En principio el préstamo se consideraría una deuda ganancial.
Dices que están separados, ¿hicieron liquidación del regimen economico? Si es así, el préstamo debería estar a cargo de la mujer. Si ésta no paga, y si el marido firmó el préstamo, el banco podrá solicitar los pagos a él, pero posteriormente él podrá ejecutar para solicitar el pago a la mujer por las cantidades adelantadas por él.
Si él nunca firmó nada, y no quedan bienes gananciales que aún no se hayan liquidado, no podrán accionar contra él.
Una mujer, casada en gananciales, pide un préstamo a pagar en cinco años. Despues de pedir el prestamo y antes de los cinco años para su devolución la pareja se separa. ¿ Pasados los cinco años sin haber devuelto la mujer el prestamo se puede pedir esa deuda al marido?.
Gracias