Hola a todos.
Me dirijo al señor Morgan, al leer todo lo que ha escrito en relación a mi caso.
De todo lo que necesita saber para poder asesorarme, le puedo decir que:
1º) Endesa sí ha utilizado criterios objetivos para estimar el periodo de irregularidad del consumo en 908 días. Endesa me informó (sólo de palabra, nunca por escrito) que sus criterios objetivos eran que, según el histórico de mis facturas se comprende una reducción del consumo desde el 19/12/2012 hasta la fecha en que detectaron la manipulación en el suministro eléctrico.
2º) Industria no me hizo ningún escrito informándome por qué no podían hacer nada para ayudarme en la reclamación que puse a Endesa. Así que tengo cita con el técnico que lleva mi expediente para el próximo miércoles día 25 y, le pediré todo lo que usted me solicita.
3º) Endesa sí me ha facturado ya el consumo que ellos han estimado y, al no poder hacer frente a ese importe y mientras se tramitaban las reclamaciones en consumo e Industria, solicité una paralización de las facturas, pero fue imposible, sólo me han fraccionado el importe estimado en 12 meses, Pero aún así, se me hace muy difícil afrontar el pago mensual.
Le adjunto al correo contadormanupulado el papel que Endesa me envió con el importe facturado y el que ahora me han fraccionado en 12 meses y, un papel donde el técnico de Industria me escribió la valoración de lo que según ellos, Endesa tendría que haber valorado a la hora de estimar el periodo de consumo defraudado. Aunque fue solo informativo, por lo que no está sellado por Industria ni nada.
De nuevo le agradezco enormemente su ayuda y asesoramiento.
Se me ha olvidado comentarle que hoy mismo me han pasado por el banco una factura de 1940 euros.
He cometido también un error. La fecha de la carta es de 21-10-2015
Gracias por adelantado por el trabajo que estáis realizando.
1 Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U.
2 Iberdrola comercializacón de último recurso S.A.U.
3 Navalcarnero Madrid.
4 5.75 kw
Tenemos otra más:
Recibo carta de Iberdrola el día 5 de noviembre con fecha 10 de octubre que dice:
En visita de nuestro servicio de inspección realizada el día 06-07-2015 a su instalación sita en xxxxxx con código de contrato xxxxxx, detectamos las siguientes irregularidades:
Equipo de medida con puentes de tensión manipulados.
Dada la gravedad de los hechos, procedemos a la regularización del suministro y a comunicar estos hechos a su comercializador, a fin de realizar la liquidación correspondiente en aplicación de lo establecido en el artículo del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
Después de innumerables llamadas telefónicas donde les he dicho que ni yo ni nadie de mi i casa y nadie que sepamos ha tocado el contador (situado en un armario en la calle) que r debe tratarse de un error, no me han hecho ni caso, además de infinidad de contradicciones que tienen entre ellos mismos, me veo impotente y sin saber que hacer. Son como un muro.
He leido anteriormente que puedo ponerme en contacto con usted de forma privada para que me indique los pasos a seguir. Si así lo quiere digamelo. No se, mi caso tiene creo yo alguna peculiaridad. Después de comprobar ciertas facturas he observado que la lectura que ponen como real es de cero. No me pregunte cómo, pero no nos hemos dado cuenta. Sólo se facturaba el fijo
Un saludo y muchísimas gracias
He dicho cien mil veces —sin éxito ninguno porqué esta visto y comprobado que yo escribo en búlgaro— que para contestar adecuadamente, es necesario el conocer CON ABSOLUTA PRECISION los siguientes datos:
1º.-- Compañía Distribuidora; la propietaria de las redes y la que ha realizado la inspección al punto de suministro.
2º.-- Compañía Comercializadora; es la Compañía con la que Vd. tiene contratado el suministro eléctrico a su vivienda y por consecuencia, la que le factura todos los meses el importe correspondiente al consumo de energía eléctrica facturada.
