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Llevo 2 semanas viviendo en una casa abandonada

7 Comentarios
 
Llevo 2 semanas viviendo en una casa abandonada
30/10/2012 23:01
Muy buenas a tod@s. Encantada de saludaros.

Os hago una pregunta porque veo que estáis muy puestos en Derecho Civil.

Llevo unas 2 semanas viviendo en una casa abandonada. La conozco desde hace años, pero nunca fui valiente para entrar.

Hace menos de un mes, entré para ver como estaba, totalmente destrozada, hice fotografías de todo, por si acaso.

La he limpiado, adecentado un poco, y tapiado unas habitaciones totalmente hechas pedazos.

Hablé con uno de los jardineros de la zona y me explicó que la casa era de un señor que falleció hace 5 años, y que su único hijo, vive en el extranjero y no se hablaba con el padre. De hecho el padre tambien era extranjero. Cuando falleció el propietario, ni el propio hijo se presentó en el funeral (algo muy triste)

Por lo que he leido, puedo pagar el IBI de dicha casa (me harán pagar todos los recibos pendientes o podré pagar el de este mismo año?), acudir a un electricista instalador para que me revise la instalación eléctrica y solicite a la compañía el alta (esto es así?).

Yo estoy dispuesta a hacer frente a los gastos pendientes de comunidad (3,000€ casi), y abonar los impuestos que me correspondan.

Ahora, en parte tengo miedo de que, algún vecino me denuncie y me echen de la casa. Tenía entendido que sólo el propietario puede pedir el desahucio, pero me gustaría que alguien me asesorase respecto a todas estas dudas.

Quiero declararme propietaria de la misma, aunque no lo sea realmente en papeles. Y de aquí al futuro que Dios diga.

Gracias por leerme.
30/10/2012 23:37
Me temo que en el mejor de los casos propietaria como tal no lo vas a poder ser hasta dentro de 30 años, por usucapión extraordinaria de bien inmueble, y para ello tendrías que llevar a cabo actos que hagan ver que quieres poseer como dueña.

Pagar la comunidad es un gasto típico de dueño, pero 3000€ me parece mucha tela como para pagar de golpe y arriesgarte a que te puedan echar, y además esas deudas no las has contraído tú... yo que tú pagaría la comunidad, pero de ahora en adelante, no por deudas pendientes.

En cuanto a la herencia, si no la reclama el heredero que ostente la legítima y no hay más, en todo caso la casa se la quedaría el Estado, por lo que tampoco me convence mucho el tema de pagar impuestos, no vaya a ser que se pongan a investigar y te la quiten.

De todos modos yo no soy abogado, estoy en 5º de Licenciatura pero de la teoría a la práctica hay diferencia. Si te he podido servir de algo me alegro pero lo mejor es que te aconseje un profesional.
30/10/2012 23:58
Mostrenco gracias por tu rápida respuesta.

Mi intención es como bien dices, poseerla como dueña. Hacerme cargo de las numerosas reformas. De hecho, aún la casa esta muy mal en general, pero voy poco a poco. He fotografiado todo por si acaso.

Imagino que no vendrá nadie a reclamar dicha vivienda, y no se si por pagar el IBI de este año, 'pueden investigar', al fin y al cabo la casa dudo mucho que alguien la eche de menos, pero claro...

Voy a intentar acudir al Registro para solicitar nota simple informativa, donde se supone que aparecerá quien es el propietario, y en caso de ser el Estado, ¿debería aparecer?

Son muchas dudas, y claro... también se que es una situación un poco... ¿triste?, pero es que a nosotros nos quitaron la casa hace casi 3 meses ya, y aún debemos dinero...

Tengo pendiente hablar con la presidenta de la comunidad, ya que se el importe aproximado por uno de los vecinos.

Realmente el miedo que tengo, es que alguien me denuncie, o incluso la misma presidenta me denuncie, porque si ocurre esto, imagino que tendré problemas. Pero es que al fin y al cabo ya los tengo.

Gracias.
31/10/2012 00:51
Tema peliagudo, la buena noticia es que si eres poseedora del inmueble nadie que no tenga derechos sobre la vivienda te puede exigir que demuestres tu título, por lo que yo no daría demasiadas explicaciones a la presidenta ni los vecinos: estás viviendo en la casa y si te piden explicaciones puedes darles una excusa (te la han donado, la has comprado, eras heredera...), además quieres empezar a pagar la comunidad, que mientras tanto la pagan entre todos los vecinos, así que supongo que deberían alegrarse y no ponerte muchas pegas.

En cuanto al Estado, la Ley 33/2003 (Patrimonio de las Administraciones Públicas) dice que los bienes que no tienen dueño los adquiere la Administración por ministerio de la ley, PERO si tú estás poseyendo a título de dueño no te pueden echar sin más y la Administración General del Estado tendría que demandarte y el juez dictar resolución judicial para lanzarte, que no sé cuánto tardaría pero como está la justicia podría tardar...

