada conforme a las normas-criterios-baremos de su Colegio, está en su derecho a que refiera el número/s la/s Norma/s en concreto.

Y ya sabe, la próxima vez exija de su Letrad@ una Hoja de Encargo Profesional conb los derechos/deberes de ambas partes y presupuesto vinculante...evitará sorpresas desagradables.

Desconfíe abiertamente del Letrad@ que se niegue a dar esa hoja o contrato de arrendamiento de servicios profesionales
15/01/2009 17:57
Pacte el pago, es mi consejo. Si como dice papino está conforme a honorarios, nadie la libra del pago y su abogada seguramente lo personalice y se niegue a pagar.
Perdone, cvtata, el abogado no está obligado a entregar un presupuesto si Vd. no lo pide. Si Vd. contrata unas obras sin preocuparse por lo que cuestan, estaría ante el mismo caso.
Mire, cvtata, el problema que tiene ahi es que con independencia de que incluso Vd. pueda llegar a tener razón en lo excesivo, lo cierto es que si son conformes y Vd. no se preocupó de preguntar, lleva las de perder. Si lo llevan judicialmente o abre un expediente disciplinario (a lo que sin duda, tiene derecho como le señalan), las posiciones se van a radicalizar aún más y ya no será posible el acuerdo.
Para otra vez, haga lo que le decimos, presupuesto previo y aceptado, suscriba hoja de encargo, es lo más seguro para ambas partes.
Ufff, el mismo consejo para Vd., lo más seguro lo dicho, pero si ha anticipado dinero y quiere cambiar de abogado, éste sólo tendrá derecho a cobrar hasta donde haya realizado el trabajo, lo entregado que exceda esa cuantía, debe devolverlo, y ahi si tiene las de ganar.
No entreguen dinero si no es a cambio de un recibí o ingrésenlo en la cuenta bancaria que le facilite el abogado.
Suerte.
15/01/2009 17:57
Muchas gracias, papino ¡por fin una orientación clara!. Ya le he pedido a mi abogada el desglose refiriendo el numero de norma en concreto y por supuesto, no contrataré jamás un abogado sin que me diga un presupuesto. ¿Tienes idea, abusando de tus conocimientos a cuanto ascenderian los intereses si perdiera yo de acuerdo con los datos que especifico al principio?
15/01/2009 18:00
Es imposible saberlo dado que los intereses se calcularían desde que surgió la obligación de abonar esa minuta (su fecha de emisión) hasta que realmente deban ser tasados....meses, quizás años...
De cualquier manera, suele ser el chocolate del loro
15/01/2009 18:02
Donde dije pagar, quise decir, pactar una reducción y pago en varias veces, como posible solución.
Cvtata, si pierde la jura de cuentas, la minuta de su nuevo abogado, tomará como base de la cuantía la cantidad que le reclaman, por tanto, si discuten sobre 8.000 euros, los intereses serán sobre un 5,50%, y la minuta sólo del abogado, ascenderá según criterios de mi colegio (que no tienen que coincidir) a más de 1.000 euros.
Un saludo.
15/01/2009 18:05
Se me olvidó apuntar una cosa importante. Si su abogada los llevó a ambos, toma como base de minutación para aplicar escalas, el 100% del activo. Pero si cada uno llevó el suyo aunque fueran de mutuo acuerdo, sólo puede minutar la liquidacíón sobre la parte de activo suya, es decir, el 50%. Si tomó en este último caso el 100%, si puede prosperar una reclamación por excesivo e indebido.
15/01/2009 18:49
Mi abogada solo me lleva a mí pero se ha puesto de acuerdo con el abogado de mi exmarido para cobrar los dos lo mismo, de forma que tendriamos que pagar 4000€ cada uno, asi que supongo que en ese sentido está bien.
04/01/2012 10:41
Lo q a mi no me queda muy claro es por que no cobran simplemente por su trabajo como todo el mundo. Si yo no me entiendo con mi pareja y me quiero divorciar de mutuo acuerdo voy a un abogado ( o un abogado para cada uno) a q me medio redacte un convenio, digo medio redactar porque la adjudicación del 50% de los bienes ya la llevo yo preparada, a q escriba en papel lo q hay, no a q se quede con parte de mi patrimonio, el cual he conseguido trabajando. No entiendo por q tienen q cobrar según el patrimonio del cliente, deberían cobrar simple y llanamente p su trabajo, el patrimonio q yo tengo ha sido mi trabajo, y en un divorcio hay q repartirlo en dos partes, no en tre!!!!!!!
04/01/2012 10:57
menos mal que estaban de acuerdo