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Los abuelos tienen derechos????

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
Los abuelos tienen derechos????
08/07/2009 22:04
Quisiera saber si los abuelos tienen derecho de ver a su nieto fuera de los turnos de visita que tenga el padre de la criatura. La madre esta incumpliendo sistematicamente el convenio regulador de visitas y no deja que el niño este con su padre. Este la ha denunciado cada vez que ha inclumpido el convenio pero no pasa nada. Ella accede a que los abuelos vean al niño los martes, miercoles y jueves de 11 a 13 horas porque a ella le da la gana y siempre en compañia de ella.
Es una situacion algo rara pero es como les cuento. Que derechos tenemos nosotros los abuelos??
08/07/2009 22:43
Los abuelos pueden exigir el derecho a ver a sus nietos.
El Código Civil les da el derecho a un régimen de visita.
09/07/2009 01:38
Hola, Manzgi:

En efecto, y matizando lo expuesto por Azuleima, me permito citar dos artículos de nuestro Código Civil que le ilustrarán al respecto:

“ARTÍCULO 160

Los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos menores, excepto con los adoptados por otro o conforme a lo dispuesto en resolución judicial.

No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados.
En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores.”

Y, por otra parte, tenemos:

“ARTÍCULO 90


El convenio regulador a que se refieren los artículos 81 y 86 de este Código deberá contener, al menos, los siguientes extremos:
a.El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
b.Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
c.La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
d.La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
e.La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
f.La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
Los acuerdos de los cónyuges, adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio serán aprobados por el juez, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. Si las partes proponen un régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos, el juez podrá aprobarlo previa audiencia de los abuelos en la que éstos presten su consentimiento. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deben someter a la consideración del juez nueva propuesta para su aprobación, si procede. Desde la aprobación judicial, podrán hacerse efectivos por la vía de apremio.
Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
El Juez podrá establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio.”

En líneas generales, se viene a establecer un régimen de estancia y comunicación específico para los abuelos, son ellos los que lo han de solicitar en el caso de no estar recogido ya en convenio, independiente del que le corresponde al padre o madre, aunque con las debidas precauciones en el caso de que este pudiera constituirse en una burla a una decisión judicial que impida el contacto de un progenitor con el hijo o hija.

Un cordial saludo
09/07/2009 09:54
creo que esta madre, lo que tiene es una guerra personal con su ex-pareja, que está perjudicando al hijo/a más que a nadie. El padre debe de seguir denunciando, y aunque es un proceso largo, seguro que obtendrá una respuesta favorable.

Los abuelos por supuesto que tienen derechos, y no veo que en este caso se estén vulnerando. Les
está ofreciendo visitar al niño 3 dias a la semana, 2 horas cada dia. ¿cual es el problema?
09/07/2009 11:37
Hola, mi pareja está en proceso de modificación de medidas, a la espera de fecha para ello.
Solicitamos a nuestra abogada, que dado que no teniamos posibilidad de tener una custodia compartida, que además de los fines de semana alternos a los que tenemos derecho, preguntamos si se podía solicitar un tercer fin de semana al mes para los abuelos.
La aboagada ha respondido un rotundo NO.
Nos dice que eso solo se puede solicitar en caso que el padre no pueda estar con el hijo, por motivos de encarcelación por ejemplo. Eso fue lo que nos contestó.
de verdad se puede solicitar régimen de visitas para los abuelos independientemente del que se tenga por convenio??
Eso nos encantaría, porque vivimos todos lejos: la madre, el padre y los abuelos... causando que los fines de semana que nos corresponde, el pequeñin pasa gran parte del fin de semana en el coche para poder verlos a todos...

Muchas gracias y saludos
09/07/2009 12:14
claro que se puede, rorua, te lo han contestado perfectamente los foreros en sus anteriores posts.

Un saludo
09/07/2009 12:28
Hola:

Piedrecita, yo si veo dos problemas. El primero es que el derecho de estancia y comunicación de los abuelos con el menor es eso precisamente, un derecho, y una obligación para la madre que lo tiene que garantizar. Este derecho no puede quedar al libre albedrío de la madre. Hoy bajo su criterio dice permitir las visitas, mañana puede decir que no. Aparte de que ella no es quien para decidir sobre los derechos de los demás. El segundo problema es la presencia de la madre en las visitas, lo considero, salvo que haya una decisión judicial en tal sentido, una intromisión injustificada en la intimidad de los abuelos, la madre no es el sheriff del pueblo. El poner esa condición en las visitas ya dice mucho de por si sobre la actitud de esa madre.

