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Licencia de funcionamiento

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
Licencia de funcionamiento
12/05/2011 00:59
Hola, buenos días
Mi caso es un poco extraño...
He adquirido un bar de copas cuya licencia de funcionamiento databa desde 1972 y se consideraba "Bar Americano". Posteriormente, se cambió el titular (en el año 2008-2009, aprox), concediéndole la misma licencia al nuevo dueño. Poco después, yo solicité el cambio de titular, ya que me quedé con el bar de copas, y cuál fue mi sorpresa que el técnico de la Junta me la dio bajo el título de "bar", es decir, ya no tengo licencia de lo que hoy se llama "bar especial". ¿Qué puedo hacer? Dice que como en la licencia inicial de 1972 no se registraba entre la maquinaria del local el equipo de música, que él no me puede entregar la licencia original, pero yo como titular de la misma. ¿Cómo debo proceder ahora? En la Eclu me han dicho que eso no pueden hacerlo pero, sin embargo, me lo han hecho!!!
Estoy desesperado, pues necesito esa licencia, ya que sin ella el negocio por el cual adquirí el local no me vale para nada.
¿Alguien puede aconsejarme al respecto?
Mil gracias por vuestra ayuda, sea la que sea.
Fdo. Un hombre desesperado
12/05/2011 01:16
Para concretar más las fechas (acabo de comprobarlo en toda la documentación que tengo del local), el anterior dueño solicitó el cambio de titular en Abril de 2009, concediéndole la de "bar americano" y yo en Diciembre de 2009, concediéndome la de "bar".
¿Cómo es posible eso?
Por favor, que alguien me indique cómo proceder. El técnico de la Junta que llevó el cambio de titularidad en ambos casos es el mismo, pero no entra a razones y ya no sé cómo proceder...
Por favor, que alguien me ayude, pues me estoy jugando el pan de cada día...
Mil gracias de nuevo y perdonad por el tostón.
perfil Vio
12/05/2011 07:49
Puede pedir certificación de la licencia en la fecha que le interese. La emisión de certificaciones es otro departamento que se basa en los registros de acuerdos municipales y nada tiene que ver con los informes técnicos.

En su caso ese técnico se reviste de funciones que no le competen, pues su misión simplemente en informar pero no resolver.
Hay millones de licencias concedidas en contra de "informes" técnicos.
12/05/2011 12:41
Si dices Eclu, estás en Madrid, pero si dices Junta no estás en Madrid. Sería bueno saber de que municipio se trata y luego continuar con las opciones posibles.
14/05/2011 22:48
Vio, no entiendo muy bien qué quieres decirme. ¿Podrías explicármelo, por favor? Eso podría sacarme de muchos problemas...


Franciscocordon, estoy en Madrid. La Eclu me dice que debería ponerlo en manos de un abogado, ¿pero por qué? Se supone que no tendría por qué, ya que la licencia original dice que esto es un "bar americano", aunque a mí me la hayan cambiado de titular a "Bar" únicamente. ¿Sabes cómo debería proceder?

Mil gracias a los dos, de verdad!!

Saludos
perfil Vio
15/05/2011 17:13
En la sección de certificaciones, que depende directamente de la Secretaría municipal, pueden emitirle una certificación de la licencia concedida a nombre del anterior en abril de 2009 para "bar americano".
Si le piden justificación dice que para posible pleito
16/05/2011 10:15
Cuando dices Junta probablemente te refieres a Junta de Distrito, disculpa.

Estoy de acuerdo con Vio. El cambio de titularidad no es razón suficiente para cambiar la licencia, tal vez el Ayuntamiento pueda y deba efectuar ese cambio, pero en todo caso tendrás derecho a indemnización.

Los trámites hazlos directamente o través de un letrado, no a través de Eclu, las Eclus están teniendo problemas y si efectúas estos trámites para un juicio a través de ellas, puede que lo que te den no valga para un juicio.

Saludos,
16/05/2011 11:11
Solo un apunte como mera posibilidad. Hasta la solicitud de diciembre de 2009, ¿ ha cesado la actividad en ese local durante seis meses ? o, ¿ ha sido declarada caducada la licencia ?
16/05/2011 11:29
Alga, si atendemos a lo que nos indica anonimo2011, esa posibilidad hay que descartarla porque la transmisión de la licencia no es posible después de una declaración de caducidad.

Lo único que ha podido hacer la administración es entender esto como una anulación, es decir la administración entiende que cuando concedió "bar especial", fue un error. Eso no cabe porque un equipo de música es un bien mueble, que no hay que especificar en el proyecto, que no hay que valorar y que no entra en el correspondiente ICIO, en buena lógica si se otorgó esa licencia, el uso que la administración sabía que se le iba a dar era el de bar especial.

Saludos,
16/05/2011 14:34
Sí claro, una licencia caducada es inexistente y por tanto intransmisible.

Lo que pretendo recalcar es que aún estando la licencia caducada, al solicitar el cambio de titularidad del negocio en el mes de diciembre el interesado ( observa que de abril a diciembre han transcurrido mas de 6 meses ), el ayuntamiento pudo considerar que respecto a esa solicitud, procedía la concesión de una nueva licencia, distinta a la presuntamente caducada, porque la normativa actual es distinta a la anterior.

Pero bueno, no es otra cosa que pura especulación.
19/05/2011 00:49
Autor: alga Fecha: 16/05/2011
Solo un apunte como mera posibilidad. Hasta la solicitud de diciembre de 2009, ¿ ha cesado la actividad en ese local durante seis meses ? o, ¿ ha sido declarada caducada la licencia ?


