Parcela colindante a la mía en terreno rustico sin acceso según plano catastral. Linda con vertiente (barranco sin agua) que desemboca en camino público . Estoy obligada a dar servidumbre de paso para que use mi camino (que para el propietario vecino seria mucho más cómodo? Gracias
No estoy seguro de comprender al cien por cien su descripción, pero si lo he entendido bien, el dueño de la finca colindante no tiene otra posibilidad para acceder a un camino público que pasar por la finca que le pertenece a usted.
Pues en ese caso, sí le pueden obligar a constituir una servidumbre. Hay derecho a indemnización por el daño que usted soporte.