Rorua, efectivamente los abuelos e incluso otros familiares pueden solicitar un régimen de estancia y comunicación con el/la menor o menores. Tal como establece el artículo 90 b de nuestro Código Civil se puede incluir dicho régimen en el convenio de separación o divorcio, no es necesario que el padre este en la cárcel, simplemente bastará con el deseo expreso de los interesados. El juez determinará las condiciones bajo las cuales se desarrollará dicho régimen de estancia y comunicación, atendiendo a las circunstancias específicas de cada caso y teniendo en cuenta el interés del menor.

Un cordial saludo
09/07/2009 12:31
eso me pareció entender.. pero tal y como cita el articulo160 del código civil, expuesto por emigrante, la parte de: "Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores.” me ha hecho dudar que, si en el convenio qu etenemos firmado, solo consta las visitas del padre en fines de semana alternos, si eso se considera la restricción de la que habla el artículo y el juez lo contemple como incumplimiento y lo deniegue.
No sé si me he explicado muy bien...

09/07/2009 12:36
Muchas gracias emigrante.
Imprimiré los articulos del código civil que nombras en tus respuestas y se los llevaré a nuestra abogada para que incluya la petición en la modificación de medidas que hemos solicitado.

Podemos solicitar nosotros las visitas y estancia con los abuelos en esta modificación, o deben hacerlo los abuelos por otro proceso?

Gracias
09/07/2009 12:42
Hola:

No, esto sólo se aplica en algunos casos. Le voy a poner un ejemplo, a uno de los progenitores se le retira, por las circunstancias que sean, el derecho a mantener relaciones con los hijos. Entonces los abuelos solicitan este derecho como una forma de burlar esta prohibición.
La referencia citada se ha de interpretar en este sentido, bajo circunstancias especiales. Entiendo que no es su caso. Ustedes tiene un régimen de estancia y comunicación de lo más normalito y totalmente compatible con el derecho de los abuelos al suyo propio.

Un cordial saludo
09/07/2009 12:48
Hola de nuevo:

Hasta donde yo sé creo que si pueden incluir este punto en la modificación. Como indica el artículo 90 f el juez llamará a los abuelos para que presten su consentimiento al régimen de estancia y comunicación, dado que usted lo pediría inicialmente en su nombre.

Un cordial saludo
09/07/2009 13:06
emigrante.

Yo me refería a un caso como este en el que por lo que he entendido, además del régimen de visitas del padre, se solicita régimen de visitas de los abuelos.

Creo que estabamos hablando de cosas diferentes.
09/07/2009 14:01
si piedrecita, eso es lo que queremos: que además de las vivitas que pueda tener el padre, se puedan solicitar expresamente para los abuelos.
El padre y la madre viven a unos 50min en coche el uno del otro, y los abuelos paternos a unos 30min del padre. No es ninguna animalada, ya lo sé, pero entre idas y venidas: de casa de la madre, a la del padre,; de la del padre, a los abuelos; de los abuelos a lo tios y primos (que claro, para el poco tiempo que está el peque con nosotros, todos quieren verlo, como es lógico y normal)... etc, etc.
Nos pasamos el fin de semana subidos al coche (de buena gana, todo hay que decirlo, pq nos encanta ver como la familia adora al peque)
Si eso se pudiera evitar, aunque solo sea en parte, podríamos disfrutar, aunque solo sea una mañana de sábado o domingo, como una familia normal, y hecharnos unas risas jugando en la cama con él sin el temor que se nos hecha el tiempo encima para poder visitar a todos y devolverlo a la hora a la madre.

Le pasaré los articulos a mi abogada y espero poder hacer algo al respecto, aunque si su respuesta fue directamente un NO, no le auguro mucho futuro a la petición...

Muchas gracias por todo
09/07/2009 14:17
rorua,

no veo lógico sinceramente lo que pretende.
Mi familia tambien vive a 30 minutos de mi casa, y no veo que sea un tiempo perdido por ir a ver a su nieto.

Lo logico es que la familia del padre la vea cuando tenga el hijo el padre, y la de la madre al revés.

Además, ¿como lo iban a evitar? . si de alguna manera si ustedes y su familia tuvieran también regimen de visitas, tendrian que montarse en el coche para ir a casa de la madre.

