La consulta hace referencia a que cuantía corresponde como mínimo por descendiente en el caso de fallecimiento del cónyuge en septiembre 2009 y teniendo un solo hijo con edad inferior a 25 años, la cuantía de ese mínimo sera la totalidad o la mitad. Gracias de antemano porla respuesta.
Gracias, por vuestras respuestas. Esta familiar ha acudido a cita previa y al realizarle la declaración en el mínimo por descendiente han determinado que le corresponde la mitad de los 1836 euros anuales, es esto correcto.
No es correcto, según una resolución de la Dirección General de Tributos de 3 de diciembre de 1999, en lo referente a los mínimos personal y familiar, deben aplicarse las cuantías totales, sin reducirlas o prorratearlas proporcionalmente al número de días del periodo impositivo inferior al año.
Debes, por tanto, aplicar el mínimo en su totalidad y no prorrateado.