3º.-- Localidad, y Comunidad Autónoma a la que pertenece, el domicilio donde se encuentra ubicado el punto de suministro que ha sido objeto de la inspección.
4º.-- POTENCIA CONTRATADA EN EL PUNTO DE SUMINISTRO.
5º.-- Importe de la factura correspondiente al consumo presuntamente defraudado como resultado de la manipulación del contador que afirma la Distribuidora haber detectado en la visita de Inspección al punto de suministro.
En su caso concreto, y teniendo en cuenta afirma que le han pasado una factura de más de 4000 Euros y que una factura correspondiente al consumo presuntamente defraudado como resultado de la manipulación del contador NO ES EN MODO ALGUNO HABITUAL, NI ES NINGUNA BROMA proceda a lo siguiente:
Escanee en una copistería, en formato de archivo pdf, toda la documentación QUE OBRE EN SU PODER, EN RELACION CON ESTE TEMA.
Pida que le guarden esos archivos en un pen drive, y a continuación, bien Vd. mismo, o desde la misma copistería, ENVIE TODA LA DOCUMENTACION AL CORREO ELECTRONICO SEÑALADO:
Para Sarmi: (4º, Y FINAL)
Por lo tanto, la cuestión que en su caso se plantea es:
¿Ha utilizado ENDESA un criterio objetivo para estimar el consumo defraudado de 16.939 kWh que pretende facturarle, o ha considerado QUE NO EXISTE TAL CRITERIO OBJETIVO para cuantificar el mismo?
De la documentación aportada por Vd…………….. se desconoce.
Se CONOCE que Endesa ha considerado un periodo de irregularidad de 908 días —el comprendido desde el día 19 de Diciembre de 2012 al 15 de Diciembre de 2015—, pero se DESCONOCE si ha utilizado un criterio objetivo, o no, para cuantificar el consumo defraudado por su pareja durante el mismo.
Endesa si debió comunicarle a Industria, y seguro que lo hizo, cual fue el criterio que utilizó para la estimación del consumo defraudado por su pareja DURANTE EL PERIODO DE IRREGULARIDAD, DE 908 DÍAS, y por tanto constará en el expediente administrativo.
Por tanto, EN SU CASO, a mi juicio la actuación más conveniente a seguir es:
PRIMERA.-- Aclare cómo le comunicó Industria a Vd. que “le dio razón, pero que no puedo hacer nada porque Vd. firmó un papel”. Si se lo comunicó por escrito, escanee dicho escrito y remítame copia del mismo a contadormanipulado@gmail.com
Si no se lo comunicó por escrito, vuelva Vd. a Industria, y solicite se le permita ver el contenido del expediente administrativo instruido a partir de que Vd. presentó reclamación, y pida que le faciliten copia de todos los escritos de Endesa que consten en el mismo. Cuando obtenga copia de todos los escritos de Endesa, —incluido el informe de Inspección del punto de suministro— remítamela igualmente.
SEGUNDA.-- Desconozco si Endesa ya le ha facturado, o no, el consumo presuntamente defraudado a su pareja, y si en caso de haberlo facturado, Vds. han recibido ya dicha factura.
Si han recibido ya la factura correspondiente al consumo presuntamente defraudado, proceda igualmente a escanearla y enviármela.
Y a la vista de todo ello, ya veré cual es la actuación más conveniente a seguir, para intentar sacarla a Vd. del enorme carajal donde por su imprudencia temeraria se ha metido.
Saludos.
Morgan.
contadormanipulado@gmail.com
Ptdta.: Espero que todo este largo comentario pueda contribuir a que los lectores de este Foro, se abstengan en lo sucesivo de hacer actuaciones imprudentes, —vulgarmente llamadas gilipolleces—, que les pueden ocasionar muy graves perjuicios, ya no solo económicos, sino además PENALES.
Aunque sinceramente, lo dudo. El hombres es el único animal que tropieza dos veces en la misma piedra.
Partiendo ya de la base que dicha acometida clandestina realmente existía, y que su existencia puede acreditarse por Endesa en sede judicial, hay que centrarse en el tema concreto de la cuantificación de la energía eléctrica DEFRAUDADA como resultado de la conexión clandestina.
