Un padre tiene la custodia de un menor de 15 años. Tras año y medio de convivencia con el, el niño manifiesta que no quiere seguir viviendo con su padre sino con su madre. Esta va a presentar la correspondiente demanda de modificación de medidas pero hasta que salga, ¿Puede el menor instalarse en casa de su madre?
Los progenitores viven en ciudades distintas. El padre amenaza con denunciar a la madre si el niño se queda con ella pero el menor se niega a volver.
¿Alguien ha tenido un caso parecido? Entiendo que si el niño fuese mas pequeño, debería quedarse con su padre y esperar la sentencia. Pero con 15 años creo que ridículo obligarle puesto que casi con toda seguridad, el juez va a tener en cuenta su deseo y por tanto, a darle su custodia a la madre.
buenos dias lola23, mi caso es similar al suyo. mi ex tiene la custodia de mis hijas, ya que en el momento del divorcio, yo pasé por una depresion terrible y decidimos que el se hiciera cargo de ellas.
hace cosa de un año, las niñas se vinieron a vivir conmigo, ya que el padre se marchaba fuera de españa a trabajar, no hicimos nada por el juzgado, fué un combenio extrajudicial.
hace varios meses, me dice que se lleva de nuevo a las niñas, mis hijas no quieren vivir coon el, y menos en otra ciudad totalmente nueva.
estoy esperando a que salga el juicio, que ya me han dicho que tardará.
lo que si tengo claro, es que a mi hija mayor (14 años) la va a tener muy en cuenta el juez, y con ella va tambien la pequeña.
espero tenerlas de nuevo conmigo antes de navidad (cosa rara) pero al menos se que quieren estar con su madre y que ahora me siento con fuerzas para luchar por ellas como una leona
saludos
Me alegro que te encuentres con fuerzas porque eso es lo más importante y lo que te mantendrá a flote.
En mi caso, el padre no tiene contemplaciones con los niños ni con la madre. Le dieron la custodia a él por algo parecido a lo tuyo. Luego, cada vez que no le venía bien, mandaba los hijos a la madre por varios meses. Claro está, que ahí nadie arreglaba nada por el Juzgado. Pero ahora, que ya los niños quieren seguir con la madre (y se niegan a volver con el padre), es éste el que amenaza con denunciar.
Se encuentran en una situación que es "tierra de nadie" porque aunque una sentencia atribuya la cuestodia al padre, no se puede desoir la voluntad de un nño de 15 años.
Desde mi punto de vista, si el chico de 15 años se va a vivir con la madre, y el padre presenta denuncia penal, lo mas probable es que no pase nada, me explico, no tiene logica denunciar a la madre, ya que no es la madre la que incumple, sino el chico, asi que lo mas probable es que se archive la denuncia. Para opinar esto, me baso en mi propia experiencia: este verano, mi hijo de 12 años, decidio voluntariamente volver conmigo 14 dias antes de finalizar el periodo de vacaciones con su padre. Yo acepte recibirle en casa, por supuesto, el padre se oponia a que se fuera, pues era "su tiempo de estar con el niño" de acuerdo con el convenio, para evitar escenas innecesarias se aviso a la policia (servicio de atencion a la familia) que se presentaron alli y hablaron con el niño, sin tomar partido, es decir, la policia ni entrega al niño al padre ni a la madre, asi que el niño por su propio pie, se viene conmigo. Su padre presento denuncia en comisaria, de esto hace ya mas de un mes, y en el juzgado de guardia de ese dia, la denuncia no ha tenido entrada (y segun me dicen en la oficina judicial estan practicamente al dia).
Otra cosa es si el padre solicita ejecucion de sentencia, por via civil, en ese caso me imagino que efectivamente el juez escuchara al chico y decidira si vuelve con el padre o autoriza que se otorgue la custodia a la madre, y como bien decimos, 15 años es una edad mas que prudente... claro que habria que saber (no en el foro por supuesto, sino el Juez) los motivos por los que el chico prefiere vivir con la madre, y valorarlos
Gracias por contar tu experiencia. Aquí el problema es que aunque el padre sepa a ciencia cierta que el niño quiere estar con la madre, los progenitores se llevan tan mal, que por hacer daño, ya ha amenazado con denunciar si el menor no volvía con él. Lo que me preocupa no es llegar a los tribunales vía ejecución o modificación de sentencia pues ahí se le escuchará y tendrá en cuenta, sino la actuación de la Policía cuando lleguen al domicilio de la madre a ver qué pasa con el niño.