No entiendo lo que pretenden
09/07/2009 14:28
No me entendiste piedrecita.
Me refiero a que con dos fines de semana al mes que podemos tener al peque con nosotros, que pasamos la mayor parte del tiempo de un sitio a otro. Prácticamente no estamos en casa, y creo que tb es bueno para él, el poder disfrutar de tiempo "a solas" con su padre.
Me referia a que si parte de este tiempo usado en visitas al resto de la familia, se puede "liberar" por tener un régimen de visitas explícito para los abuelos, se podría disfrutar de ese tiempo a solas.
No es algo primordial para nosotros, no es eso lo que pretendemos con la modificación de medidas (eso está en marcha por otro tema) pero al ver el tema en el foro y ver las respuestas dadas, creo que si se puede hacer algo al respecto, podría valer la pena el intentarlo.

Solo quería un poco más de información.

En el caso de que la abogada no vea factible el añadir esta solicitud a la modificación, seguiríamos adelante igualmente con los cambios pedidos, sin incluir esto y ya está.

Solo queremos eso, poder estar un poco más con el niño, sin pretender molestar a nadie, ni a la madre, por eso. No es esa nuestra intención.

Saludos
09/07/2009 14:45
La Ley de los abuelos (41/2003) teóricamente garnatiza el derecho de los abuelos a tener esas visitas independientemente de las del no custodio.

www.abuelosseparadosdesusnietos.org

http://www.projusticia.es/abuelos separados de sus nietos/abuelos separados de sus nietos.htm

Manifestación por la custodia compartida
21 de noviembre de 2009

www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
09/07/2009 14:46
Perdón.

He tecleado mal.

Es la ley 42/2003 de 21 de noviembre de 2003
09/07/2009 14:53
sigo sin entender nada.

En primer lugar, los abuelos paternos y maternos tienen los mismos derechos. Con lo cual por lo que usted expone, sería 2 fines de semana para el padre, 1 fin de semana abuelos paternos, 1 fin de semana abuelos maternos..... ¿cuando disfrutan los hijos de su madre?

Entiendo que ustedes quieran pasar más tiempo con los nietos, pero no creo que unos abuelos tengan que tener los mismos derechos que unos padres.

No soy abogada, y no sé si hay jurisprudencia al respecto, pero no lo veo lógico ni desde el punto legal ni desde el punto moral.

¿Su hijo no disfruta de visitas entre diario?. Ahí tambien tendria tiempo de estar con su hijo, y ustedes con su nieto.
09/07/2009 15:47
Si, podemos ver al niño entre semana, pero debido a sus horarios extraescolares y la distancia, lo hacemos de vez en cuando. He de decir que estas visitas no están contempladas en el convenio, las hacemos previo acuerdo acon la madre. Por eso insisto en aclarar que no se pretende "fastidiar" a la madre en ningún momento.

La madre no tiene padres desde bien joven, dato que no he mencionado hasta ahora, quizá por eso no te "cuadraban" los fines de semana.


Comentas que no crees que los abuelos deban tener los mismos derechos que los progenitores.. quizá no.. pero, y algun derecho? creo que si.
Aunque lo que estaría realmente bien es que AMBOS progenitores tubieran los MISMOS derechos, y eso es algo que actualmente AÚN no ocurre.
Porque tal y como hablas tu de moralidad, qué moralidad hay en que un padre sólo pueda tener a su hijo 4 días al mes? Ninguna.
Lo mismo sucedería al revés, si sólo estuviera 4 con la madre.
Necesita de los DOS por igual.

No tenemos posibilidades de tener una custodia compartida, salvo que la pida la madre, y eso NO va a pasar.

Intentar que el tiempo que pasa con nosotros el niño sea algo mayor del que tenemos ahora, sigo pensando que no es pedir demasiado.

Saludos
09/07/2009 17:51
Rorua que edad tiene usted? Porque no intenta tener sus propios hijos? o es la forma mas f´´acil y comoda de tener hijos, esta de disfrutar de los de otros ? porque si fuera el padre de ese niño el que propusiera esto, bueno , pero esque siempre son las segundas esposas las que piden esto y aquello de hijos que no son suyos, las que se quejan etc etc, sinceramente me encantaria que usted tuviera un hijo y otra señora se lo quisiera´casi quitar y disfrutar sin más, no diria esto si fuera el pedre de ese niño el que propone esto, pero estoy segura que el bien asi como esta es ustded la que se queja hoy de esto y mañana de otra cosa, sinceramente se merecen beber de su mismo jarabe, espero que asi sea.