En el documento que Vd. firmó a Endesa, consta un periodo de irregularidad en el suministro; dicho periodo es el comprendido del día 19 de diciembre de 2012 al 15 de junio de 2015, es decir, exactamente 908 días.
Durante ese periodo de irregularidad de 908 días Endesa dice que se han defraudado en el punto de suministro 16.939 kWh; una pasta gansa, desde luego.
Vd. considera que Endesa solo le puede cobrar el consumo defraudado durante un periodo de irregularidad de un año —365 días— y no los 908 días que Endesa pretende cobrarle.
Dice también que “Industria le ha dado la razón”, pero no dice “como le ha dado la razón Industria”. ¿Le ha dado la razón de palabra, o por escrito?
Porque desde luego, como Vd. comprenderá, de palabra………….. no vale.
Dice también “pero como Endesa les ha hecho saber a Industria que he firmado un papel”, dicen que no pueden hacer nada.
¿Cómo le dice Industria a Vd. que ellos no pueden hacer nada, porque Vd. ha firmado un papel? ¿De palabra o por escrito? Por que desde luego, de palabra, no vale para nada; las palabras se las lleva el viento.
En cualquier caso, hay que aclarar eso que dice Vd. que Endesa solo le puede cobrar como máximo el consumo defraudado durante un año.
Si su pareja le ha estado “robando” a Endesa energía eléctrica durante CINCO AÑOS —por ejemplo—, Endesa tiene el legítimo derecho de exigirle a su pareja que le pague el consumo que le ha dejado de pagar durante CINCO AÑOS, y eso parece desde luego que es lógico y justo; las dos cosas.
En cualquier caso, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de Diciembre en su artículo 87 establece que:
Artículo 87. Otras causas de la suspensión del suministro.
La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos:
a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento.
d) En el caso de instalaciones peligrosas.
En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora y se comunicará a la Administración competente, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptado entre las partes.
De no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer.
Por lo tanto, queda suficientemente claro, que la estimación del consumo defraudado por la conexión irregular debe efectuarse en base a un criterio objetivo, y que SOLAMENTE en el caso DE NO EXISTIR TAL CRITERIO OBJETIVO para determinar el mismo, se cuantificará tal consumo como el resultado de multiplicar la potencia contratada, considerando una utilización de 6 horas durante un periodo de irregularidad anterior en 365 días a la detección de la irregularidad.
La limitación pues de los 365 días —un año— a la que Vd. se refiere, SOLO AFECTA EN EL CASO QUE SE CONSIDERE QUE NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA DETERMINAR EL CONSUMO DEFRAUDADO.
Para Sarmi: (2º)
Sigo manteniendo lo mismo que le dije la primera vez; Vd. puede firmar todo lo que de la real gana en representación de Eustaquio, pero desde luego la autorización que le firmó Eustaquio para que le representase, NO LE AUTORIZABA A VD. A HACER NADA DE LO QUE VD. HIZO.
Y ello principalmente, por que la defraudación de energía eléctrica POR IMPORTE SUPERIOR a 400,00 euros, como resultado de la manipulación maliciosa y fraudulenta del equipo de medida que registra el consumo de un usuario, o como en este caso, como resultado DE UNA CONEXIÓN CLANDESTINA A LA LINEA DE ACOMETIDA, es un delito PENAL (Articulo 255 del Código Penal); UN DELITO PENAL.
Y a mi juicio, NADIE PUEDE RECONOCER EN NOMBRE DE OTRO, QUE EL OTRO HA COMETIDO UN DELITO, y por tanto, a mi juicio, ese documento que Vd. firmó no obliga en su contenido a su pareja, que desde luego en cualquier caso tiene un chollo cojonudo con Vd.
Pero que el documento que Vd. firmó a Endesa no obligue en su contenido a su pareja, no significa QUE COMO RESULTADO DEL MISMO, su pareja NO SE ENCUENTRE AHORA EN UNA SITUACION EXTRAORDINARIAMENTE COMPLICADA.
