Buenos días. Mi consulta es la siguiente. Mi madre ha fallecido hace 2 meses. Tenía con mi padre (aún vivo) varias cuentas bancarias (a veces ella titular y él autorizado y viceversa), fondos, acciones y varios inmuebles. El valor total es importante. Mi padre, mi hermana y y nos llevamos bien y no tenemos necesidad de dinero.
¿Tenemos necesidad/obligación de liquidar la herencia cuando no pretendemos vender nada a corto plazo?
Si en 8-9 meses quisiéramos vender algo, ¿tendríamos que pagar una multa/recargo por no haber liquidado en los 6 meses posteriores a la muerte de mi madre? En resumen, ¿qué nos conviene hacer? ¿Liquidar ahora o no?
Muchas gracias por su tiempo.
Declarar antes de 6 meses es obligatorio hagas lo que hagas con la herencia.
Si como comentas, el patrimonio es importante, consulta siempre un abogado antes de tocar nada en la herencia Y pide a un fiscalista que estudie la partición (idealmente la misma persona).
Cuando digo nada incluyo sacar dinero de las cuentas que implica aceptación de la herencia...
si no teneis pensado adjudicaros bienes, la verdades que no es necesario liquidar la herencia, este tramite no es obligatorio.
lo que si es obligatorio es liuidar el impuesto de sucesiones, que como tecomenta herencias, tieens un plazo de 6 meses. ahora bien, puedes solicitar prorroga, pero vamos que al final deberas abonar el impuesto.
obligatorio-obligatorio, necesario-necesario, como de otra forma bien dice Teresa, sólo hay dos cosas en la vida: la muerte y los impuestos.
Pero absolutamente conveniente.
Si no, imagina los problemas cuando tengas que desalojar a un inquilino sin ser propietario en el Registro de la Propiedad, tengas que firmar o modificar un contrato...
Además que en tiempo y dinero es más rápido, fácil y barato hacer las cosas bien una sola vez, que arrastrarlas durante tiempo para hacerlo en dos o tres veces.