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Local de renta antigua

8 Comentarios
 
23/09/2013 08:38
Si me facilita su correo se la haré llegar a la mayor brevedad posible.

Quedo a su disposición,
23/09/2013 01:56
Estimado Motta&L, aún estamos esperando que nos indique la sentencia.

Gracias.
20/09/2013 16:13
Sr. Motta&L, ¿podría indicarnos Usted expresamente cual es esa Sentencia?. Gracias.
20/09/2013 10:50
Es una Sentencia del Tribunal Supremo que se pronuncia sobre el régimen transitorio previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

Reitero, así mismo, la necesidad de conocer el contrato de arrendamiento.

Mis datos de contacto aparecen en el directorio. No obstante, le indico mi correo electrónico; mottayl.abogados.madrid@gmail.com.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
perfil Jan
20/09/2013 10:48
Hola mekatana. En la actualidad con conexión a internet, una dirección de email y un escaner, se pueden resolver consultas con independencia del lugar de residencia del consultante.

Reciba un cordial saludo
http://letradosalquileres.es.tl
20/09/2013 03:14
Muchas gracias a los dos por sus respuestas. Sr. Motta&L Abogados, me es un poco difícil eso de consultar un abogado, ya que vivo en México. Estoy pensando en acudir al Consulado, pero podría indicarme en donde puedo ver eso de "el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre la materia" ¿Cómo podría contactarlo y cuánto cuesta una consulta?
Mil gracias.
19/09/2013 11:50
Coincido con mi compañero: es imprescindible conocer el contrato y cualquier circunstancia que afecte al mismo para saber si le es de aplicación la extinción a 1 de enero de 2015, considerando, además, el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre la materia.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
perfil Jan
19/09/2013 10:38
Hola mekatana. Para responder a su consulta es preciso examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo y disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos quien, con la documentación reseñada, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Reciba un cordial saludo

http://letradosalquileres.es.tl
Local de renta antigua
19/09/2013 06:15
Buenos días, mi consulta es la siguiente:
Tengo un local comercial, alquilado desde el 1 de mayo de 1985. Mi inquilino paga muy poca renta. En ese entonces la Cámara de la Propiedad hizo este contrato con alevosía y perjudicándome. Quisiera saber en donde puedo obtener información sobre si puedo beneficiarme de la ley que entra en vigor el 1 de enero de 2015. El contrato está a nombre del inquilino (persona física) él tiene 57 años y no entiendo bien lo de las subrogaciones para el cónyuge o hijos. Vivo fuera de España y esto es y ha sido una desventaja para mi. Siempre me han dicho que este contrato es imposible de romper.

Gracias por su atención.