Y ello es así, porque Vd. no solo reconoce en el documento que firmó a ENDESA que existía una acometida clandestina en la instalación, SINO QUE ADEMAS, contactó con un instalador eléctrico autorizado que procedió a retirar el cableado de la misma, y ADEMAS, dicho instalador emitió un Certificado que acredita que realizó los trabajos de retirar el cableado de la CONEXIÓN CLANDESTINA, y ADEMAS, Y AUNQUE VD NO LO DICE, casi seguro que Vd. entregó ese Certificado en ENDESA.
Por tanto, existe un tercero —EL INSTALADOR—, que es independiente de ambas partes —Vd. y su pareja por un lado, y Endesa Distribución por otro—, y por ello, si Endesa llama a declarar al instalador delante de un Juez como testigo, el instalador tendrá que declarar la verdad y decir que efectivamente existía una acometida clandestina en la instalación DE LA QUE ES TITULAR SU PAREJA, y que Angustias le llamó para que procediese a retirar TAL ACOMETIDA CLANDESTINA diciéndole que tenía autorización de Endesa para hacerlo, —así consta en el Certificado—, y que precisamente por ello, retiro tal acometida clandestina, emitiendo a continuación un Certificado de los trabajos realizados.
Es decir; hasta que Vd. intervino en este asunto, podría haber dudas SI efectivamente existía, o NO, una ACOMETIDA CLANDESTINA en la instalación; a partir de su intervención hay un tercero que puede dar fe, y declarar en sede judicial, que efectivamente tal ACOMETIDA CLANDESTINA existía.
Para Sarmi: (1º)
En la autorización que Vd. envía a contadormanipulado@gmail.com el día 13 de Noviembre, —que dice Vd. que es la que entrego en Endesa—, consta:
Yo Eustaquio XXXX XXXXX con D.N.I. 9999999999, autorizo a Angustias XXXXX XXXX, con D.N.I. 88888888888 a resolver los problemas que pueda haber con el suministro eléctrico y cualquier reclamación en Consumo.
Esa autorización NO TIENE FECHA.
En base a esa autorización, Vd. firmó un documento a Endesa que dice:
1º.-- Que Eustaquio tiene contratado el peaje con Endesa Distribución según contrato de acceso nº 1234567
2º-- Que como consecuencia de las revisiones realizadas por Endesa, se constató en la instalación correspondiente al contrato reseñado, UNA CONEXIÓN CLANDESTINA A LA ACOMETIDA.
Por lo expuesto RECONOCE.
1º.-- Que una vez normalizado el suministro, el consumo se contabilizará desde esa fecha con el equipo de medida instalado.
2º.-- Que de los cálculos realizados se desprende que el consumo no facturado a su comercializadora desde el 19/12/2012 al 15/06/2015 es de 16.939 kWh. Asimismo se compromete a regularizar las anomalías detectadas en el suministro EN EL PLAZO MAXIMO DE UNA SEMANA, para lo cual deberá ponerse en contacto con un instalador autorizado, emitiendo un Certificado que la instalación ha quedado normalizada.
3º.-- Que se compromete a liquidar las facturas emitidas a tal efecto por la comercializadora, así como las posible facturas complementarias que puedan realizarse hasta la normalización de la medida.
4º.-- Que el impago de cualesquiera de las facturas provocará la rescisión inmediata de este acuerdo y faculta a Endesa a interrumpir el suministro de energía eléctrica, reservándose cuantas acciones legales considere oportunas siendo por su cuenta los gastos que puedan producirse.
Por el representado, enterado y conforme
Y a continuación figura el nombre de Angustias XXXXX XXXXXXX, con su número de D.N.I. y su firma…….
La verdad que no acabo de entender porque no firmó Vd. también que Eustaquio mató a Manolete o algo así……….. Es evidente que Eustaquio, tiene que estar encantado con su representación.