Creo que en este caso, la madre se va a arriesgar y va a mantener al niño con ella, pues lo contrario sería como "echarle de casa" pues lo que él quiere es quedarse.
Depende del caso concreto, pero cabe que si no existen causas para un cambio de custodia el juez no la conceda. Concederla sería enseñar al menor a actuar por la vía de hechos consumados sin respetar sentencias judiciales. Cabe también que por la cercanía a la edad de emancipación potencial el juez conceda el cambio incluso sin que haya motivos fundados para el cambio de custodia, pero puede que pese mas la otra opción, que el juez quiera educar al menor en la obligatoriedad de cumplir las sentencias hasta que haya otra que la anule, ya que la madre no lo hace. Si la madre "se queda" al hijo deberá seguir pagando alimentos al padre hasta que exista sentencia que indique que se anula la obligación del pago , de no hacerlo podrá ser requerido el pago de los atrasos incluso por vía ejecutiva...
Estaría bien ir conociendo el desarrollo del caso...
Lo correcto, en estos casos, es que el menor o menores regresen con el custodio y, si se entiende que procede, presentar modificación de medidas. De hecho, en las actuales circunstancias, se está incumpliendo una sentencia y entiendo que hay bases para denunciar por un delito de sustracción de menores. No se puede hacer consistir en la opinión de un menor la decisión de permanecer con padre o con madre, de hecho, aunque el menor será escuchado por el juez la opinión de aquél no es en absoluto vinculante para este. Los menores habrán de estar bajo la custodia de quien la tiene en estos momentos, si un juez resuelve un cambio de custodia en el futuro es otra historia, pero hoy la realidad es otra y se puede estar cometiendo un delito. No vale alegar que es el menor el que no quiere volver.
Recuerden el 225 bis CP:
“Artículo 225 bis.
1. El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:
1.El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
2.La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
3. Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.
4. Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena.
Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años.
Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.
5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán igualmente a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en las conductas anteriormente descritas.”
Miren que no se hace ninguna referencia a si existe o no consentimiento del menor, pero si es clara la referencia al consentimiento de quien ostenta la custodia en esos momentos: “El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente”
Y no, Lola23, no es "echar de casa" al menor es retornarlo con la persona que ejerce la custodia en estos momentos. Si la madre se arriesga es probable que no sólo no obtenga la custodia, sino que le sea retirada la patria potestad por tiempo de 4 a 10 años, obviamente, durante este período, tampoco podría acceder a la custodia.
El caso en sí es un poco raro, pues la cuestodia se le concedió al padre porque la madre en el moemnto del divorcio pasaba por un mal momento y el padre se aprovechó de esa circusntancia pues el tiempo ha demostrado que su único objetivo era no pagar pensión. (un mes después de la sentencia, el padre llevó los niños a casa de la madre porque su trabajo le impedía cuidarlos. Estuvieron así 6 meses sin que él pasara pensión por supuesto. Tras otros 3 meses con el padre, llegan las vacaciones y los niños se van con la madre. Y es al término de éstas cuando el de 15 años no quiere volver).
Se que hasta que no salga la sentencia, la pensión está en el aire y el padre podría pedir su ejecución (yo también podría oponer enriquecimiento injusto), pero la prioridad ahora para la madre es que el niño no sufra y que empiece en un instituto sin tener que cambiarlo después.
Os iré informando sobre cómo se desarrolla todo (esperemos que de la mejor manera para el niño).
Lola23, particularmente diría al menor que vuelva con el padre hasta que se resuelva el asunto... es exponerse a penas importantes al no devolver el menor al custodio y aunque Vd. alegue "enriquecimiento injusto" es mas que probable que deba Vd. pagar alimentos mientras no exista una sentencia que indique lo contrario, y si no paga podrán ejecutar la sentencia...o reclamar penalmente...a añadir al resto de causa penal por no devolver al menor a su padre custodio...
Agradezco todas las opiniones y experiencias. Aclaro que la madre habló con el padre y le expuso el tema. Ella está dispuesta a llevarlo de vuelta con el padre. Pero es el niño es que se niega con total rotundidad a volver. Fue el niño el que llamó al padre y se lo dijo. Y fue el padre quien le dijo a su hijo que si no volvía le ponía una denuncia a su madre.
Entiendo que el niño es menor pero sus 15 años le posibilitan que sea escuchado de otra forma que uno más pequeño. Si declara con madurez y no se ve ningún atisbo de alienación parental en este caso por parte de la madre, creo que el delito de sustracción no existe.
