Me han contado el caso de dos agentes que iban a desayunar a una churreria, y como el dueño ya quemado, decidió cobrarles el desayuno, se inventaron denuncias contra el coche del mismo en zonas en la que ellos no tienen competencias.
Pues bien, tratando este tema, y como quiera que el pobre hombre no tiene pruebas para desvirtuar la presunción de veracidad, ya que las denuncias, por lo visto las firman los dos “amigos”, y la vía es ficticia ya que ponen que el coche estaba en otro lugar en el que sí tienen ellos competencias.
Hay compañeros que me dicen que en un contencioso, ¡no hay nada que hacer!. Yo sé que es difícil, pero no es imposible que el juez de lo contencioso si se le plantean bien las cosas pueda llegar al convencimiento de que con la sola palabra del denunciado, se pueda desvirtuar la presunción de veracidad que tienen los policías en la denuncia. Me dicen que es imposible llegar a eso y que no hay solución, y yo les digo que eso sería en un Estado policial, pero no en un Estado de Derecho.
Agradezco que si se tropiezan con alguna sentencia en el sentido que les comento, que me la apunten. Es una injusticia que esto ocurra a un pobre trabajador y que la única solución que se le da es que pague las multas y punto.
Saludos cordiales,
Debería demostrar que no estaba en ese sitio a esa hora. Que intente recordar qué estaba haciendo en el momento de la supuesta infracción y ver si puede acreditarlo (por ejemplo, si estaba comprando y pagó con tarjeta, si estaba trabajando y había testigos, etc... lo que se le ocurra)
Si consigue desvirtuar alguna de las multas, puede que se libre de todas y los agentes no salgan bien parados.
A mi me subleva pensar que una denuncia falsa, por escasos 90 euros que sean tenga que ser abonada, simplemente porque la persona no tiene pruebas que aportar de que no estuvo nunca en esa ciudad, o que esos hechos no los realizò.
Les cuento un caso: Recibida una denuncia formulada en Palma (v.gr.), ese vehiculo ni esa persona habían estado nunca allí, ni en esa isla. Se habló con el policia por telefono y él contesto que si estaba puesta estaba bien y punto. No obstante, se localizó a un superior que se conocía, y se le contó lo sucedido, él habló con el policia, le pidió que recapacitara por si pudiera haber un error. Tras buscar el boletín, comprobó que efectivamente en una de las letras, la E, el palo inferior estaba casi borrado confundiéndolo con una F al pasar los datos al ordenador y ese era el error. Al final se pudo arreglar sin necesidad de alegaciones, y pidiò disculpas.
Yo sigo pensando que tiene que haber jurisprudencia en el sentido de que solamente con la demanda de forma clara y firme del denunciado en la que haga constar que no puede aportar pruebas de ningún tipo, por no poseerlas pero que esa denuncia es un error o una falsedad, en la vía contencioso, el juez puede anular esa denuncia con toda la presunción de veracidad que tenga. Para mí, la declaración del denunciado es una prueba en contra que el juez puede, y debe tener en cuenta. De lo contrario sería una injusticia y una indefensión para el denunciado.
Sigo pensando que la presunción de veracidad, tiene que tener límites, incluso en aquellos casos en que solo se cuente en contra con la sola palabra del denunciado que jura solemnemente que no estuvo en ese lugar nunca, si no tiene mas que aportar.
Saludos cordiales
Pero es así y, de hecho, deber ser así, de lo contrario, la labor de la policia sería inutil.
Qué puede haber errores? por supuesto, qué puede producirse abuso de autoridad? pues también habrá casos, pero es que la alternativa sería el caos más absoluto.
La simple palabra del denunciado, no he visto nunca que se haya tenidop en cuenta si el agente se ratifica.
A mi me parece también que se abusa demasiado de esa presunción de veracidad, de hecho hay muchos casos de abusos.
En la provincia donde vivo en casi todos los pueblos los policías municipales entran por enchufe, muchos de ellos no tienen ni idea de nada, yo he tenido discusiones con alguno y me daban ganas de echarme a llorar de su ignorancia. Pues aún así su palabra tiene más valor que la mía que, aunque poco, algo se de derecho, por lo menos más que ellos.
Hay casos en que tiene que existir esa presunción de veracidad, pero en multas de aparcamiento y similares no cuesta nada hacer una foto al vehículo infractor, pero ni siquiera se molestan en eso.
La presunción de veracidad se ha convertido en el derecho de pernada del siglo XXI en este país.
Raro es el caso del agente que hace un mínimo recordatorio crítico acerca de la posibilidad de haberse equivocado en mil cosas, siendo lo más normal que encima se molesten, indignen y se consideren ultrajados por el hecho de plantear esa posibilidad.
Basta que cada uno narre su propia experiencia y la de personas cercanas para extraer conclusiones.
Yo no creo que tenga que existir caos alguno por el hecho de que un juez valore si lo que está diciendo un agente sea cierto o no.
