EStoy preparando mi 1ª separacion contenciosa (defiendo a la mujer, existen dos hijos menores ), y la verdad es que me surgen bastantes dudas. Espero que podais ayudarme:
- Como puedo conocer otras c/c cuya titularidad es solo del marido ( pareja en regimen de gananciales), y cuya existencia sospecha mi cliente?
-Caso de llegar a un acuerdo con el marido, seria posible meter en dicho acuerdo lo siguiente: venta del domicilio conyugal, atribuyendo tras la misma un 70% a la mujer y un 30% al marido?como se haria?
Sobre las cuentas bancarias, solicita, en periodo de prueba que se requiera a las entidades bancarias para que proporcionen la informacion. Otra historia es que, independientemente del procedimiento, quieras obtener esa informacion...en cuyo caso, la entidad bancaria no esta autorizada a dar ninguna informacion "por tu cara bonita", sino únicamente al titular. Otra historia es que tu defendida pueda facilitarte informacion al respecto...
Respecto al acuerdo contenido en el convenio, en lo que respecta al tema patrimonial, el juzgado no suele entrar a valorar cuanto dinero se lleva cada conyuge, pero si deben leer con lupa los acuerdos relativos a los menores.
Caso de obtener esa informacion en periodo de prueba, como relaiconaria el saldo con la comunidad de ganaciales?
Tengo claro que lo principal son los menores, pero exiten tabals para calcular la pension minima de alimentos que corresponde pagar al marido, en este caso?
Por ultimo, y respecto a ese posible acuerdo economico de venta del piso, como estableceriamos la cantidad a otrogar a cada uno en virtud de esos porcentajes que indicaba?tendriamos ademas que indicar un domiclio donde quedarian los menores con la madre?
Gracias y perdona si son muchas prreguntas, pero es mi primer asunto de separacion y ando como loca. Tengo claros muchos conceptos, pero mi cliente me pide asesoramiento sobre muchos otros que desconozco completamente.
mary en la liquidacion ganancial, cuando llegues a la vivienda, solo deberas estabelcer que si bien el uso de la misma sera ostentado ( por la madre y el menor???) una vez (abonada la hipoteca, caundo los menores alcancen la mayoria de edad, o independencia economica...)las partes porcecderan a la venta del inmueble, siendo su participacion en el precio del mismo del 70% para ella y 30% para el.
si deseas mas informacion, ponte en contacto conmigo y tratare de ayudarte en todo lo que pueda.
justiciavema@yahoo.es
Mery en algunas ocasiones es útil que tu cliente vaya a la oficina principal de las entidades bancarias en las que tiene cuenta y pida con su D.N.I los saldos de los últimos meses porque en el caso de que varias cuentas bancarias hayan sido abiertas aprovechando la firma de tu cliente en alguna de las cuentas bancarias de las que tienes constancia. Las demás las averiguarás en el período probatorio remitiendo un oficio a Hacienda que de eso tiene constancia.
los niños si van a colegio privado. No se exactamente cuánto cuesta. Pongamos que unos 200 E/mes cada uno. Actividades extras solo uno de ellos. Tampoco se el coste.
Si existe hipoteca sobre la vivienda: Alrededor de 600 E/mes.
La mujer trabaja pero es eventual. Le vence el contrato en junio de este año.
No tienen una segunda vivienda. El marido esta de alquiler, lo que le supone pagar 500 E/mes mas o menos.
Di que si mery sacale todo lo que puedas...............
Me parece increible cuando hablais asi de unos hijos y su padre. Que el 70% para ella y el 30% para el. No me lo puedo creer.
Ya se que tu cliente es ella y es a quien defiendes, pero deberiais mirar mas a los padres y no solo a ver lo que les podeis sacar. Son personas, no bancos.
estoy completamente de acuerdo contigo, marta98. Esos porcentajes son los que han barajado ambos conyuges, y si él se conforma con un 30% de la venta del piso es por reconocimiento a la dedicacion de la mujer a la familia: es joven, con estudios superiores,y acordaron en su momento que ella dedicaria su vida al cuidado de los hijos y la casa. Qué menos...
En cuanto a los hijos, estan de acuerdo en todo, solo quiren lo mejor para ellos, no entiendo tu mensaje, de verdad.l
Pues mi mensaje es porque estoy un poco cansada de ver como a los hombres en estos casos se les trata muchisimo peor que a las mujeres. Siempre salen mal parados sea como sea la madre para la justicia el padre es peor. Por eso, estoy indignada. Porque si queremos igualdad tiene que ser para todo y en este tema no es asi.
Ahora si ellos estan de acuerdo en todo eso es otra cosa, yo ahi no digo nada, pero conozco muchos casos en los que el padre esta muchisimo mejor cualificado en todos los aspectos y asi todo la madre sale ganando.
Siento si antes he estado un poco borde, no era mi intencion.
Un saludo
Pues hombre Mery, desde luego que debes velar por los intereses de tu cliente, pero yo te daría un consejo. En la medida de lo posible busca el término justo, tu eres mujer de leyes y tu cliente no. Y a mi no me parece justo ese reparto de un 30% - 70%. Ten en cuenta que el buen acuerdo es aquel en el que las dos partes quedan satisfechas, y no creo que el marido vaya a quedar satisfecho en el futuro. Esto solamente traera nuevos conflictos más adelante. Yo soy de la opinión que, en la medida de lo posible hay que evitar los pleitos. Un mal pleito es pan de hoy y hambre de mañana. Pero bueno, es una opinión muy, pero que muy discutible la mía. Cada maestrillo tiene su librillo.
