Tengo buenas noticias sobre mi caso, ya que finalmente no habrá juicio oral al retirarse Iberdrola del proceso monitorio.
Por si puede servir a alguien del foro y que no haya estado al tanto desde el principio, hago un breve resumen.
Mi caso empezó hace año y medio con una supuesta manipulación de mi contador detectada por los operarios de Iberdrola por la que se me emitió una orden de cobro de más de 1400€, la cual devolví y procedí a cambiarme de compañía distribuidora, lo que impidió que me coaccionasen con el corte de electricidad.
El asunto avanzó y durante un tiempo intentaron que pagase mediante una empresa de gestión de cobros aportando únicamente en mi contra una fotografía realizada por un operario de Iberdrola inspección.
Por mi parte acudí al servicio territorial de energía de Valencia, los cuales no atendieron mi caso al no ser mi contrato de ultimo recurso, ofreciéndome únicamente la vía judicial.
Dado que no accedí al pago, ni aún cuando me amenazaron con meterme en la Asnef, no les quedó otra que presentar un monitorio (llevar a un juzgado una factura no pagada por unos servicios prestados) intentando así que por el mero hecho de presentar la factura que ellos emitieron en mi contra y sin aportar ninguna referencia al origen de dicha factura, es decir, sin presentar los servicios prestados, pretendían que un juez les diera la razón.
Con la ayuda de compañeros de este foro (muy especialmente Elarge y morganmadrid) presenté un escrito de oposición al monitorio en el que argumentaba mi disconformidad con dicho monitorio (principalmente el que la defraudación de suministro eléctrico es un delito penal y por tanto no cabe la vía civil para solventar este asunto, aportar la numerosa jurisprudencia que existe al respecto, las numerosas irregularidades que en el acta de inspección existían, la indefensión del ciudadano al ser iberdrola juez y parte y la no intermediación de la Administración) y finalmente a escasos días de que se produzca el juicio oral Iberdrola desiste de la demanda y por tanto no habrá juicio.
Mi impresión es que Iberdrola sabía que este caso lo tenia muy difícil de ganare en juicio y ha preferido que no haya constancia del mismo (que no haya un fallo en su contra). Además que estoy seguro que gana muchos otros casos más fácilmente.
Seguiré leyendo lo que en este foro se exponga y ayudando en lo que pueda. Simplemente transmitir ánimos a todos los que tan mal lo están pasando por atropellos de estas grandes empresas. No desistáis. No estáis solos. Es un esfuerzo titánico pero si las cosas se llevan hasta su ultimo término la justicia puede ayudarnos en aquello en lo que la Administración no ha hecho.
Me despierto con un mail de endesa que me han cambiado el contador del conflicto de la manipulacion con fecha 24/10/2014 se ha instalado en nuevo contador de telegestión, esto pq pregunte yo porq este mes habia dos facturas.
Previamente habia iniciado reclamacion y arbitraje en consumo pero no se si esto lo pueden hacer libremente sin comunicarme nada.... y si tengo que dejar de preocuparme ya que entonces el otro contador no existe y muerto el perro se acabo la rabia...
es bueno que los medios de comunicación se vayan haciendo eco:
http://www.20minutos.es/noticia/2332636/0/manipulacion-contador-luz/acusacion-electrica/demandar-justicia-ocu/
Me confirma mi Sr. Esposo que la tal Amparo era la primera propietaria de la vivienda. Y más aún, al parecer cuando fue en marzo a Iberdrola a bajar la potencia para ahorrar en la factura es cuando hizo el cambio de titularidad,que desde 2002 no había tenido tiempo (que yo me desayuno cuando me lo cuenta ahora). Imagino que en iberdrola no le pondran problema acreditando que es el propietario en facilitarle todas las facturas que necesitemos. (O eso quiero creer)
Debo esperar,o puedo poner alguna reclamación o presentar escrito en iberdrola?
Gracias por tu extensa respuesta a la otra pregunta, no era necesario pero te lo agradezco de todas formas...
En cuanto a la segunda pregunta, me estoy refiriendo a cambios de titularidad.
Es decir, el propietario siempre hace cambio de titularidad al inquilino, actualmente el piso se encuentra alquilado a un nuevo inquilino con su correspondiente cambio de titularidad.
Pero el anterior inquilino fué el que cometió el fraude.
Mi duda es si iberdrola podría cortar la luz en el piso en este supuesto.
saludos y gracias,
incalculable tu labor desinteresada... son muchas líneas ya...resulta titánico leerlo, ni me imagino escribirlas.
