Pero para mi aún es claro una cosa.Para registrar el bebe en el registro civil, sí que voy sin problemas...Mi duda mayor era, si a la hora de llevar el certificado de nacimiento del bebe en la comisaria para pedir el DNI de él, si necesito estar junto, o sólo el padre basta?
gracias
1.- Si presentó la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, la Administración tiene un plazo de tres meses para resolver y notificar. Si no lo hace, se puede entender estimada por silencio administrativo.
2.- Usted está sujeta a régimen comunitario. Si aún no tiene la tarjeta de residencia, es suficiente con el resguardo de haberla solicitado y con el certificado de inscripción en el Registro de Parejas Estables donde se hubiera inscrito.
3.- Cuando el recién nacido no es hijo de padres casados, deben comparecer ambos a reconocerlo. La presunción de paternidad sólo rige para hijos nacidos dentro de matrimonio.
4.- Primero debe ser inscrito el nacimiento y a la inscripción deben comparecer ambos padres para efectuar el reconocimiento del hijo. Con el certificado literal de nacimiento se le podrá expedir DNI al menor de nacionalidad española.
5.- Si se denegase su tarjeta (poco probable si cumplía todos los requisitos), podrá interponer recurso de alzada ante la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
Hola. Soy brasileña y vivo con mi pareja en régimen de pareja de hecho registrado. El nació en Brasil pero tiene la nacionalidad española desde niño, porque su padre es español.Estoy embarazada y aún no tengo la resolución de la Extranjeria para mi tarjeta de residencia, y estoy preocupada por q no sé cómo hacer para hacer el registro del bebé. El padre puede el solicitará el DNI del bebé sin q yo esté presente? Si hasta nascer el bebé no tenga la respuesta de extranjería y solicito el DNI de mi hijo puedo tener problemas con la policía? Y si por se acaso la Extranjeria deniegue mi tarjeta ahora,que debo hacer después del bebé nacer? Gracias