No, Alga, la actividad no ha cesado en ningún momento.
19/05/2011 00:50
Autor: Vio Fecha: 15/05/2011
En la sección de certificaciones, que depende directamente de la Secretaría municipal, pueden emitirle una certificación de la licencia concedida a nombre del anterior en abril de 2009 para "bar americano".
Si le piden justificación dice que para posible pleito.

¿La certificación es igual que la licencia anterior o no me vale? Quisiera evitarme el meterme en pleitos por el dinero que me ocasiona. ¿No hay otro modo de solucionar esto?
19/05/2011 00:51
Autor: franciscocordon Fecha: 16/05/2011
Alga, si atendemos a lo que nos indica anonimo2011, esa posibilidad hay que descartarla porque la transmisión de la licencia no es posible después de una declaración de caducidad.
Lo único que ha podido hacer la administración es entender esto como una anulación, es decir la administración entiende que cuando concedió "bar especial", fue un error. Eso no cabe porque un equipo de música es un bien mueble, que no hay que especificar en el proyecto, que no hay que valorar y que no entra en el correspondiente ICIO, en buena lógica si se otorgó esa licencia, el uso que la administración sabía que se le iba a dar era el de bar especial.



¿Entonces sabes cómo debería proceder?


19/05/2011 00:58
¿Conocéis casos como este? ¿Cómo han procedido? ¿Cómo han acabado?
19/05/2011 09:27
Lo que no alcanzo a comprender es que siendo un mero trámite la comunicación de transmisión de licencia de actividad y si dicha comunicación se ha tramitado presentando toda la documentación requerida en la preceptiva ordenanza, anónimo reciba una " nueva " licencia.

Si no estoy equivocado, entre los documentos a presentar debe entregarse una copia compulsada de la licencia cuya transmisión se comunica, por lo que la licencia original debe tenerla en su poder anónimo. No entiendo a santo de qué concederle una nueva licencia cuando no es lo que se solicita.

Creo que podría ser una forma de atacar el asunto, pero por si acaso, no estaría de mas que comprobaras si esa actividad tenía un expediente sancionador en curso anterior a la transmisión y leer con detenimiento la resolución que sin duda debieron entregarte.
19/05/2011 10:07
Lo cierto es que las ECLUs y las ordenanzas que las regulan están sufriendo mucho en los juzgados.

Lo que apunta Alga, es posible que haya ocurrido dentro del escenario de indefensión en que se ha dejado al administrado en el Excmo. Ayto. de Madrid. Esperemos que el Tribunal Supremo ratifique la sentencia de los tribunales de Madrid cuanto antes y de esta forma se aclare el escenario y se eliminen las ECLUs. Alga, entre administración, ECLU y ley ómnibus hay un lío montado considerable.

Creo que para indicarte como proceder habría que tener toda la documentación y me ratifico en mis comentarios anteriores siempre que las transmisiones hayan sido efectuadas tal y como dices (cosa que hay que verificar en la documentación).

Saludos,
19/05/2011 10:17
No será difícil encontrar sentencias que apoyen la transmisibilidad de las licencias, o el derecho a indeminización en caso de cambio en las condiciones de la misma, sin causa que lo justifique, por parte de la administración. Lo difícil es conocer casos idénticos a este, porque concurre mucha legislación nueva.

Respondiendo a tus preguntas: no, no sé, no sé.
20/05/2011 02:24
Alga, Franciscocordón,
Yo tengo las Licencias Originales que datan de 1972 y su transmisión en Abril de 2009 a otro titular.
Lo que no logro a entender es por qué al hacer una 3ª transmisión (esta vez, a mi nombre) me bajan la categoría de "bar americano" a "bar".
Ni la licencia anterior ni la licencia original tienen expedientes sancionadores, así que no ha podido ser por eso.
En la Junta de Distrito, eso sí, me dicen que si demuestro de alguna manera que desde 1972 se usaba equipo de música en el local me la dan. Que como en la Licencia no figura ese equipo, que no pueden concedérmela.
Yo también dije que SÓLO quería una transmisión de licencia, no una "renovación", "cambio" o lo que fuese de la misma.
¿Qué debo hacer por tanto?
Mil gracias por vuestra ayuda.
20/05/2011 12:51
Pues que te pongan por escrito que se te ha cambiado el alcance de la licencia, en virtud de que en el año 1972, era obligatorio hacer constar en los documentos de la licencia el equipo de música, y no consta y que en razón a eso la transmisión se realiza anulando los errores apreciados. Esto que te lo firme un funcionario de carrera de la Junta de Distrito, no vale ni ECLU, ni interino, ni eventual, ni laboral porque ninguno de ellos tienen autoridad, y lo óptimo sería que lo firmara el Secretario de la Corporación, y se lo llevas a un Letrado.
20/05/2011 13:36
Anónimo, la licencia original ( no copia o fotocopia ) que tienes en tu poder y que se te transmite, indica que es una actividad de “ barra americana “, ¿ no es así ?

Puedes consultarlo con tu abogado, pero mientras no se tramite un expediente de declaración de caducidad de esa licencia, de cuyo inicio la administración está obligada a notificarlo al titular, el cual tiene derecho a audiencia en el expediente, a comparecer presentando las alegaciones que estime oportunas, a recurrir en reposición contra la resolución que acuerde declarar caducada la licencia y, en supuesto de desestimar dicho recurso te allanaras, esa licencia está en vigor.

Aún con todo, si no aceptases la desestimación del recurso de reposición, tácita o expresa, todavía podrías recurrir ante la sala de lo contencioso-administrativo.

Pero lo que te indico en el primer párrafo es fundamental que lo tengas claro, de igual modo que en el impreso presentado debías COMUNICAR la transmisión de la licencia nº XX y no SOLICITAR su transmisión, a veces cambiar una palabra puede dar lugar a confusión. Y que conste que digo a veces.