Una mujer, casada en gananciales, pide un préstamo a pagar en cinco años. Despues de pedir el prestamo y antes de los cinco años para su devolución la pareja se separa. ¿ Pasados los cinco años sin haber devuelto la mujer el prestamo se puede pedir esa deuda al marido?.
Gracias
En principio el préstamo se consideraría una deuda ganancial.
Dices que están separados, ¿hicieron liquidación del regimen economico? Si es así, el préstamo debería estar a cargo de la mujer. Si ésta no paga, y si el marido firmó el préstamo, el banco podrá solicitar los pagos a él, pero posteriormente él podrá ejecutar para solicitar el pago a la mujer por las cantidades adelantadas por él.
Si él nunca firmó nada, y no quedan bienes gananciales que aún no se hayan liquidado, no podrán accionar contra él.