Para Migueloncioes:
Vd. pregunta:
En el supuesto caso que el piso esté en alquiler y el contrato de la luz a nombre del inquilino durante el periodo de fraude, pero ya ha abandonado la vivienda ¿iberdrola podría cortar la luz en la vivienda?
Para contestar tengo a su vez que preguntar.
¿A nombre de quien se encuentra actualmente el
contrato de suministro?
Si actualmente el contrato se encuentra a nombre de otro titular ¿mediante que documentos se llevo a cabo el nuevo contrato?
¿Se produjo simplemente un cambio de titularidad del antiguo contrato?........, o
¿se dio de baja por completo el antiguo contrato del antiguo titular?
¿se efectuó un nuevo contrato con un nuevo titular?
La contestación es mucho mas compleja de lo que su pregunta en principio parece....
El marido de Ana de Valencia, era el titular de un contrato de suministro eléctrico correspondiente a una vivienda de su propiedad que estaba alquilada.
Aunque los facturas emitidas por Iberdrola se emitían a cargo del titular del contrato (al parecer), se hacían constar en las misma la cta. bancaria del inquilino, que eran donde se cargaban o adeudaban todos los meses.
De repente un dia Iberdrola hizo una inspección y se comprobó que existía una manipulación del contador. Yo recuerdo hacer el estuido de consumo de aquella instalación y a mi juicio no había ninguna duda de que el contador había sido manipulado NINGUNA DUDA.
A partir de la inspección, la comercializadora de Iberdrola emitio la factrua al consumo estimado como defraudado en base a la potencia contratada por 6 hors de utilización diaria durante 365.
Esta factura (al igual que las otras) se emitió a nombre del marido de Ana y se envio al domicilio del suministro.
Por lo tanto, ni Ana ni su marido supieron en principio que la Cia. les quería cobrar una factura de no recuerdo ahora mismo cuanto pero importante.
Creo recordar que al cabo de bastante tiempo Iberdrola los localizó telefónicamente y les dijo que les reclamaba el pago de la factura a nombre del marido de Ana, correspondiente a una vivienda propiedad de Ana y su marido, que se encontraba alquilada, pero que el contrato de suministro continuaba a nombre del marido de Ana.
Por tanto, hasta ese momento el único responsable del punto de suministro y de las facturas correspondientes tanto al suministro normal, como a la estimación del consumo presuntamente defraudado era el marido de Ana.
Y por eso, tratando de salvar su responsabilidad penal en cuanto le pudiera ser imputado un delito de defraudación de fluido eléctrico, yo le indique que interpusiera denuncia ante la Guardia Civil, diciendo todo lo ocurrido y dejando constancia que cuando se produjo la inspección el piso se encontraba alquilado a D. Fulanito de Tal, y que él no tenia ningún interés en manipular un contador cuyo consumo realmente se efectuaba y se pagaba por el inquilino.
A Iberdrola todas estas cosas le dan igual, porque naturalmente no entra en todo esto; para Iberdrola hay un titular del contrato, una inspección, y una factura como resultado de dicha inspección que se remite AL TITULAR DEL CONTRATO.
Yo efectue el estudio de consumo del punto de suministro, y a mi juicio era evidente y SIN DUDA ALGUNA QUE EL CONTADOR HABIA SIDO MANIPULADO............ SIN DUDA ALGUNA.
Por lo tanto, en principio IBERDROLA TENIA RAZON.
Pero aquel asunto recuerdo que se complico bastante, cuando ANA me remitió un documento que creo recordar que era un histórico de facturación donde de alguna forma APARECIA el nombre del inquilino.
Y naturalmente, todo lo que había sido alegado por IBERDROLA, en cuanto a que ellos no habían tenido relación CONTRAACTUAL, con el inquilino, no era absolutamente VERDAD, porque aquel documento aportada por ANA, demostraba lo contrario.
Yo tengo siempre toda la documentación archivada informáticamente por el nombre del titular de los contratos, y como no recuerdo el nombre del marido de ANA, pues no puedo acceder a la misma....... tengo muchas carpetas en el ordenador...
Pero en esencia el tema era ese........ Si recuerdo que Ana inicio una reclamación en la OCU, y naturalmente......... pues naranjas de la China, que ni son naranjas ni son de la China.
En el caso de Ana, SI, PORQUE EN PRINCIPIO Y MIENTRAS NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO, el titular del contrato en el momento de llevarse a cabo la manipulación del contador era el marido de Ana, y después de la fecha de la manipulación continuo siéndolo.
Naturalmente cuando el inquilino del piso, se dío cuenta del follón que se estaba armando, SE LARGO ECHANDO HOST.... DEL PISO, y dejando el marrón al marido de Ana.
