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maternidad

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Maternidad
05/01/2012 11:52
Buenos días, a todo-as:

Me gustaría saber si una trabajadora por cuenta ajena a jornada completa que la finaliza la maternidad se va a reincorporar a media jornada, puesto, que reduce su jornada por motivos de guarda legal.
¿La empresa tiene derecho a bonificarse en los seguros sociales por dicha situación?

Gracias y, saludos
05/01/2012 12:06
No
05/01/2012 12:29
Por favor, me podría indicar en que ley dice que no se puede bonificar.

Disculpe las molestias.

Saludos
05/01/2012 12:49
Perdon, ahora que veo mi respuesta veo que esta equivocada. Si que tiene derecho a bonificacion. A ver si localizo donde viene y lo pongo.
05/01/2012 12:51
Sí, bonificación por reincorporación de trabajadora en situación de baja por maternidad: 100 €/mes durante un periodo de cuatro años. Ley 43/2006.

Por cierto, la bonificación, debido a que la trabajadora se reincorpora afectada por una situación de reducción de jornada por guarda legal por cuidados de un menor, será del coeficiente más un 30%.

En este caso, si la reducción de jornada por guarda legal es de 4 horas diarias, -parece ser así- la bonificación mensual será del 80€ de los 100 €, por tanto, 80 €.
05/01/2012 12:52
Eso, nada mas que añadir a la explicacion de mlag0053
05/01/2012 13:00
Y si la reduccion es de 10 horas semanales, ¿como se calcularia la bonificacion?
05/01/2012 13:06
El cuanto el coeficiente alcance el 70% la bonificación será del 100%.

En el caso que expones sería el 100%.
05/01/2012 13:09
Si, la trabajadora hace el 75% de la jornada semanal que hacia sin reduccion, es decir, de 40 horas la redujo a 30. Pero de repente pense que como no se habia reincorporado a jornada completa no podia bonificarse los 100 €. Pense que lo tenia mal. Y por lo del coeficiente, que significa lo del 30% mas? En este caso por ejemplo, ¿seria sumar el 75% y el 30%?
05/01/2012 13:14
Eso es, y como da 105, la bonificación es del 100%.
05/01/2012 13:15
Sí se puede bonificar.

El cuanto el coeficiente alcance el 70% la bonificación será del 100%

Insisto, con el 70%, 75%, 80%, 85%, 90%,ect... bonificación será del 100%.
05/01/2012 13:17
Nos hemos cruzamos mosca, disculpa.
05/01/2012 13:18
Nos hemos cruzado
05/01/2012 13:18
No hay nada que disculpar. Saludos a todos.
05/01/2012 13:18
Ok, ok, gracias a los dos......es que no lo sabia y de repente me dije......ostiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii, que nos tocara devolver 25 eurelios de cada mes del 2011, que es cuando empezo la bonificacion.
05/01/2012 13:19
Ojo, no es que la bonificación sea del 100% porque 75% 30 dé 105, es que en el caso de reducción por guarda legal la bonificación es del 100%.
Vamos, que si la reducción supusioera realizar, por ej. el 60% de la jornada a tiempo completo, la bonificación seguiría siendo de 100€/mes.

Y es que en caso de reducción por guarda legal, si el contrato era a jornada completa (100...) sigue siéndolo tras la reducción.

Aunque es cierto que esto la S.S. lo reconoció hace poco más de un año y sin hacer demasiada publicidad.

Saludos
05/01/2012 13:22
Aja, o sea, que este tipo de bonificacion no es como por ejemplo, si te bonifican un contrato a tiempo completo, por decir algo, con 200 euros al mes, si es a media jornada, son 100. En este tipo de reduccion de jornada es del 100% en cualquier caso. No sabia eso de que la SS lo reconocio hace poco, ¿y esa poca publicidad donde se dio?
05/01/2012 13:25
El código se respeta pero el coeficiente es distinto, por tanto, no será el 100%. Tengo un caso en el cual la empresa se bonifica el 80%.

Sí la Seguridad Social se ha equivocado, tramitaré la solicitud de la devolución de ingresos indebidos. Pero no se yo.....
05/01/2012 13:26
Pues seguro que hay un montón de gente que no lo sabe. Está claro que hay que leer todo.
05/01/2012 13:28
Pues a ver donde viene y nos lo leemos.