Me pongo en contacto con vosotros para contaros lo que me ha pasado y que me ayudéis.
Resulta que me han mandado una carta diciendo que hemos manipulado el contador y una factura de más de 4000€.
Hemos llamado por teléfono a iberdrola pidiendo las fotos y el informe, ya que aun no hemos recibido nada. Y si nos han mandado unas fotos que sale nuestro contador, pero claro nosotros no entendemos, el informe no nos lo han mandado.
Nosotros por problemas personales hemos estado casi seis meses viviendo en madrid, y en la casa del pueblo no hemos estado que es de donde supuestamente tenemos la manipulación.
No hemos recibido ningún aviso de que nos iban a hacer ninguna inspección ni nada por el estilo, por lo que les decimos que si no estamos en casa ellos no pueden tocar el contador y menos sin haber alguien delante para que verifique que en realidad no lo han manipulado ellos. Pero claro ellos se lavan las manos diciendo que no hace falta nadie, que y que pueden hacer y deshacer lo que crean conveniente en el contador. Cosa que no veo lógica.
Hemos puesto una reclamación, diciendo que estamos indefensos y además aportando que las facturas anteriores al supuesto fraude son del mismo valor o incluso mayores a las actuales.
Por lo que les pido ayuda para resolver este caos.
Hola a todos.
Me dirijo al señor Morgan para expresarle que en ningún momento tuve intención de ocultarle información y muncho menos, hacerle perder su tiempo.
Espero que me disculpe si se ha llevado esa impresión, al ocultarle con una tira de papel, una frase que yo escribí.
En 1ª lugar, la autorización que yo le envié junto con los demás documentos el día 21 de agosto, no era la que yo llevé a Endesa el día que firmé el compromiso de pagar la multa que ellos estimaban, sino, la que llevé a la asociación de consumidores Alhandalus para que ellos, en nombre de mi pareja, tramitaran la reclamación a Endesa. Reclamación que Endesa nunca contestó.
En 2ª lugar, la autorización que le remití el martes día 10 al correo de contadormanipulado y en la que puse una tira de papel, sí es la que yo llevé a Endesa el día que me citaron para aplicarme la multa y con la que firmé el compromiso que ellos estimaron.
Mi intención al poner la tira de papel no era ocultarle nada, sino, evitar que usted se pudiera confundir y que viera exactamente lo había escrito en la autorización que llevé a Endesa, porque después de utilizar esa autorización en Endesa yo, añadí una frase para que esa misma autorización me sirviera para poner la reclamación en la asociación Alhandalus, pero como quedaba muy feo y mal escrito, pues mi pareja escribió otra autorización, la misma que le mandé en un correo el día 21 de agosto.
Siento mucho si le he ofendido en algo. Mi intención al exponer en este foro mi caso, siempre ha sido y desde la sinceridad, intentar buscar asesoramiento, ya que por mi ignorancia en estos temas, andaba muy perdida y tampoco puedo permitirme pagar un abogado que me asesore personalmente.
Le remito un correo con asunto Sarmi, donde le adjunto la autorización sin la tira de papel ocultando la frase que yo escribí, para que usted pueda comprobar que le digo la verdad.
Si ya no le apetece decirme su opinión, lo acepto y lo respeto, por lo que no tendrá que mandarme a hacer puñetas, porque no volveré a molestarle más en este foro.
Quedo igualmente muy agradecida a todo el tiempo que ha dedicado a mi caso.
Muy buenas noches parece ser que usted no quiere saber nada,o bien me ha dejado de la mano de Dios de cualquier manera me gustaría saberlo o el motivo y no le molestó ni pierdo el tiempo en intentar comunicarme con usted sin recibir ninguna respuesta o negativa..
El tema quedó estancado con que en valladolid energía y comercio están obsoletos no tienen jurisdicción para este tema lo cual me explicó muy bien ( en este sentido no tenemos nada que hacer)
Entonces que piensa usted de todo esto .
pago factura la devuelvo y cambio de compañía a modo de negarme ha esta estafa manifiesta.