En cuanto a la pensión de alimentos, si el colegio de verdad cuesta 200 euros por cada niño, yo solicitaria una pensión de 500 euros para cada menor (que no creo que te la den) porque entiendo que es una cantidad asumible por el padre, que cubre las necesidades de los menores y que, además, permite al padre continuar viviendo de forma digna.
En cuanto a tu cliente, si es jovén y está cualificada, no creo que sea acreedora de una pensión compensatoria, salvo que tenga algún impedimento de carácter fisico o mental. Es más opino que aceptar un pensión de este tipo además de injusta es denigrante. Pero es una opinión personal. Creo que debería ponerse a trabajar como todo hijo de vecino.
Estimada Mery, en un acuerdo en este tipo de materias siempre tienes que partir de lo que en el juzgado hipotéticamente puedas conseguir.
Sobre dicha base y, a riesgo de equivocarme, es probable que la patria potestad sea compartida, la custodia de los dos hijos menores se le atribuya a la madre y en coherencia con la anterior medida también se le atribuirá el uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico. En concepto de pensión de alimentos se establecerá una cuantía a cargo del padre que deberá administrar la madre para la atención y cuidado de los dos hijos menores.
Teniendo en cuenta los ingresos netos del marido (2.300 euros) y los de la esposa por el trabajo temporal (???? euros) estimo que una pensión de 600 Euros por los dos hijos podría estar dentro de lo que suele ser habitual en estas circunstancias.
Por otro lado el esposo deberá hacerse cargo del pago de la cuota hipotecaria hasta la efectiva liquidación de los bienes gananciales, bien entendido que dichos pagos le darán derecho al oportuno reembolso o reintegro a la hora de liquidación y adjudicación de los bienes que componen la sociedad conyugal de gananciales.
Por último, respecto a la pensión compensatoria, es muy probable que la misma en las circunstancias que describes no se conceda (ambos cónyuges trabajan actualmente y es muy probable que lo sigan haciendo en el futuro). Además, la madre es una persona jóven y preparada. En todo caso y de existir desequilibrio económico la pensión sería de carácter temporal (tendencia ésta corroborada por la reciente STS 10/02/2005) y no de carácter vitalicio y su cuantía sería escasa si atendemos a todas las necesidades que debe satisfacer el padre (alimentos de los hijos, cuota hipotecaria, alquiler de un piso y propia subsistencia).
Respecto a los bienes y en concreto, al reunir la vivienda carácter ganancial la misma deberá ser repartida en su día al 50%, ello teniendo en cuenta el derecho de reembolso del padre por la mitad de las aportaciones que hasta dicha efectiva liquidación efectúe el padre de forma privativa al levantamiento de la totalidad de la carga hipotecaria.
Respecto al pacto de venta de la vivienda familiar y su distribución desigual (70%-30%) tal circunstancia aparte de no tener una justificación lógica y por tanto ser contraria al principio de equidad o justicia, deberás también tener presente que la vivienda constituye el reducto de la familia y los hijos menores tienen derecho a su uso.
Reza pues que el marido no se busque un abogado. De hacerlo ten por seguro que muchas de tus pretensiones son realmente INACEPTABLES, no solo en el plano teórico sino también en el judicial.
Haz caso por tanto del consejo de JMP e intenta llegar a un acuerdo más equitativo y justo, dado que si no lo haces, es muy probable que una separación que pudiera ventilarse por los trámites del mutuo acuerdo, en cuestión de dos o tres días, se te complique enormemente. Todo dependerá de que el marido consulte o se informe. Ten en cuenta esto último.
muchas garcias a todos por vuestra inestimable ayuda, en serio....alegato y jpm.
Marta98, no te preocupes, si yo pienso como tu, hay casos en los que se cometen verdaderas injsuticias con los padres.
Por lo demás, estoy tambien de acuerdo en que es mejor un acuerdo que pleitear. El tema de la distribucion de % es solo para el caso de llegar a un acuerdo, no pensamos solicitarlo en demanda porque ningun juez lo iba a estimar, lo veo logico. Solo era una posibioidad de acuerdo a lo qe el marido no parece que se oponga, en principio, aunque eso si, modificando esos % ( 60-40 ).
Una pregunta procesal: Una vez se dicte sentencia de separacion, en una separacion de mutuo acuerdo o contenciosa, y sea firme, como se procede con la liquidacion de la sociedad de ganaciales? teniendo en cuenta por ejemplo que ambos conyuges estén de acuerdo en la forma de repartirse los bienes. Solo tienen: vivienda familiar, c/c y un vehiculo.
Los abogados, en primer lugar, nos debemos a nuestros clientes. Cuestión diferente es que no queramos hacernos cargos de un asunto. Pero si no es uno será otro. ¿Y quien decide lo que es justo o no?. El abogado desde luego no. Es un juez (cuando menos teoricamente), los abogados defendemos inter4eses particulares. No te olvides.
Y no es una cuestión de ética mal entendida, porque en cuestiones éticas no creo, o por lo menos debe ser así, que naveges en barco diferente al de la compañera Mery. Es más ,si debiera dar una opión al respecto, me decantaría por Mery y no por ti, porque Mery no te ha faltado al respeto y tu, sin embargo, se lo faltas a ella y a todo un colectivo de forma injusta.
Si me dices tu profesión te saca cuatro apelativos despectivos, vale, campeón.
Un salud y ánimo Mery no hagas casos de opiniones cretinas.