Hola y Felices Fiestas a todos/as los expertos que nos asesoran y ayudan en este foro.ultimamente,el ORL me diagnostico una sordera de gente mayor,algo raro para mi teniendo solo 46años..me dio un informe q tengo actualmente minusvalia del 55% y que necesito un audifono.la pregunta es esta:este porcentaje de minusvalia en oido,me da al derecho a pedir una paga de minusvalia??donde se pide esto y donde puedo ir para que lo comprueban ellos mismos?yo subo la tele al maximo volumen y cuando habal conmigo alguien,pierdo muchas palabras del dialogo..ayudenme por favor para saber que debo hacer.Muchas Gracias de antemano.
A l mejor te has expresado mal y en realidad te han dicho que tienes una perdida del 55% de audcion sin correcccion. Por lo tanto ponte la corrección indicada.
Otra cosa es la discapacidad (antes llamada minusvalia) que debe ser reconocida por lso servicios sociales de tu CC.AA. que son los que tienen la competencia, previa valoracion y contrastación de tus problemas con un baremo publicado hace más de diez años.
Respecto a la paga, las hay de dos tipos: contributiva y no contributiva. Sin entrar en detalles te diré que las contributivasserán si afecta tu problema a tu profesion habitual
Para las no contributivas además de requerir una discapacidad acreditada del 65% necesitas cumplir una serie de requisitos, los más problematicos el no disponer de ingresos suficientes.
Aclárate un poco y corrigeme con mi suposición sobre lo del 55%
1) Los expertos (=méicos) a los que tu vayas no tiene competencia alguna para determinar la discapacidad/incapacidad a efectos de prestación o cualquier otro que corresponda legalmente para dichas situacíones.
2) La incapacidad permanente, que puede reconocerse en los grados de parcial, total, absoluta o gran invalidez, es reconocida (único órgano competente) por el INSS a través de los EVI. La incapacidad permanente en el grado que se reconozca da derecho a una indemnización o pensión de CARÁCTER CONTRIBUTIVO, lo que implica que tienes que tener cotizado el tiempo mínimo que se establezca para cada prestación, salvo que la incapacidad permanente derive de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) en cuyo caso no se exige ningún periodo previo de cotización. Si no cumples los requisitos de cotización aunque efectivamente tengas una disminución auditiva que puediera dar lugar a una incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados) en INSS no te la reconconocerá por que la ley establece que no se reconocerá la incapacidad permanente cuando el trabajador no reuna los requisitos para tener derecho a prestación contributiva. En la modalidad contributiva la incapacidad se reconoce en relación con la profesión, oficio o actividad...es decir, en la medida que incida en el trabajo.
3) La discapacidad, a efectos no contributivos, con derecho a prestación económica o no (por ejemplo un 33% de discapacidad que aunque cumplas los demás requisitos no da derecho a ninguna prestación económica, pero si a otros beneficios como poder participar en el turno de discapacitados en los procesos de empleo público), es competencia tanto su valoración como el reconocimiento de las pensión que pueda corresponder de las CCAA (salvo Ceuta y Melilla que no está tranferida y se tramita por el INSERSO)..en los servicios sociales te asesorán sobre presentación de solicitud y demás tramites.
De todas formas, aun en el caso de que te reconocieran una discapacidad del 55%...no tendrías derecho a pensión...pues se exige entre otros requisitos esta afectados por una MINUSVALÍA o ENFEMEDAD CRÓNICA, en grado igual o superior al 65%.
El grado de minusvalía o de la enfermedad crónica padecida, a efectos del reconocimiento de la pensión no contributiva, se determinará mediante la aplicación de un baremo, en el que es objeto de valoración tanto los factores físicos, psíquicos o sensoriales del presunto discapacitado, como los factores sociales complementarios. Asimismo la situación de dependencia y la necesidad del concurso de una tercera persona se determinará mediante la aplicación del baremo establecido al efecto.
