HOLA
En una ejecución en la que se está reclamando las costas del declarativo correspondiente¿ se podría hacer el mandamiento de devolución a nombre del procurador si éste y el letrado presentan declaración jurada de que no han cobrado de sus clientes?.
Tengo un contencioso con el Juzgado de mi partido que las expide siempre a nombre de mi cliente,y en el caso de que el cliente tenga mala fe y no me las entregue?
Sabeis alguna Sentencia que apoye mi postura de que se libren los mandamientos de devolucion a nombre del Procurador en lugar de a nombre del cliente?
Agradecimientos a todos.
Salvo autorización expresa las cantidades serán devueltas a la parte del procedimiento que compita el cobro de lo reclamado. Si su cliente no le ha abonado sus honorarios no tiene más que presentar una jura de cuentas y si se consiguiera dilatar la devolución del principal a su cliente,y en el requerimiento previo no le pagara lo debido, podrá instar la ejecución de la jura y embargar las cantidades pendientes de devolución hasta cubrir el total de los honorarios reclamados. Eso sí, siempre contando con el criterio del Secretario judicial, hay de todo como en botica.Saludos.