Gracias Grisolía.
Efectivamente, puesto en contacto y asesorado por abogado, los desheredados tenemos pruebas físicas y documentales de NO haber abandonado a nuestra madre.
Procederemos en breve a emprender acciones judiciales para impugnar testamento ( la Legítima NOS corresponde por las pruebas que aportaremos)....y para anular el testamento completo estamos a la espera de aportar informes médicos.
Gracias Grisolía.
Si los hermanos desheredados tiene descendientes, al menos en el derecho común donde rige el Código Civil, serán los descendientes quienes hereden. Si no es el caso, debería consultar un foro de abogados catalanes para determinar la posibilidad de una impugnación testamentaria. De conformidad con el derecho común, disponen de 30 años.
Buenas tardes.
Mi madre que D.E.P. ha desheredado a todos sus hijos, excepto a mi hermana que se queda con toda la herencia, piso incluido, alegando ausencia de visitas y contacto general con mi madre.
¿ A los hermanos nos corresponde la Legítima, según el Código Civil Catalán ovuna Ley con rango superior?? Qué plazo hay reclamar para la Legítima en caso de que tuviéramos derecho?
Graciad infinitas por las posibles respuestas que puedan darme.
Gracias