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Liquidación plusvalía

10 Comentarios
 
Liquidación plusvalía
08/01/2013 18:09
Buenas tardes,
Me gustaría plantear una duda sobre una liquidación de la plusvalía en la Comunidad de Madrid.
El propietario de un inmueble (mi hermano en este caso) falleció en 1981 sin dejar testamento, al ser soltero, heredaron nuestros padres que no aceptaron ni rechazaron la herencia. Fallecen ambos padres (sin testamento), el último en fallecer lo hace en el año 1999 y quedamos dos herederos, mi hermana y yo, que tampoco aceptamos ni rechazamos la herencia hasta el año 2009 en el que hacemos escritura del inmueble y presentamos dos liquidaciones de plusvalía en la comunidad de madrid con la casilla prescrita marcada ya que han pasado más de 4 años y 6 meses desde el fallecimiento de nuestro padre, también en ese momento se presenta otra plusvalía prescrita a nombre de mi padre en relación a la herencia de su jhijo.
En agosto de 2012 muere mi hermana, acepto la herencia y solicito plusvalía creyendo que pagaría desde el año 2009 que es cuando mi hermana y yo aceptamos la herencia de mis padres, y me llevo una sorpresa al ver que la cam me liquida desde el año 1981, año en que murió mi hermano.
¿Podría recurrir esta liquidación plusvalía? ¿Cúal es la manera de hacerlo? ¿En qué podría basarme?.
En la CAM me dicen que lo han liquidado así porque mis abuelos ni aceptaron ni rechazaron la herencia por lo que entienden que yo heredo de mi hermano directamente.

Muchas gracias de antemano
08/01/2013 21:01
Creo que cuando una herencia ni se acepta ni se renuncia, se presume que se acepta, pero es más un tema de Derecho Civil.
En todo caso, si hubo Impuesto de Sucesiones todo sería más fácil, ¿lo hubo?.
08/01/2013 21:51
Entiendo que aún cuando habla de plusvalía se está refiriendo al Impuesto sobre Sucesiones. Yo, a falta de conocer los documentos y datos en su totalidad, creo que sí es recurrible, pues hay que atenerse a las fechas de los distintos fallecimientos, independientemente de que en su día se hubiere otorgado o no escritura de adjudicación de herencia.

Quedo a su disposición.

Motta&L Abogado (Madrid)
Tfno. 647774228
09/01/2013 08:48
Buenos días, gracias por su pronta respuesta. El impuesto de sucesiones se presentó en el año 2009 y estaba exento también y tras el fallecimiento de mi hermana se ha vuelto apresentar y se ha abonado lo que corresponde. Al hablar de plusvalía me refieroa la plusvalía municipal, incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, no sé si esto aclara un poco el tema.

Gracias y un saludo
09/01/2013 10:05
Si se trata de plusvalía municipal, nos referimos, entonces, al Ayuntamiento de Madrid.

Independientemente de qué Organismo le haya remitido la comunicación, lo cierto es que han de regirse por las fechas de fallecimiento de los sucesivos causantes, pues es entonces cuando se produce la transmisión (se realice o no adjudicación de herencia).

Por tanto que, tal como le dije en mi anterior mensaje -y a falta de conocer la totalidad de los datos- sí es recurrible.

Quedo a su disposición.

Motta&L Abogado (Madrid)
Tfno. 647774228
09/01/2013 10:30
Por los datos aportados, la fecha origen de esa plusvalía no es ni 1981 ni 2009, sino 1999 por una parte y la de fallecimiento del otro cónyuge por otra. La plusvalía municipal se devenga en la fecha de fallecimiento y no en la de aceptación de la herencia.
09/01/2013 11:11
La cuestión es que en la Comunidad de Madrid me dicen que al no aceptar ni rechazar la herencia mis padres, yo estoy heredando directamente de mi hermano que es quien murió en 1981 y no de mis padres, debido al artículo 1006 del código civil.
09/01/2013 11:23
Lee lo que dice el art 999 del mismo en relación con la aceptación tácita. Y dáselo a leer a los funcionarios que te tratan de embaucar.
La presentación de los impuestos de plusvalía y sucesiones implica aceptación tácita.
09/01/2013 12:23
Muchas gracias, intentaré recurrirlo por ahí
09/01/2013 12:55
Esta tesis del Ayuntamiento de Madrid es completamente inviable.

Motta&L Abogado
09/01/2013 23:32
He pedido cita en la CAM, para exponerles el tema y argumentarlo antes de hacer el recurso. Si finalmente necesitara ayuda no dudaría en ponerme en contacto con usted.

Un saludo y gracias