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Mal uso de un poder notarial

3 Comentarios
 
Mal uso de un poder notarial
04/09/2015 17:27
Buenas tardes,
Mi madre ha fallecido despues de varias complicaciones a consecuencia de las cuales se convirtío en una persona totalmente dependiente. Debido a que nos encargariamos de su cuidado todos los hijos, en el testamento estipuló que el dinero de sus cuentas bancarias será sus 3 hijos a partes iguales. Hacía bastantes años que tenía un depósito de 120.000€ sólo a su nombre al que nunca quiso tocar
.
Dos meses antes de su fallecimiento, nos enteramos de que el hijo que vivía con ella consiguió un poder notarial con el que retiró la totalidad del dinero (120.000€). Dilapidó casi todo en mobiliario, compra de coche,reformas, etc. (en todo menos en cubrir necesidades de nuestra madre). Sólo dejó 40.000€ y os colocó en una cuenta en la que están como titulares él y nuestra madre.Incluso en su momento tuvo que abonar una penalización de unos 5000€ al banco por haber retirado los 120.000€ antes de su vencimiento.
Mi madre, no tenía ninguna enfermedad mental cuando firmó el poder notarial pero a pesar de eso no tenía facultades mentales plenas, incluso unos días antes de firmar el poder estuvo una noche entera en coma (estaba bastante medicada, en ocasiones con morfina).Hemos hablado hace unos días con su doctora y nos ha dicho que no estaba capacitada para otorgar ese poder y que incluso nos podría facilitar un informe.
Sabemos que nuestra madre en sus plenas facultades nunca permitiría a nuestro hermano gastar todos sus ahorros en "caprichos" innecesarios. Además tenía una cuenta a la vista con la que vivía holgadamente. Mi hermano se aprobechó de su situación y sé al 100% que obtuvo ese poder con engaños.
¿Podriamos reclamar a nuestro hermano ese dinero que ahora heredariamos si él no lo hubiera retirado y gastado? ( Él nos dice que la mitad de los 40.000€ son suyos, que tenemos que repartir únicamente 20.000€ entre los tres hijos).
¿Puede nuestro hermano presentar el modelo 650 él sólo o tenemos que firmar todos los hermanos?
Muchas gracias
07/09/2015 09:37
Para poder reclamar la devolución de ese dinero habría que demostrar el estado de incapacidad de su madre. En teoría cuando se hace un poder notarial, el notario da fe de que la persona que lo otorga se encuentra en plenas facultades. No hay que olvidar que los notarios son fedatarios públicos y que sus actos se presumen legales (correctos, de acuerdo a ley). Así las cosas, el estado mental y físico de su madre debería ser muy malo y debería estar documentado perfectamente para conseguir que un juez esté totalmente convencido de que la actuación del notario ha sido fraudulenta, y por tanto el poder no tendría validez. Si llegara a pasar eso, su hermano tendría que devolver el dinero y habría que realizar el reparto con arreglo a la situación que había antes de todos los movimiento que se realizaron gracias al poder notarial.

Para saber si habría posibilidades, habría que estudiar las fechas de los ingresos de su madre, el motivo por el que estba allí, qué mediación tenía, la fecha del poder notarial, y las fechas de los movimientos bancarios.

Un saludo, quedo a su disposición,

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es
07/09/2015 16:02
AR, si ese dinero ha pasado de la madre a uno de los hijos, si no me equivoco, debería haber liquidado impuesto de donaciones, que a buen seguro no habrá tributado, ya que para las exenciones fiscales es muy posible que le pidiesen hacerlo en el notario.
Por lo tanto, si la donación (el paso de dinero de la madre al hijo) no ha cumplido los requisitos fiscales y fueran capaces de demostrar mala fe (precisamente por el tema de no haberlo hecho legalmente, al no ir a Hacienda a presentar donaciones), ¿podríamos hablar de apropiación indebida?
Por lo que veo, ha sido muy cuco y ha dejado un tercio, para que no haya problemas con la legítima...
Saludos.
08/09/2015 08:20
Sobre la apropiación indebida... depende. Para que exista ese tipo penal se tiene que demostrar que esa persona ha gastado el dinero que se le ha encomendado en depósito o con obligación de devolver. EN este caso va a ser difícil averiguar si existía esa obligación de devolución ya que, desafortunadamente, la propietaria de ese dinero ha fallecido y no puede pronunciarse sobre esos hechos.

EL hecho de que no haya realizado los trámites fiscales oportunos también puede salvarse por "desconocimiento" de la madre que otorga poder y que le dice a su hijo que tome lo que necesite para comprarse un coche, por ejemplo.

Como digo, es complicado destruir la veracidad y legalidad del poder notarial, pero no imposible del todo. Hay que estudiar detenidamente todas las circunstancias que rodean su otorgamiento.

Saludos.