hola: tengo una duda, resulta que mi esposa y yo tenemos una libreta de ahorros en la que ella esta de titular, y yo como autorizado en caso de fallecimiento de mi esposa yo podria obtener el dinero de dicha cuenta de ahorros. gracias y un saludo.
No. La autorización finaliza con el fallecimiento del titular de la cuenta, ya que a partir de ese momento, la cuenta es de sus herederos, y ellos no le han autorizado a Vd.
Un saludo.
gracias 1996 por tu respuesta y aclaracion. EL dinero de la cartilla (se me olvido decirlo) es de una herencia de mi mujer por la venta de una casa, y mi 2ª pregunta ES si ponemos el dinero de la cartilla a nombre de los dos los BUITRES DE HACIENDA no nos pediran el impuesto por donacion. de esta casa en el momento de su venta se pago todos los impuestos correspondientes por su venta. gracias y un saludo.
Si ponen la cuenta a nombre de los dos, y en el supuesto de que no haya otros herederos, Vd. se ahorraría el 50% del impuesto de sucesiones, PERO en el caso de que sea Vd. el que fallezca, su esposa tendría que pagar, por recibir algo que ya es suyo.
Si hay otros herederos, podrían anular la posesión del 50% al demostrar que el 100% era privativo de su esposa.
Un saludo.