Llevo 4 años viviendo en una habitacion con un precio ganga , ya me quisieron echar hace un año pero contrate un abogado y me defendio mis derechos que no son otros que al llevar el tiempo que llevo , empadronado , pagando recibos , buen comportamiento , etc .. el contrato verbal que tenemoso se convertia en un contrato legal y formal . Mi pregunta es , si el dueño que esta muy enfermo falleciera antes de Junio del 25 , los herederos SI podrian echarme de la habitacion ? , ya me dijeron en otra publicacion aqui que tambien si llega el caso que estoy hasta Junio del 25 deberian notificarme con 4 meses de antelacion la finalizacion de contrato , o sea , en Febrero o como muy tarde Marzo , gracias .
Los contratos verbales de alquiler son válidos y tienen efecto legal. Si has estado cumpliendo con tus obligaciones como pagar el alquiler y comportarte adecuadamente, probablemente puedas considerar tu situación como un contrato de arrendamiento.
En caso de que el arrendador fallezca, los herederos adquieren sus derechos y obligaciones. Esto significa que deben respetar los términos del contrato de arrendamiento, incluso si es verbal.
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, si llevas viviendo en la habitación al menos 4 años y el contrato se renueva anualmente, se prorroga automáticamente hasta un máximo de 5 años (o 7 años si el arrendador es una empresa).
En cuanto a la terminación del contrato, la ley establece que cualquiera de las partes puede notificar su intención de no renovarlo con 4 meses de antelación en caso del arrendador y 2 meses en el caso del inquilino.
Si el arrendador fallece antes de junio de 2025, sus herederos deben respetar el contrato hasta su finalización. Deberían notificarte con al menos 4 meses de antelación si desean que te vayas al finalizar el contrato en esa fecha.
1.- Ayrton: su contrato es de habitación. Por lo tanto, en principio, se rige por el Código Civil, no por la LAU. Todo depende de la Audiencia Provincial en cuya circunscripción se encuentre la vivienda.
2.- Pero si su abogado le dice que se rige por la LAU será así. No es imposible. En ese caso yo creo que ese abogado (que debe ser bastante bueno) es quien mejor podrá asesorarle.
De todas formas la respuesta a su pregunta es que si: si el casero muere después del momento en que falten menos de 4 meses, su contrato se prorrogará otros 3 años más y los herederos no tendrán más remedio que respetar esa prórroga de 3 años.
Su contrato es de habitación, y en la mayoría de las Audiencias eso se interpreta como que es un contrato perfectamente legal, pero regido por el Código Civil.
Habría que leer el contrato y la sentencia de hace un año, cuando quisieron echarle. Los abogados trabajamos con documentos, y sin ellos es posible que la respuesta sea imprecisa.
En este hilo ya tuve el placer de examinar su asunto:
Y hoy me reitero en la opinión que le dí entonces: los herederos deberán respetar el contrato, hasta junio del 2025.
Con todas las reservas que supone el no haber leído la sentencia que menciona. En todo caso, ya ha permanecido usted quince días de julio en el uso de la habitación con aquiescencia de la parte arrendadora, así que hasta junio del 2025 no hay problema.
El señor cuando entramos al piso los primeros 4 nos puso en la mesa un contrato a nombre de otras personas y me imagino que NO tendra validez , ese es el contrato que tengo guardado . Despues de 4 años que llevo aqui hasta que punto un contrato a nombre de otros inquilinos que hubieron antes tiene validez ? , gracias a todos por vuestro tiempo . Y el abogado que tuve que contratar solo hizo que hablar con una sobrina del dueño y decirle que a mi no me podian echar hasta cumplir 5 años , no hubo nada mas , es que lo que le pague fue en negro al abogado , no paso nada mas , la sobrina del dueño se echo atras y nada mas .
Ayrton: usted tiene su propio contrato, totalmente independiente y ajeno al contrato que el presentaron firmado por otra gente: es un contrato verbal de arrendamiento, plenamente válido, y así parece haberlo entendido también la sobrina del casero.
Por lo tanto tranquilidad total hasta junio del 25, incluso si el dueño fallece deberán respetar el contrato los herederos.
Y en junio del 25 el preaviso para denegarle la continuidad del alquiler debería ser de cuatro meses.
