Estimado anónimo 2011, como me parece percibir en la mayor parte de las ocasiones, por lo que puedes deducir que no estás solo en esto, o no se lee lo que se escribe o lo que se escribe no es lo que se esperaba se escribiera.
Ponerte a los pies de nadie, nunca, tu tienes el derecho a defender tu posición presentando los recursos que la ley pone a tu disposición.
Defender los derechos que a cada persona le pertenecen puede hacerse en un estado democrático de derecho.
Todas las resoluciones administrativas pueden recurrirse en reposición o en alzada ante el órgano superior, cuando se está en plazo.
Eres tu quien debe valorar el tomar esa decisión o intentar cumplir con lo que te indican.
Aquí, en mi opinión, poco mas se te puede decir porque nadie tiene la totalidad del expediente delante para examinarlo pero, ¿ demandarlo ?,no creo tengas argumentos.
Por norma general, para cambiarte la categoría de la licencia, tienen que hacerte una inspección "in situ" para comprobar que recoge las condiciones necesarias... o no.
Sin embargo, en la Junta de Distrito, nos afirman que -según una nueva ley- los locales con licencias antiguas tienen que adaptarse a las exigencias de la nueva normativa; es decir, si tú ejerces como "bar especial", en la propia licencia tiene que aparecer que cuentas con máquina de hielo, lavavajillas, botellero, equipo de música,..... En nuestra licencia (que data de 1972) figura todo el equipo que tenemos, excepto el equipo de música, con lo que dan a entender que esto era un bar de copas sin ambientación musical (tócate los h******). Así que ahora nos toca demostrar de alguna manera que SÍ contamos con un equipo musical. Si no lo demostramos, nos quedamos con licencia de "bar".
Es más, la Junta de Distrito no se baja del burro.
Sin embargo, en la Eclu, nos dicen que esto no es así, que el técnico de la Junta ha hecho lo que ha querido ilegalmente, y que sólo se podría resolver mediante juzgados, pero.... yo me pregunto: ¿y me tengo que gastar un dinero en un juicio que no necesito porque YA tengo esa licencia, o debería al menos? No me parece justo.
Ahora, mi duda es...
¿Debería demostrar lo del equipo de música tal y como me ha pedido el técnico, debería demandarlo, o debería quedarme con la licencia que me han concedido?
¡Esa es mi duda real!
Que no te hayan comunicado la necesidad de una inspección del local para comprobar si está conforme a las condiciones de la licencia de actividad concedida, no significa que no puedan hacerlo. Pueden y suelen hacerlo.
Lo que entiendo es que si te piden esa documentación será para evitar la inspección del local.
Si hablas de adaptar la licencia a la actualidad y hablas de nueva documentación, es razonable que me lleve a error y piense que lo has llevado nueva documentación.
Para que quede bien claro: lo primero la transmisión de la licencia, en las mismas condiciones en que estaba antes de estar a tu nombre y si se niegan que te firmen el documento que te especificado en un post anterior, y posterior a eso si hay que buscar al vecino se busca, pero en mi opinión no es un mismo acto ni te conviene que lo sea, cualquier otra posición te resta fuerza ante una eventual reclamación en vía judicial y te deja totalmente expuesto.
Alga, no me han dicho que necesiten ninguna inspección ocular, sino que necesito demostrar que en el bar de copas, ¡¡¡había y hay música!!!
¡Qué ironía!
Veré cómo pudedo solucionarlo...
Franciscocordón, todavía no he presentado documentación, aunque el técnico de la Junta de Distrito me ha dicho que valdría con una carta firmada por un vecino asegurando que en ese local había música. Por supuesto, tendríamos que aportar también fotocopia de su D.N.I. e información registral del Registro de la Propiedad correspondiente del susodicho vecino.
¿Qué os parece la solución?
Creo que no me queda otra.....
Pues ya has aceptado la situación, porque el derecho administrativo funciona así. Si has entregado nueva documentación, tendrás que hacer lo que te digan. Una pena, porque tu posición ha perdido fuerza, tal vez lo que dije antes de que tenías derecho a una indemnización no sea cierto, pero de todas formas no está de más que lo consultes con un letrado.
Si te obligan a reflejar la realidad en un informe o demostrar mediante fotografías o vídeos esa realidad, ¿ para que necesitan una inspección ocular " in situ " ?
En mi modesta opinión, solo cabe solucionarlo haciendo la vista gorda.
Alga, no ha venido ninguna inspección al local, así que no han podido detectar ninguna anomalía. Eso sí, los controles de documentación y demás que hace la policía cada seis meses está todo correcto.
Al parecer, en las licencias antiguas de "bar americano" no se reflejaba el equipo de música. Al adaptar las licencias (no sólo la mía, sino la de todo bicho viviente) a la actualidad, tiene que venir reflejado o bien demostrando que existía mediante fotos, vídeos, documentación (denuncia por música alta,...),... o bien haciendo un proyecto nuevo, lo que supone un gasto innecesario, ya que es evidente que un local de música lleva inherente la música.
Hemos hablado con el técnico de la Junta de Distrito, y a ver si podemos solucionarlo de otro modo, ¡¡pero no se me ocurre cómo!!