No estoy en contra de que exista esa presunción de veracidad, en aquellos casos en que un guardia civil de trafico, en una autopista o en el quinto carajo y solo, no tenga a que echar mano para probar esa infracción, pero lo que yo no me paso a creer es que llegado un caso al juzgado de lo contencioso en el que, como ya dije, exista un error o incluso una falsedad, y que como el denunciado no tenga pruebas de que hace tres meses, ese día no salió de su casa ya que vive solo , y el juez diga pues aquí, en estos casos la justicia la hacen los policia y punto. Sin tener en cuenta para nada las alegaciones en las que el denunciado jura y perjura que él no realizó esa infracción y que desgraciadamente no tiene otra prueba que su palabra.
Sigo pensando que tiene que haber casos, sentencia, en los que el juez, aun así y ante la duda, pueda aplicar el principio a favor del denunciado. Que al fin y al cabo el mundo no se acaba en la hipótesis de que una infracción quede impune, a que por el contrario se condene a un inocente. Piense en este sentido, que cualquier conductor que esté a diario en la carretera seguro de que a lo largo del día comete una o varias infracciones, sobre todo de aparcamientos, de rebasar la velocidad permitida, etc., yo creo que eso, por pulcros que seamos ante la ley, lo hacemos todos, y la inmensa mayoría quedan sin sancionar. Así pues, porque quede una mas no pasa nada, y es preferible al sentimiento de impotencia que siente una persona sancionada por algo que no realizó.
Que conste que no estoy diciendo que el juez se cargue todas las multas que lleguen a sus manos por el simple hecho de que el denunciado lo niegue, pero cuando el denunciado, en su demanda alega algo mas que una negación de los hechos, pienso que el juez en su facultad de valorar todas las pruebas, y esa argumentación seria una prueba a tener en cuenta. ¿O no?.
Pido disculpas por extenderme, pero incluso hay otra cosa que añadir a todo esto, y es que en muchos casos, por no decir todos, los órganos instructores de los expedientes en esta materia pasan olímpicamente de las alegaciones a sabiendas de que la inmensa mayoría de los denunciados no acuden al contencioso. Pues si encima de todo esto, y que los agentes lo saben y muchos abusan, YA SERIA EL COLMO DE QUE LOS JUECES EN LA VALORACION DE LA PRUEBA DE LOS POCOS CASOS QUE LLEGAN A SUS MANOS, NO ENTRE A VALORAR HASTA EL ULTIMO REQUICIO DE VERDAD QUE PUDIERA EXISTIR POR PARTE DEL SANCIONADO.
Saludos cordiales,
Y cuando desestiman tus alegaciones es "porque sí", no motivan nada en la mayoría de las ocasiones, cuando la motivación es obligatoria en un procedimiento sancionador.
Si encuentras alguna jurisprudencia al respecto podrías ponerla aquí. Yo no la he encontrado.
El problema principal no es el de los agentes (si dicen que han visto una cosa normalmente la van a mantener) ni de los jueces (¿que porcentaje de procedimientos sancionadores llegan al contencioso?), el problema principal que yo veo es el de la sensibilidad y buen hacer de los instructores (sobretodo los instructores) y los resolutores de la fase administrativa.
Como comentais hay instructores que no contestan ni una sola alegación (por ejemplo en Tráfico ...el instructor debe ser un PC....corta y pega) otros que contestan cuestiones que no se han alegado, otros que deniegan sistemáticamente todas las pruebas que se proponen, otros que están hasta arriba de expedientes y los sacan como pueden (aunque no deban), otros para los que la palabra de los agentes es ley (¿que será eso del "iuris tantum"?), otros que....
En fin...esto es lo que hay.
Sobre las posibles soluciones:
1. Quitar la presunción de veracidad a lo declarado por los agentes de la autoridad sería un caos. Una posible solución en algunos casos concretos (tráfico por ejemplo) sería exigir por ley el apoyo probatorio por otros medios a la palabra de los agentes.
2. Profesionalizar la instrucción administrativa de procedimientos sancionadores, exigir por ley (so pena de nulidad de la instrucción) una motivación adecuada en las propuestas de resolución y resoluciones.
3. Exigir por Ley (al estilo de la Ley de Seguridad Ciudadana) la ratificación de los agentes dentro de la instrucción administrativa.
4. Los instructores deberán evitar la ratificación formalista y exigir una ratificación detallada sobre todos los elementos que afecten o puedan afectar a la resolución, más aquellos sobre los que el denunciado requiera aclaración en sus alegaciones.
5. Crear órganos independientes (de la administración sancionadora) para la resolución de los recursos administrativos.
6. Abrir el acceso a la jurisdicción contenciosa (en procesos rápidos) sin necesidad de abogado ni procurador para sanciones de cuantías menores (¡¡¡¡vaya caos que se montaría en los juzgados de lo contencioso!!!). Imponer costas (e incluso multas) a las acciones o a las defensas temerarias.
estando de acuerdo don gran parte de las cosas mencionadas, considero que es innegable y hay que reconocer que la inmensa mayoría de las infracciones son reales y objetivas, sin perjuicio de que puedan o deberían perder su razón por no seguir el procedimiento previsto, por vulnerar los derechos, que muchas veces se base sólo en la presunción de veracidad...Pero para eso hay que alegar, recurrir en vía administartiva y en muchos casos en vía judicial.