Pásate por el Registro para cerciorarte que el piso sigue a nombre del fallecido y no está a nombre de algún heredero o la Administración, aunque esto no quita que en cualquier momento esta última pueda apropiárselo antes de que pasen 30 años. Y las reformas yo las haría poco a poco, que no es plan de que te gastes un pastizal en reformar el piso para que luego te lo quiten y además no te reembolsen ni la mitad de lo gastado por no ser mejoras necesarias y tener mala fe.

Buah demasiadas cosas, seguro que estoy metiendo la gamba en algo así que para quedarte completamente tranquila deberías consultar a un abogado que yo creo que antes de invertir tu dinero en el piso te merece la pena pagar una consulta como Dios manda (y nos cuentas). De todos modos a ver qué te dicen los demás foreros.
31/10/2012 01:02
Por lo que estoy viendo en otros casos de usucapión parece que todo el mundo paga impuestos aún no siendo dueño así que supongo que no habría problema en que pagaras IBI, basuras etc..
31/10/2012 02:49
De momento has realizado un acto de ocupación, y eres un mero precarista en situación de posesión no tolerada pero tampoco inconsentida, que se puede trasformar en una situación de posesión degenerada si el verus dominus la conoce y se opone ejercitando la correspondiente acción de deshaucio por precario.
Si continuas en la posesión en concepto de dueño, pública, pacífica e ininterrumpidamente, puedes adquirir la propiedad por usucapión extraordinara, transcurrdios 30 años.
31/10/2012 09:39
Mostrenco gracias por toda la información que me das. Evidentemente no puedo gastar mucho en reformas, así que intentaré pensar que el primer año será como abonar un alquiler e invertirlo en poder vivir decentemente.

Hoy no he parado de pensar esta noche, que tal vez, se pueda acudir al Juzgado, solicitar de algún modo o dejar constancia de que estoy viviendo en dicha propiedad en concepto de dueño, haciéndome cargo de las reformas que necesita una vivienda abandonada para poder habitarla, que me comprometo de algún modo a pagar los recibos de la comunidad, así como los impuestos correspondientes del Ayuntamiento.

No se si se puede comunicar esto al Juzgado, no se ni siquiera si me darían entrada a mi escrito. Tampoco se, si al leer el escrito diréctamente me desahucien, en fin, ni idea.

He pensado que si tal vez hago este comunicado, puedo posteriormente presentarme como es debido a la Presidenta de la Comunidad, comunicándole que mediante un abogado he solicitado al Juez la propiedad de la casa, y que me lo han concendido (una mentira piadosa...), y que por favor me diga cuánto se paga de comunidad.

Entiendo que para ella puede ser extraño que después de tantos años y conociendo ellos al expropietario, aparezca yo con mi casa comprada. Ya que nunca se hasta donde ella puede intentar averiguar. De hecho me han comentado que su hijo, el de la Presidenta, es Policia Local, así que bueno... ya le puedo caer muy bien...

También estoy dispuesta a que si un abogado del foro quiere asesorarme en los pasos a seguir, que me informe de los honorarios y hablamos por teléfono, que es lo que al fin y al cabo estoy buscando.

Y respecto a pagar el IBI, me pregunto si será tan sencillo como acudir al patronato de recaudación, y que me dejen pagar la vivienda de tal calle y tal numero, o si tendré que presentar alguna documentación, o incluso que me obliguen a pagar todos los IBIs anteriores.

agripa, pero si el propietario ha fallecido y aquí no piensa venir ningún heredero, ¿qué ocurre si no me denuncia ni propietario ni herederos legítimos?, y es más, ¿qué ocurre si me denuncian los miembros de la propia comunidad?

Realmente el único problema que veo a esta situación, es que tengo que presentarme a la Presidenta (a los vecinos que tengo a los lados siempre puedo decirles que la he comprado, que soy la nueva propietaria... sin más), y de algún modo estoy segura de que me va a pedir 'cuentas' o explicaciones, y no se si es mejor diréctamente decirle que la he comprado a través del Banco que estaba embargada (cosa que imagino podrán averiguar de algún modo), o diréctamente decirle que he solicitado la propiedad al Juez y que me lo han aceptado y concedido...

No obstante, os agradezco vuestros comentarios y por supuesto, si me queréis asesorar en este caso y ofrecerme vuestros servicios, para ayudarme a hacer esta gestión de modo que pueda llegar a estar más tranquila, es evidente que os contrato.

¡¡Gracias!!
05/11/2012 13:27
Y porque no intentar ponerte en contacto con el hijo???