Hola tengo una gran duda y espero encontrar vuestra ayuda para solucionar este tema.
Mi hermana ha fallecido y no tiene hijos. Estaba casada. Mi madre (con alzheimer) aún vive pero en su testamento nos nombra como herederos a mi hermana (ya fallecida) y a mi.
Mi consulta es si en el momento de fallecimiento de mi madre, mi cuñado tendría algún derecho sobre la herencia de mi madre, o yo sería el único heredero al estar mi hermana fallecida.
Espero vuestra ayuda con este tema que hoy me urge.
La herencia es exclusivamente sanguínea, por lo que su cuñado ni nadie tiene nada que ver con la herencia de su madre, de la de usted. Si tiene Alzéimer, es decir, que no puede otorgar testamento, usted heredará el 100% de la masa hereditaria, puesto que su hermana murió antes que su madre y por tanto su derecho hereditario vuelve a integrar el tronco legítimo, del que proviene la herencia.
La cuestión es que mi madre (con alzheimer actualmente), sí otorgó testamento, estableciendo a mi hermana y a mi como herederos. Entiendo que el supuesto es el mismo y no variaría el patrimonio de la herencia a mi favor. Es así?
Otra cuestión es, si mi hermana fallecida hubiera podido estipular en su testamento que su marido viudo sea heredero de madre en la parte que a ella le correspondería de haber estado viva. Esto sería posible?
En Cataluña tienen su propio Código Civil, por lo que ha de acudir a un foro o a un letrado de esa comunidad. De conformidad con el régimen civil general, aunque su hermana hubiese hecho testamento, este solo se extendería en relación de los bienes y derechos de los que ella era propietaria en el momento de su muerte. Como quiera que en esa fecha no había podido heredar, puesto que su madre está viva, jamás adquirió derecho alguno sobre la masa hereditaria de su madre. En el caso de que hubiese tenido hijos, ellos concurrirían a sustituir a su madre por derecho propio, en virtud del llamado derecho de representación, al ser herederos forzosos. Pero su cuñado no tiene ningún derecho fuese lo que fuese que dejó firmado su hermana; al menos, de conformidad con el Derecho Civil español.