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maternidad

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
05/01/2012 13:29
No mlag0053, si la reducción es por guarda legal, aunque la jornada sea inferior al 70%, te podrás bonificar íntegramente los 100€/mes.

Si te estás bonificando sólo el 80% (entiendo que 50% 30%), ya tardas en reclamar.

El cambio (repito, de criterio, no de normativa, es de finales del 2010).

Saludos
05/01/2012 13:48
Majoja, venir, imagino que vendrá en alguna circular interna.
Repito una vez más que no ha habido ningun cambio de norma. La norma sigue siendo la que es, que es la de considerar que las mujeres reincorporadas con contrato indefinido a tiempo completo tiene una bonificación de 100€ mensuales y un contrato a tiempo completo con reduccion de jornada por guarda legal sigue siendo un contrato a tiempo completo.

Y si se trata de un contrato a tiempo parcial propiamente dicho, pues aplicará lo de los 30 puntos porcentuales por encima del porcentaje de reucción (pero eso, repito, no aplica a los contratos que, siendo a tiempo completo, la trabajadora está con reducción de jornada por guarda legal).

¿que cómo nos enteramos algunos?
Pues por casualidad, porque es cierto que de ese cambio de criterio no se dió ninguna publicidad (al menos en ese momento, vamos que en el "Noticias Red no venía).

Saludos
05/01/2012 23:51
De ser así, debo tramitar y concertar la solicitud de la devolución de ingresos indebidos el mismísimo lunes.