Naturalmente y como era de espera, jura y perjura que el no hizo ninguna manipulación del contador y que los sres. de IBERDROLA SON UNOS HIJOS DE Pxxxx.
Pero a mi juicio, la manipulación del contador era evidente, aunque naturalmente yo no se quien hizo la manipulación ni tengo tampoco mayor interés en saberlo. DESDE LUEGO SI TENGO CLARO QUIEN SE BENEFICIO ECONOMICAMENTE DE LA MANIPULACION—EL INQUILINO—, y quien resultó perjudicada por la misma IBERDROLA.
Y al pan..... pan, al vino.......... vino, y el chocolate espeso.
Y no hay mas cera que la que arde.
Saludos y Feliz Navidad.
Morgan.
contadormanipulado@gmail.com
En el supuesto caso que el piso esté en alquiler y el contrato de la luz a nombre del inquilino durante el periodo de fraude, pero ya ha abandonado la vivienda ¿iberdrola podría cortar la luz en la vivienda?
Otra cuestión relacionada, en el mes de Septiembre, recomendaste a Ana de Valencia denunciar al inquilino, ya que su caso parecía claramente que había habido una manipulación por parte del inquilino, y ponías el siguiente texto:
"El Contador estaba manipulado y como este asunto llegue a la via penal (Defraudar fluido eléctrico es un delito contemplado en el Codigo Penal), el titular del contrato se escapará de la sanción penal porque podrá demostrar que no era el beneficiario del resultado de la manipulación y la defraudación de electricidad porque la vivienda estaba alquilada, pero será muy difícil de que se escape de la reclamación económica, teniendo en cuenta que el artículo 12.1.b) del Real Decreto 1110/2007 establece que “El cliente es el responsable de la instalación y equipos de medida que miden su consumo”.
Esto significa que Ana de Valencia debe hacerse cargo de la factura por manipulación???
No sé si lo he entendido bien....
Naturalmente que no;
Artículo 94 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre:
Equipos instalados:
El consumidor será responsable de la custodia de los equipos de medida y control y el propietario de los mismos lo será de su mantenimiento.
Si por elevaciones anormales de tensión u otras causas imputables a la empresa distribuidora, los equipos de medida y control sufren averías, será de cuenta de la empresa distribuidora su reparación o sustitución
El artículo 12.1.b) del Real Decreto 1110/2007 establece que “El cliente es el responsable de la instalación y equipos de medida que miden su consumo”.
Asimismo, el apartado 2.a) del mismo artículo 12 establece que “El responsable de un equipo de medida lo será de la instalación de medida y del mantenimiento, operación y verificación, siendo además responsable de que el equipo e instalación de medida cumpla con los requisitos legales establecidos”.
Para pepe:
Presente escrito en industria en agosto y se han puesto en contacto conmigo después de trasladar mi reclamación a Endesa. Endesa ha contestado y me remiten lo q dicen. Ahora tengo q alegar algo en relación a las acusaciones.
1 inspección en octubre 2013, segunda junio 2014.
Para Manran:
Veo que ya te ha contestado Industria de Sevilla, me puedes decir cuanto tiempo ha transcurrido desde que pusiste la reclamación a que te contesten, y sobre las inspecciones cuanto tiempo transcurre de la primera a la segunda.
Gracias Manran.
Compañía emisora:1050024-5 Iberdrola comercialización últim.recurso. Ref:000324745382
Fecha del cargo: 9/12 importe:400,43€
Titular: Amparo Garcia Garcia
Esto es lo que pone en el papel que me han dado en el banco.
Me suena que esta señora es a la que mi marido le compro el piso en 2002. Cuando llegue esta tarde le pregunto.
Le hago foto al papel y te lo envío al correo por si se me escapa algún dato que necesites.
Gracias por tu pronta respuesta, te estoy muy agradecido.
El que firma como testigo es el mismo que realiza la inspección la segunda vez, ambos son empleados de la subcontrata de Endesa.
Cdo. dicen que las lacras estan incorrecta, en las fotos que adjuntan, en la del mes de octubre, se observa que las lacras estan correcta.
Y efectivamente, no reflejan los amperímetros que utilizan.
¿Que te pararece?
Buenas Morgan,
Sí cne es comisión nacional de energía, pero fué un error mío realmente la reclamación la puse en Industria.
Te he enviado un correo con la siguiente documentación para que le eches un vistazo, si tienes un hueco:
1) facturas2014.zip, son facturas de 2014
2) factura derivada de la inspección.
3) Histórico de consumo.
4) Reclamación en Industria y respuesta.
5) Monitorio y respuesta.