En caso de no llegar acuerdo, deberán acudir a un procedimiento de partición de herencia judicial, con intervención de contador partidor y peritos; o un procedimiento de jurisdicción voluntaria por via notarial, iniciado a instancia de herederos que representen el cincuenta por ciento de la herencia. Si bien esta ultima opción, podria acabar en el Juzgado, al impugnar alguno de los herederos dicha particion por no admitir la misma.
Consejo´: POngase en manos de un ABogado especialista en Derecho Sucesiones. Le planteará los distintos escenarios.