Mil gracias por vuestras respuestas, de verdad.
Saludos
Si en una inspección al local para verificar si todo está conforme a licencia concedida, detectan alguna variación en las instalaciones respecto a cuando fué concedida, me temo que deberá solicitarse una nueva licencia cumpliendo la normativa en estos momentos vigente, que desconozco cual es.
Que los anteriores propietarios de la actividad funcionaran con un aparato de música no contemplado en la licencia sin que la administración lo detectara, no significa otra cosa que se libraron del problema que parece tienes tu ahora.
Con lo que ahora explicas, esa es mi interpretación.
Al pedir la letra del bar, me exigieron adaptar documentalmente la Licencia a la actualidad, es decir, tenía que venir reflejado el equipo de música.
¿Aún así debería haber hecho lo que decís?
Anónimo, la licencia original ( no copia o fotocopia ) que tienes en tu poder y que se te transmite, indica que es una actividad de “ barra americana “, ¿ no es así ?
Puedes consultarlo con tu abogado, pero mientras no se tramite un expediente de declaración de caducidad de esa licencia, de cuyo inicio la administración está obligada a notificarlo al titular, el cual tiene derecho a audiencia en el expediente, a comparecer presentando las alegaciones que estime oportunas, a recurrir en reposición contra la resolución que acuerde declarar caducada la licencia y, en supuesto de desestimar dicho recurso te allanaras, esa licencia está en vigor.
Aún con todo, si no aceptases la desestimación del recurso de reposición, tácita o expresa, todavía podrías recurrir ante la sala de lo contencioso-administrativo.
Pero lo que te indico en el primer párrafo es fundamental que lo tengas claro, de igual modo que en el impreso presentado debías COMUNICAR la transmisión de la licencia nº XX y no SOLICITAR su transmisión, a veces cambiar una palabra puede dar lugar a confusión. Y que conste que digo a veces.
Pues que te pongan por escrito que se te ha cambiado el alcance de la licencia, en virtud de que en el año 1972, era obligatorio hacer constar en los documentos de la licencia el equipo de música, y no consta y que en razón a eso la transmisión se realiza anulando los errores apreciados. Esto que te lo firme un funcionario de carrera de la Junta de Distrito, no vale ni ECLU, ni interino, ni eventual, ni laboral porque ninguno de ellos tienen autoridad, y lo óptimo sería que lo firmara el Secretario de la Corporación, y se lo llevas a un Letrado.
Alga, Franciscocordón,
Yo tengo las Licencias Originales que datan de 1972 y su transmisión en Abril de 2009 a otro titular.
Lo que no logro a entender es por qué al hacer una 3ª transmisión (esta vez, a mi nombre) me bajan la categoría de "bar americano" a "bar".
Ni la licencia anterior ni la licencia original tienen expedientes sancionadores, así que no ha podido ser por eso.
En la Junta de Distrito, eso sí, me dicen que si demuestro de alguna manera que desde 1972 se usaba equipo de música en el local me la dan. Que como en la Licencia no figura ese equipo, que no pueden concedérmela.
Yo también dije que SÓLO quería una transmisión de licencia, no una "renovación", "cambio" o lo que fuese de la misma.
¿Qué debo hacer por tanto?
Mil gracias por vuestra ayuda.
No será difícil encontrar sentencias que apoyen la transmisibilidad de las licencias, o el derecho a indeminización en caso de cambio en las condiciones de la misma, sin causa que lo justifique, por parte de la administración. Lo difícil es conocer casos idénticos a este, porque concurre mucha legislación nueva.
Lo cierto es que las ECLUs y las ordenanzas que las regulan están sufriendo mucho en los juzgados.
Lo que apunta Alga, es posible que haya ocurrido dentro del escenario de indefensión en que se ha dejado al administrado en el Excmo. Ayto. de Madrid. Esperemos que el Tribunal Supremo ratifique la sentencia de los tribunales de Madrid cuanto antes y de esta forma se aclare el escenario y se eliminen las ECLUs. Alga, entre administración, ECLU y ley ómnibus hay un lío montado considerable.
Creo que para indicarte como proceder habría que tener toda la documentación y me ratifico en mis comentarios anteriores siempre que las transmisiones hayan sido efectuadas tal y como dices (cosa que hay que verificar en la documentación).
Lo que no alcanzo a comprender es que siendo un mero trámite la comunicación de transmisión de licencia de actividad y si dicha comunicación se ha tramitado presentando toda la documentación requerida en la preceptiva ordenanza, anónimo reciba una " nueva " licencia.
Si no estoy equivocado, entre los documentos a presentar debe entregarse una copia compulsada de la licencia cuya transmisión se comunica, por lo que la licencia original debe tenerla en su poder anónimo. No entiendo a santo de qué concederle una nueva licencia cuando no es lo que se solicita.
Creo que podría ser una forma de atacar el asunto, pero por si acaso, no estaría de mas que comprobaras si esa actividad tenía un expediente sancionador en curso anterior a la transmisión y leer con detenimiento la resolución que sin duda debieron entregarte.