Tuve el caso de una niña que con 16 se negó a ver a su padre y cuando declaró ante el juez y el fiscal, vieron que tenía razones para ello y madurez suficiente para decidir. Se estableció un régimen abierto en función de la voluntad de la niña para que no perdiera por completo el contacto con el padre.
Este caso es algo distinto pero se que en cuanto el juez escuche al niño le va a dar la custodia a la madre. Entiendo que la sentencia es el título que manda ahora pero lo que estamos mirando es el interés del menor para que no esté de un sitio a otro.
Pues adelante, otra cuestión es que las cosas se desarrollen como Vd. considera...Vd. no puede saber cual es el punto de vista del juez...ni del fiscal ni lo que dirá exactamente el menor en la exploración...
¿sustraccion de un menor? ¡¡Venga ya, no me hagas reir!! A menos que la madre encierre al hijo bajo llave... porque un chico de 15 años sale y entra solo de su casa... lo hace el mio con 12... ¿como va a pensar nadie que yo "le sustraigo" cuando sale de casa solo para coger el bus escolar, vuelve solo del bus escolar, va solo a entrenar a futbol o a casa de su abuela?
Aqui hay quien mata moscas a cañonazos....
Menos mal que lola23 parece ser abogada, porque si no vaya susto de muerte acababas de pegarle...
Lola, ni la policia ni la guardia civil van a obligar al chico a ir con uno u otro, ellos no intervienen en esas cosas, simplemente dan fe de lo que vean, si es el chico el que no quiere volver, si es la madre la que no le deja ir...
Hombre, bajo mi humilde opinión, lo de la sustracción de menores, no lo veo ni con calzador, pero supongo que es cuestion de experiencia....
Se supone que ante una denuncia de este tipo, el menor con esa edad tendrá algo que decir... Y por poco que vincule su opinión, algo digo yo que será tenida en cuenta.
Efectivamente, Jose Ramon, absoluta y totalmente segura de lo que digo... en este caso, claro, no siempre, tanto en lo referente a la sustraccion de menores, como en lo referente a la actuacion de la policia... aunque claro, luego cada persona es un mundo y puede haber un policia o un guardia civil que se salte los protocolos de actuacion establecidos para estos casos....
Bueno, lo que no puedo asegurar es lo del susto de muerte.... yo que se lo que pensaria lola23 al leerlo.... ahi hago una simple suposicion
Hija, pero es que lo que cuenta PulpoPaul no es una simple denuncia..... es que habla de carcel, de inhabilitacion etc. Yo tenia perfectamente claro, en mi caso, que no iba a pasar absolutamente nada, pero bueno, en tema de leyes, un poquito se.... ;) porque si no, si creyese que porque mi hijo quiere volver a casa antes de finalizar su periodo de vacaciones con su padre, y que si yo no le niego la entrada, voy a acabar en la carcel... pues yo si me llevo un susto gordo (de muerte si que es pelin exagerao ;) )
Lola23, la declaración de un menor puede "vincular", o desvincular, la decisión del juez, según como se desarrolle y lo que responda... También cabe que un juez pretenda dejar claro al menor la importancia de respetar las sentencias judiciales hasta que haya otra que la anule...ya que la madre "no es capaz" de explicárselo y que lo entienda y respete...
Para estos casos puede que bajen la mayoría de edad a la edad a que los hijos quieran decidir sin contar con progenitores ni sentencias ¿no?
En todo caso, como ya comenté, la cercanía a la edad potencial de emancipación puede que se le conceda capacidad ambulatoria, aunque cabe la posibilidad que hasta que se desarrolle y sentencie el cambio de custodia el juez obligue a que se cumpla la actual sentencia (si el padre reclama, claro)
La madre, es de suponer que está informada a que se expone legalmente... y que tendrá información sobre lo que se expone al alentar a los hijos que pueden hacer lo que consideren a pesar de su criterio (que vuelva con el padre hasta que hay nueva resolución) y de las sentencias judiciales.
Sarapiki, la seguridad a que me refiero es a que tiene claro
- "¿como va a pensar nadie que yo "le sustraigo" cuando sale de casa solo para coger el bus escolar, vuelve solo del bus escolar, va solo a entrenar a futbol o a casa de su abuela?"
Ya que nada tiene que ver lo que comenta de su hijo con sustracción de menores ¿no? Menos que ver si es Vd. la custodia de derecho.
- Y sobre que " ni la policia ni la guardia civil van a obligar al chico a ir con uno u otro, ellos no intervienen en esas cosas"
Este otro comentario ya es diferente, sí obligan si existe orden judicial... otra cuestión es que Vd. no pensara en esa situación...