El testamento es un acto personalísimo sobre el que un tercero no puede imponer condiciones. Cualquier cosa que se dé, preste o prometa mediante un "te lo devolveré poniéndote en el testamento" es inválida.
Pues tu padre te cogió un dinero que era tuyo y se lo quedó, siento ser así de crudo pero es lo que hay, y ya ha pasado el plazo para reclamar nada. Efectivamente por ahí ya no puedes hacer mucho. Podría verse como un préstamo pero me imagino que no habrá ningún contrato de eso; salvo que se quiera reconocer como préstamo privado de tu padre por parte de los herederos, no veo nada que hacer, aunque lo dicho, además estaría prescrito.
El reparto a priori es válido, no es nada generoso con los dos herederos pero supera el valor de la legítima estricta.
Meten como herencia una bien adquirido con dinero de heredero.
Buenos días,
Aunque sospecho que tengo pocas opciones, expongo mi caso a ver si alguien ve algún resquicio:
Hace 30 años mis padres adquirieron un trastero con dinero mío. El dinero estaba en una cuenta cuyos únicos ingresos eran míos (nóminas), pero que estaba a mi nombre y al de mi padre. Cuando me comentaron lo que querían hacer, yo acepté, ya que me dijeron que me lo dejarían a mi cuando falleciesen. Al estar en el extranjero mi padre retiró el dinero y compraron el trastero, poniéndolo a su nombre. Yo pensé que esto último se debía a que estaba en el extranjero. Y de este tema, nunca más se volvió a hablar.
La sorpresa me la he llevado esta año al leer el testamento y básicamente, de una herencia de 1 piso y el trastero y para 3 herederos, le dejan toda la herencia a un heredero y legan el trastero a repartir entre los dos restantes. El valor del piso es 45.000 y el trastero 20.000.
imagino que poco puedo hacer, pero me gustaría saber opiniones.