Que consecuencias tengo luego en los juzgado en el caso de que el Banco devuelva la factura y me de tiempo a que Endesa me de de alta.
Les denunció al mismo tiempo en el juzgado o la Guardia civil el 4 de noviembre recibe respuesta a mi última reclamación y que tengo que pagar se me agotan los recursos al mismo tiempo me están midiendo la paciencia de una manera indescriptible.
Gracias de nuevo espero por favor robarle unos minutos y que me pueda o quiera contestar..
El 21 de Agosto Vd. me remitió determinada documentación, entre la que se encontraba:
a) una autorización a su nombre por el titular del contrato de suministro.
b) una reclamación demencial formulada por una Asociación de Amas de casa Andaluza, en la que se daban por realizadas muy graves irregularidades en el punto de suministro.
c) Un documento firmado por Vd. a Endesa, en el que Vd. personalmente se comprometía a retirar EN EL PLAZO DE UNA SEMANA una segunda acometida, y que Endesa la denominaba CONCRETAMENTE "Conexión clandestina a la acometida"; además de ello, reconocía un consumo defraudado de 16.939 kWh durante el periodo de irregularidad comprendido desde el 19 de diciembre de 2012 al 15 de Junio de 2015, y por sino fuera suficiente, además de todo ello, se comprometía a LIQUIDAR LAS FACTURAS EMITIDAS A TAL EFECTO A SU COMERCIALIZADORA, así como las posibles FACTURAS COMPLEMENTARIAS QUE PUEDAN REALIZARSE HASTA LA NORMALIZACION DE LA MEDIDA......
La autorización del titular del contrato de suministro a su nombre, que Vd. me remitió entonces, decía.........
"Yo, Fulanito de tal y tal, con D.N.I. 123456789, autorizo a Fulanita del tal y tal con D.N.I. 9876543210, para que en mi nombre REALICE CUALQUIER RECLAMACION EN CONSUMO REFERNETE A MI SUMINISTRO ELECTRICO DE ENDESA."
Dicha autorización CARECIA DE FECHA.
Por todo ello, EN MI ANTERIOR POST, le decía:
"Pero si creo que recuerdo perfectamente, que la autorización que le firmó su pareja, NO LE AUTORIZABA A VD. A HACER ABSOLUTAMENTE NADA DE TODO LO QUE VD. HIZO."
Pero resulta que no.......... resulta que Vd. hoy me remite otra AUTORIZACION que dice:
"Yo, Fulanito de tal y tal, con D.N.I. 123456789, autorizo a Fulanita del tal y tal con D.N.I. 9876543210, A RESOLVER LOS PROBLEMAS QUE PUEDA HABER CON EL SUMINISTRO ELECTRICO"
Para colmo de bienes, corriendo el riesgo de terminar con mi escasa paciencia, y que la mande a Vd. definitivamente a freír puñetas, VD. OCULTA DELIBERADAMENTE CON UNA TIRITA DE PAPEL el contenido entero de una línea del escrito de autorización..............
Le ruego no me haga perder el tiempo; Vd. es muy libre de enviar, o no la autorización que dice que entregó en Endesa, pero lo que desde luego yo no le consiento es que Vd. pretenda que le diga mi opinión sobre si dicha autorización le OBLIGA O NO A SU PAREJA en el contenido del documento que firmó a requerimiento de Endesa, OCULTANDOME PARTE DEL MISMO.
Hola a todos y muchas gracias a Morgan por contestarme e interesarse por mi caso.
Ya le he remitido un correo a contadormanipulado@gmail.com, con asunto: Sarmi, donde le escribo mi nombre real y el de mi pareja y también le adjunto la autorización con la que firme el papel en Endesa y dicho papel.
Muchas gracias por sus consejos... la verdad es que me encantan sus metáforas, porque hay mucha razón en ellas....
Para morganmadrid y personas del foro que por favor me puedan aportar algo.
he presentado mi caso y me parece súper injusto dejar que se salgan con la suya me gustaría saber si cuenta con vosotros.