Actualmente, con el tema de los puntos, a pesar de que exclusivamente desde el punto de vista económo pudiera resultar antieconómico acudir a la vía judicial comparando el importe de la multa y los honorarios de abogado, es más factible acudir a la vía judicial debido a que lo que se puede obtener de "beneficios" es superior a los perjuicios.
Vale Loquillo, pero como tu dices ahora cuando mas se juega la gente el carné, con los puntos, y si fueran al contencioso ¿tu crees que en aquellos casos en los que solo se enfrente la palabra del agente denunciante con la del denunciado, el juez pueda dar veracidad a la del denunciado y anular la presunción del denunciante?
Tengo una apuesta y estoy convencido de que aunque difícil, no será imposible hallar sentencias en las que así se haya dado.
dark satan: gracias, coincido contigo, ya ves que estoy buscando, si encuentro algo aqui lo pondré
Lo mismo caletilla : de acuerdo en todo, vamos a ver si conseguimos algo, ya que, tengo el reto con un compañero que niega que pueda haber ni una sola sentencia en la que el juez haya entrado a valorar la declaracion del denunciado en contra de la presuncion de veracidad del agente.
Saludos cordiales,
Me parece que solo hay la posibilidad de agotar el aspecto de la prueba.
¿Por qué está firmada por dos agentes?
¿Por que no hay fotografia?
Dos agentes que regularmente acuden / acudian a mi churreria para desayunar!!
Que dejé de servirles gratuitamente!!
Que ya no acuden!!
Y conocen perfectamente mi coche!!
Tirior, si sólo hay contradicción entre la declaración del adminsitardor y el agente policial, estoy casi seguro que el juez se decantará por el criterio del agente policial.
Salvo que haya alguna prueba, o se haya dado un error o incumplimeinto en el procedimeinto o alguna otra indefensión diferentes o el agente admita que mintió ( cosa difícil, aunque he presenciado un caso llevado por una compañera: un agente que en el boletín de denuncia dijo que dio copia al administrado y en el juicio dijo que no era cierto, y se estimó la demnada, anulando la sanción; el agente se fue de rositas sin que nadie le denunciara... ).
aunque tarde, hola a todos. me gustan las propuestas de caletilla; es una pena que los tribunales no se decidan a condenar en costas por temeridad y mala fe más a menudo a la administración, mejor, yo pediría que se condenara en costas al funcionario responsable de la instrucción.
La veracidad puede rebatirse con periciales, yo suelo hacerlo y da resultado. De todas formas, en fase instructora hay que exigir todas aquellas pruebas que querais que realice la administración para aclarar los hechos. No suelen realizarlas ni contestar motivadamente, con lo que siempre podreis alegar indefensión en el contencioso y ganar.
Además debe exigirse la ratificación de los agentes en la vista y, si comparecen, desarmarlos con un buen interrogatorio. Saludos
Correo enviado a autoclub, que recurre multas para los socios de la Mutua Madrileña:
"Después de conversaciones mantenidas con ustedes los días 28 y 29 de enero de 2008 por la tarde, con objeto de ver qué ocurrió con la multa del Ayuntamiento, si la recurrieron ustedes o no, por la posible confusión entre dos multas casi idénticas, en el mismo sitio y con veinte minutos de diferencia, el 3-marzo-2007, una emitida por un agente de Tráfico a las 13:52 por "CIRCULAR CON UN VEHICULO SIN TENER CONCERTADO EL SEGURO OBLIGATORIO, CUANDO SU CONDUCCION REQUIERE PERMISO DE LA CLASE B" y otra por un agente del Ayuntamiento a las 13:32 por "NO OBEDECER AL AGENTE: NO DANDOLE LA DOCUMENTACION DEL VEHICULO", les reenvío el correo que les mandé el 30 de agosto de 2007 para aclarar los hechos, ya que me ha llegado hace dos días una Notificación de Resolución por parte del Ayuntamiento, haciéndome pensar que no se les ha enviado pliego de descargo alguno, ya que no he recibido de ellos ninguna otra comunicación intermedia entre la primera y esta última."
Me llamaron al móvil el 31 de enero pasado, para decirme que me iban a enviar una carta, de cuyo contenido no supo decirme nada la interlocutora, carta que estoy esperando, y que supongo que me dirán que se lavan las manos y que necesito un abogado.
La multa de Tráfico prescribió por pasarse de tiempo en responder (¡menos mal!), pero la del Ayuntamiento le debió tocar al incompetente de turno.
He tratado de abreviar, dentro de lo posible. En resumen: Estamos vendidos y desarmados.
Fíjense además en la coincidencia de sitio, día y hora de las dos multas, siendo totalmente falsas, ya que a mi mujer no le pidió ningún agente ninguna documentación.
alguien sabe si en la comunidad de Madrid las denuncias de los controladores ora siguen si tener presunción de veracidad? lo digo por aquella modificación del art 53 de la LO 2/86 de las FyCSE que se refería a la posibilidad de que los municipios de gran población...es que no encuentro ninguna ordenanza que lo confirme.
saludos.