Muchas Gracias por su tiempo e informacion.efectivamente lel ORL me diagnostico una perdida de 55% y segun he comprendido se debe tener el 65% como minimo.
Vuelves a equivocar conceptos: nada tiene que ver una perdida de la agudeza auditiva del 55% con una discapacidad del 65%
Mira, este es el decreto que regula las discapacidades:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1971-1999.html
en el anexo se indican las discapacidades auditivas y sus valoraciones.... no es fácil interpretarlas para los comunes mortañes!
Buenas tardes konnichiwa, lamento comunicarle que ese 55% que usted define como minusvalia es erroneo, realmente se trata de 55% de perdida de audicion, un otorrinolaringologo jamás puede darte un certificado de minusvalia ùnicamente el organismo competente dedicado a ello , es decir ,departamento de asuntos sociales, además ese 55% de pèrdida auditiva tiene que ir acompañado de un diagnóstico , (tener oido de una persona mayor no es un diagnóstico) ni tampoco nada de lo que preocuparse aún teniendo 46 años, yo tengo 22 años mi diagnóstico es una hipoacúsia severa profunda en ambos oidos lo que desencadena un 80% de pérdida de audición, necesito prótesis auditivas en ambos oidos, ni tan siquiera puedo mantener una conversación normal con un ser humano porque soy incapaz de escuchar medianamente bien tres palabra de una frase con cuatro, tampoco puedo permitirme los audifonos debido a su alto coste y mi situación en desempleo, e tenido que solicitar el certificado de discapacidad para poder ponermelos y eso solo en caso de que me otorgen dicho certificado y del porcentaje que deseen darme, y perdone si le ofende lo que le voy a decir pero si tan solo lo que le interesa a usted es recibir una paga espere a su jubilación y permita que concedan esa cuantía a quien realmente lo necesite, no dudo de su palabra pero por lo que e leido en su mensaje , me parecen extrañas muchas cosas, espero equivocarme con ello y perdona si le e ofendido de nuevo.
Buenas tardes, expongo mi caso por si alguien me puede orientar. Trabajo en un banco, de cara al cliente. Padezco desde la niñez de sordera leve producida por un medicamento (estreptomicina), y al ser de carácter leve, nunca había tenido problemas. Pero hace unos 5 años, empecé a empeorar, hasta el punto de que actualmente, mis compañeros tienen que atender a los clientes por mi, ya que no entiendo la mayor parte de lo que me dicen. Por supuesto, he ido al medico, y la ultima valoración fue de un 56 % de perdida en ambos oídos. Al ser un problema de atrofia del nervio auditivo, los audifonos no dan resultado, por lo que solicite Incapacidad permanente para mi profesión habitual. Tengo el juicio el mes que viene, y me desespero porque me paso la jornada sin poder atender a nadie, cruzado de brazos en mi mesa, sin nada que hacer mas que algún papeleo que no me lleva mas de media hora al día. El banco no me quiere cambiar a un puesto sin atención al publico ya que dice que no lo necesita, y que yo siempre he sido comercial. Creen que ganare el juicio? Gracias
Buena suerte bancario, tienes motivos para ganar ese juicio, no tengas la menos duda. Tu situación en difícil, tiene que ser un calvario estar en tu trabajo. Me encuentro en el mismo caso. Cuéntame como te ha ido, para seguir tus pasos. Saludos.
En los juicios para que le reconozcan la incapacidad en el grado que sea, son muy importantes las pruebas que se aporten y se practiquen en el juicio.
Nuestro despacho es especialista en estos temas, y ganamos mas del 90% de los casos. Contamos con un perito medico que hace una pericial particular y va a juicio a ratificarla, así el juez, puede valorar, no solo lo que dice la parte contraria, sino también lo que alega nuestro perito y lo tienen en cuenta a la hora de dictar sentencia.
Por otro lado, cada caso no se puede comparar con otro, dado hay muchas particularidades.
Por fin tuve el juicio, y parece que lo tengo bastante bien, según mi abogado. Pero estoy intranquilo, por si acaso...