También decirle a usted si después de lo visto,de cualquier manera me gustaría contar con su apoyo al no haber tenido noticias suyas se me viene el tiempo encima.
Teniendo en cuenta la referencia que hace a Zamora, a efectos de identificarle para poder contestarle adecuadamente, entiendo que tiene algo que ver con la danza.
Partiendo de la base que Vd. tiene ACTUALMENTE contratado el suministro con una compañía comercializadora de electricidad, si Vd. no paga un recibo correspondiente al suministro de energía eléctrica que Vd. tiene ACTUALMENTE CONTRATADO, lógicamente su ACTUAL compañía comercializadora, puede dar orden a la Distribuidora para que le interrumpa el suministro de energía eléctrica hasta que Vd. no proceda al pago del recibo pendiente.
Pasado un tiempo prudencial, si Vd. continua sin pagar el recibo que debe a su ACTUAL compañía comercializadora, ésta puede incluso proceder a dar de baja el contrato de suministro de energía eléctrica.
Por tanto, la cuestión que se plantea es ¿Le debe Vd. algún recibo a la compañía comercializadora de energía eléctrica con la que tiene ACTUALMENTE contratado el suministro de energía eléctrica?????
Yo entiendo que no........... y por tanto, a buen entendedor las palabras bastan.
En otro orden de cosas, Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso S.A.U. —S.A.U. quiere decir Sociedad Anónima Unipersonal— es una compañía comercializadora de electricidad denominada "Comercializador de Referencia"; esto quiere decir que solo y únicamente comercializa energía eléctrica a PRECIO DE TARIFA REGULADA por el Gobierno de la Nación.
Por el contrario, Iberdrola Clientes S.A.U., es una compañía comercializadora de energía eléctrica, que solo y únicamente comercializa energía eléctrica a PRECIO DE LA ENERGIA EN EL MERCADO LIBRE, y por tanto CARENTE DE REGULACIÓN.
Ambas compañías son A TODOS LOS EFECTOS, tanto económica como jurídicamente INDEPENDIENTES, y lo único que tienen en común es que ambas pertenecen al muy importante GRUPO EMPRESARIAL, que conocemos comúnmente como IBERDROLA.
También en otro orden de cosas, le recomiendo que no duerma en los laureles; Iberdrola Clientes S.A.U. por las buenas o por las malas, va a intentar cobrarle la deuda que ellos entienden que tiene con ellos.
En su caso concreto, teniendo en cuenta que Iberdrola Distribución llevó a cabo la inspección del punto de suministro el 1 de julio de 2015, y se la comunicó concretamente en su escrito de fecha 30 de septiembre del mismo año, es decir, NOVENTA Y UN DIAS DESPUES DE REALIZARLA, y que IBERDROLA CLIENTES S.A.U. le comunico la estimación del consumo presuntamente defraudado como resultado de la supuesta manipulación del contador —9.266,47 kWh— , y su valoración económica —1.799,96 euros— con fecha 7 de Octubre, SI VD. NO HA MANIPULADO SU CONTADOR, y repito esto de forma clara y contundente, SI VD. NO HA MANIPULADO SU CONTADOR, entiendo que debe personarse en el Cuartel de la Guardia Civil, e interponer denuncia contra la persona o personas indeterminadas que pudieran haberlo hecho, aportando los tres documentos a los que antes me he referido:
a) El Informe de inspección del 1 de Julio.
b) El escrito de Iberdrola Distribución del 30 de Septiembre.
c) El escrito de Iberdrola Clientes del 7 de Octubre.
Haga Vd. especial hincapié en la denuncia, que al Distribuidora le ha comunica la inspección y la existencia de una irregularidad en el equipo de medida que registra su consumo, NOVENTA Y UN DIAS DESPUES DE HABERLA REALIZADO.
Llegado el momento de la reclamación judicial de cantidad en proceso monitorio, el hecho que Vd. haya denunciado lo sucedido ante la Guardia Civil puede tener su importancia.