Disculparme si pregunto algo que ya este hablado . En Enero ya tengo que pagar el alquiler y los gastos a la nueva heredera y ya me han filtrado que me va a pedir que me vaya del piso lo antes posible o tomara medidas , entonces , cuando le pague le dejo claro cual es mi situacion legal aqui y que tiene que darme por escrito la fecha de finalizacion de contrato cuando se cumpla , NO ANTES , si se pone a amenazarme con sacarme de otra forma , como deberia actuar yo ?? , llamando a los Mossos ?? , me busco un abogado mejor ?? , que me recomendais ?? , gracias . Otra cosa , como estoy agradecido a ustedes por su dedicacion , como puedo hacer una donacion para la plataforma ?? , gracias y mucha salud .
1.- Las amenazas no servirán para nada, salvo que se le ocurra sacarle sus cosas, en cuyo caso estaría cometiendo un delito y de los gordos. Llegado el caso basta con ir a la comisaría y denunciarla.
Si las cosas se ponen a ese nivel pida abogado de oficio.
2.- Que yo sepa no pueden hacerse donaciones. Le escribiré al dueño para ver si pueden hacer algo al respecto.
Opino como Leonjbr: pague usted en enero la renta.
Si le intentan echar de una forma agresiva, llame a los Mozos de Escuadra.
Si le plantean una demanda, pida un abogado y un procurador de oficio el mismo día que reciba la notificación, o al siguiente (¡ojo! máximo tres días desde la notificación), y no se olvide de añadir que además del abogado y procurador de oficio pide usted jsuticia gratuita y la suspensión del proceso durante el tiempo que tarden en asignárselos.
URGENTE , ya sabeis mi situacion . La nueva propietaria me dijo de que el dia 3 o 4 de Enero que le pagara y hoy me dice que el dia 7 , puedo tener algun problema ya que los pagos se hacian del 1 al 5 ?? y por otro lado uno de los compañeros me ha dicho que nos quiere incluir los gastos de comunidad en el alquiler que me imagino que podra hacerlo pero en mi caso cambiarian las condiciones en las que estoy o como se interpreta esto , gracias de corazon a todos por vuestro tiempo en mi caso , salud y feliz año .
Los otros inquilinos estan subiendo a pagar y esto me parece muy extraño , que hago ?? . tengo los whatsapps de la nueva propietaria de todo lo que me dice , que le pagara el dia 3 o 4 , ahora el 7 ...
Con el anterior casero NO pagabamos agua , estaba incluida en el precio y ahora la nueva heredera me quiere hacer pagar agua y gastos de escalera que tampoco pagaba . NO se como va a acabar esto porque voy a ir al juzgado de guardia a hacer constancia de todo lo que esta pasando y me imagino me pondran un abogado de oficio , pero si la nueva casera quiere cambiarme las condiciones me imagino que tendra que hacer un contrato o en mi caso debera seguir respetando las condiciones que tengo hasta ahora , siento mucho las molestias .
El día concreto de pago no creo que sea mayor problema.
En cuanto a los gastos "nuevos": la heredera tiene que subrogarse en el contrato anterior, y no puede introducir modificaciones en el mismo.
Yo creo que debería acudir a un abogado de oficio.
Queria hacer un burofax para asegurarme de que tenia el dinero para pagarle antes del dia 5 , pero leo que NO hace falta , ademas tengo whatsapps de la heredera que me cita para el dia 7 y creo que con esto seria suficiente aunque espero no haga falta , muchisimas gracias por vuestra dedicacion y mucha salud para todos .
Disculpar las molestias , Hoplon , leonjbr sobre tudo y tambien a bamafak por nuestra colaboracion ya que ha sido de gran valor para mi y os estoy super agradecido . Al final ayer me reuni con la nueva heredera que me dijo que me respetaba las condiciones es la que estaba y que en Junio ya me vaya del piso . Necesite de urgencia un abogado que vive cerca de mi , Pablo de Palacio , que a partir de ahora se encarga de cualquier novedad hasta Junio y sigo sus indicaciones . Cualquier detalle que pueda hacer por ustedes aqui estoy , siempre les estare muy agradecido por todo y la paciencia que en ciertos momentos habeis tenido conmigo . Si de aqui a Junio hubiera algun incidente importante en este piso aunque tengo a Pablo tambien os lo comunicare por aqui para entre todos buscar la mejor solucion , salud para ustedes y hasta siempre .