Lleve un perito privado que puso en relación mi hipoacusia con mi tipo de trabajo. El informe esta basado en el profesiograma del INSS, que establece que para mi profesión, empleado de banca con atención al público, el umbral auditivo para frecuencias conversacionales es de 40 db. Por si había dudas, para empleado de banca sin atención al público, de 60 db.
En mi caso, mi umbral auditivo para frecuencias conversacionales es de 62 db, en ambos oídos, así que parece ser que estoy dentro de los supuestos de ipt.
La sentencia tardará unas tres semanas... Algún experto en el tema puede opinar? Porque estoy muy intranquilo, a pesar de todo. Gracias
Hola,
Tengo reconocida una discapacidad definitiva del 36% por sordera total desde que tenía 22 años (ahora tengo 52). Me entero de que una compañera tiene reconocida la minusvalía un 56% por lo mismo
Me parece injusto y ¿es posible reclamar para que me aumenten el grado de discapacidad? Tengo 2 implantes cocleares y ahora pendiente de una intervención quirúrgica por rechazo de uno de ellos.
El % de discapacidad (lo que llamáis minusvalía) lo conceden los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma, tras el preceptivo reconocimiento médico en los Centro Base. Y tienen en cuenta todas las patologías así como circunstancias familiares y sociales. Solamente tendría derecho a una prestación no contributiva si tiene reconocido un 65% de discapacidad, además de otras circunstancias, como el nivel de ingresos de la unidad familiar.
Luego estaría el reconocimiento de una Incapacidad Permanente (puede ser Total con derecho a una paga del 55% de tu Base Reguladora o puede ser Absoluta con derecho a una paga del 100% de tu Base Reguladora), que la otorga el Instituto Nacional de Seguridad Socia, previo reconocimiento médico. Esta prestación solo la puedes obtener en el caso de que tengas cotizado el tiempo mínimo que te exige la ley, además de otras condiciones.
Como siempre os decimos, bastaría que fueses a un abogado laboralista para que estudie tu caso en concreto, lo valore y te proporcione la información que necesitas.
Hola buenas cuento mi caso yo llevo desde pequeña con problema de oido empeze con el derecho y a lo 17 año que me pasaron a carlos haya me dijeron que no tenia ya solucion que hiba poco a poco a perde soldera entonce me mandaron a frente audiosalud y tengo 32 año y me ha subido el % y el izquierdo estoy teniendo problema ahora, tengo el derecho 40% y el izquierdo 60 % y me gustaria informarme si eso tiene para paga o si me dan la tarjeta q tengo grado de discapacidad si alguien me puede informa gracias y saludos
Saludos amiga, te cuento según mi experiencia, yo tengo una pérdida de ambos oídos del 60% tengo una discapacidad reconocida del 40% , ya que además de la pérdida audición tengo otras incapacidades y me sumaron. Por tu pérdida audición puede rondar una discapacidad del 20-25%, fíjate que teniendo pérdida del 100% solo te dan 40% discapacidad, está muy mal valorado, para tener paga debes superar el 65% discapacidad .. otra cosa es te concedan una incapacidad permanente absoluta o total para tu puesto de trabajo, si es que no puedes realizar tu trabajo correctamente . La seguridad social lo valoraría , si tu trabajo es por ejemplo, teleoperadora tendrías más posibilidades de conseguirlo.
Buenas tardes, estoy esperando la resolución pues pasé hace una semana ´la revisión de los 545 días con la inspección. Me acaba de llegar hoy otro informe al traumatólogo que me está tratando y en el informe se ratifica y dice "La lesión neurológica que presenta en el brazo le limita para la realización de una gran parte de las actividades básicas de la vida diario como por ejemplo atarse los cordones de los zapatos. es una lesión crónica e irreversible sin posibilidad de recuperación"
¿creeis que en caso de no concederme la incapacidad según esta parte del informe puede ser de ayuda al juez?