En cuanto a lo de la cena a cuerpo de Rey en Zamora, se lo agradezco infinito, pero si le parece bien se la cambio por un kilo de los excelentes garbanzos de su tierra y unos chorizos "ahumados" que todo ayuda a mantener mi régimen.
Recuerdo su caso concreto, pero no recuerdo su nombre ni el de su pareja, ni Vd. los indica lógicamente en este post.
Pero si creo que recuerdo perfectamente, que la autorización que le firmó su pareja, NO LE AUTORIZABA A VD. A HACER ABSOLUTAMENTE NADA DE TODO LO QUE VD. HIZO.
Por lo tanto, haya firmado Vd. lo que haya firmado —salvo que yo recuerde mal, que puede ser— NO OBLIGA A SU PAREJA EN MODO ALGUNO, PUESTO QUE CARECE DE AUTORIZACION PARA ELLO.
Remita un correo indicando su nombre y el de su pareja a fin que pueda localizar el expediente y comprobar de nuevo el tema.
Y en lo sucesivo, no se meta a COCINERA, antes de ser FRAILE; ya puede comprobar hasta donde pueden llegar los resultados de sus hazañas.
para morganmadrid
quisiera plantearte una duda para cuando tengas tiempo responder:
si tienes la deuda q te reclaman con la CIA IBERDROLA CLIENTES SAU y te has cambiado a CIA IBERDROLA COMERCIALIZACION DE ULTIMO RECURSO SAU , pueden cortarte el sumunistro? gracias de antemano, tambien decirte q por zamora tienes pagada una cena a cuerpo de rey.
Hola a todos, me dirijo de nuevo a este foro de derechos para explicar cual ha sido la resolución de industria sobre mi caso, y si podrían informarme si puedo o no hacer algo más para que Endesa no me cobre lo que ellos estiman.
Hace unos meses expliqué que Endesa detectó en mi suministro una doble cometida y me citó en sus oficinas de Granada para aplicarme una multa por ello.
Yo, firmé un papel autorizada por el titular del suministro (que es mi pareja) reconociendo que: de los cálculos realizados se desprende que el consumo no facturado a su comercializadora durante el periodo del 19/12/2012 al 15/06/2015 es de 16.939 kwh. Así mismo, se compromete a liquidar las facturas emitidas a tal efecto a su comercializadora, así como las posibles facturas complementarias que puedan realizarse hasta la normalización de la medida.
Endesa me dijo que firmara ese papel bajo amenaza de cortarme el suministro eléctrico y por mi temor e ignorancia, lo firmé. Despué me informé de que el periodo máximo que me puede cobrar Endesa con la formula de máxima portencia por seis horas de consumo al día es de 365 días, y ellos me están aplicando esta formula al periodo comprendido del 19/12/2012 al 15/06/2015.
Industria me ha dado la razón, pero me dijeron que Endesa les hizo saber que yo había firmado el papel en el que reconocía pagar la multa que ellos estimaron, y ahora ya no pueden hacer nada.
Pido por favor de nuevo ayuda a este foro para saber si después de todo lo explicado, hay algo más que pueda hacer para que Endesa no me cobre lo que ellos estiman, sino, lo que sea legal y sensato en mi caso.
Para morganmadrid:
Primeramente agradecerle su ayuda,quería ponerme en contacto con usted por que me resultaría de gran ayuda saber su opinión y ver como podría actuar ya que nosotros no podemos poner denuncia en industria y energía según me comentó aquí en Valladolid.
me llegó por correo electrónico contestación a la última reclamación a la última reclamación y un archivo con la carta de pago con la famosa multiplicación que todos conocemos.
me dicen que han hablado con D istribuccion y según la inspeccion que tengo que pagar ,todo esto lo estamos viviendo muy mal y de una manera completamente injusto.
Le ruego por favor nos de su opinión ya que por su experiencia y conocimiento,nos seria de gran ayuda o unas directrices a seguí o poder decidir.
si quiere enviamos la carta o documentación que nos pidio: