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maternidad

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
05/01/2012 23:51
De ser así, debo tramitar y concertar la solicitud de la devolución de ingresos indebidos el mismísimo lunes.
05/01/2012 13:48
Majoja, venir, imagino que vendrá en alguna circular interna.
Repito una vez más que no ha habido ningun cambio de norma. La norma sigue siendo la que es, que es la de considerar que las mujeres reincorporadas con contrato indefinido a tiempo completo tiene una bonificación de 100€ mensuales y un contrato a tiempo completo con reduccion de jornada por guarda legal sigue siendo un contrato a tiempo completo.

Y si se trata de un contrato a tiempo parcial propiamente dicho, pues aplicará lo de los 30 puntos porcentuales por encima del porcentaje de reucción (pero eso, repito, no aplica a los contratos que, siendo a tiempo completo, la trabajadora está con reducción de jornada por guarda legal).

¿que cómo nos enteramos algunos?
Pues por casualidad, porque es cierto que de ese cambio de criterio no se dió ninguna publicidad (al menos en ese momento, vamos que en el "Noticias Red no venía).

Saludos
05/01/2012 13:29
No mlag0053, si la reducción es por guarda legal, aunque la jornada sea inferior al 70%, te podrás bonificar íntegramente los 100€/mes.

Si te estás bonificando sólo el 80% (entiendo que 50% 30%), ya tardas en reclamar.

El cambio (repito, de criterio, no de normativa, es de finales del 2010).

Saludos
05/01/2012 13:28
Pues a ver donde viene y nos lo leemos.
05/01/2012 13:26
Pues seguro que hay un montón de gente que no lo sabe. Está claro que hay que leer todo.
05/01/2012 13:25
El código se respeta pero el coeficiente es distinto, por tanto, no será el 100%. Tengo un caso en el cual la empresa se bonifica el 80%.

Sí la Seguridad Social se ha equivocado, tramitaré la solicitud de la devolución de ingresos indebidos. Pero no se yo.....
05/01/2012 13:22
Aja, o sea, que este tipo de bonificacion no es como por ejemplo, si te bonifican un contrato a tiempo completo, por decir algo, con 200 euros al mes, si es a media jornada, son 100. En este tipo de reduccion de jornada es del 100% en cualquier caso. No sabia eso de que la SS lo reconocio hace poco, ¿y esa poca publicidad donde se dio?
05/01/2012 13:19
Ojo, no es que la bonificación sea del 100% porque 75% 30 dé 105, es que en el caso de reducción por guarda legal la bonificación es del 100%.
Vamos, que si la reducción supusioera realizar, por ej. el 60% de la jornada a tiempo completo, la bonificación seguiría siendo de 100€/mes.

Y es que en caso de reducción por guarda legal, si el contrato era a jornada completa (100...) sigue siéndolo tras la reducción.

Aunque es cierto que esto la S.S. lo reconoció hace poco más de un año y sin hacer demasiada publicidad.

Saludos
05/01/2012 13:18
Ok, ok, gracias a los dos......es que no lo sabia y de repente me dije......ostiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii, que nos tocara devolver 25 eurelios de cada mes del 2011, que es cuando empezo la bonificacion.
05/01/2012 13:18
No hay nada que disculpar. Saludos a todos.
05/01/2012 13:18
Nos hemos cruzado
05/01/2012 13:17
Nos hemos cruzamos mosca, disculpa.
05/01/2012 13:15
Sí se puede bonificar.

El cuanto el coeficiente alcance el 70% la bonificación será del 100%

Insisto, con el 70%, 75%, 80%, 85%, 90%,ect... bonificación será del 100%.
05/01/2012 13:14
Eso es, y como da 105, la bonificación es del 100%.
05/01/2012 13:09
Si, la trabajadora hace el 75% de la jornada semanal que hacia sin reduccion, es decir, de 40 horas la redujo a 30. Pero de repente pense que como no se habia reincorporado a jornada completa no podia bonificarse los 100 €. Pense que lo tenia mal. Y por lo del coeficiente, que significa lo del 30% mas? En este caso por ejemplo, ¿seria sumar el 75% y el 30%?
05/01/2012 13:06
El cuanto el coeficiente alcance el 70% la bonificación será del 100%.

En el caso que expones sería el 100%.
05/01/2012 13:00
Y si la reduccion es de 10 horas semanales, ¿como se calcularia la bonificacion?
05/01/2012 12:52
Eso, nada mas que añadir a la explicacion de mlag0053
05/01/2012 12:51
Sí, bonificación por reincorporación de trabajadora en situación de baja por maternidad: 100 €/mes durante un periodo de cuatro años. Ley 43/2006.

Por cierto, la bonificación, debido a que la trabajadora se reincorpora afectada por una situación de reducción de jornada por guarda legal por cuidados de un menor, será del coeficiente más un 30%.

En este caso, si la reducción de jornada por guarda legal es de 4 horas diarias, -parece ser así- la bonificación mensual será del 80€ de los 100 €, por tanto, 80 €.
05/01/2012 12:49
Perdon, ahora que veo mi respuesta veo que esta equivocada. Si que tiene derecho a bonificacion. A ver si localizo donde viene y lo pongo.